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Futbol y legalidad

El principio de legalidad obliga a los servidores públicos a actuar siempre con apego a los límites que las normas jurídicas les imponen. Adolfo Gómez Vives

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Escrito en OPINIÓN el

Todo acto que realice el gobierno debe apegarse al principio de legalidad. Esto significa que quienes gobiernan —todos los servidores públicos, sin importar su nivel— deben conocer y respetar los límites de su actuación, los cuales se encuentran establecidos en diversas normas jurídicas.

Las normas jurídicas —desde la Constitución, hasta los manuales que describen procedimientos al interior de las dependencias del Ejecutivo— delimitan el marco de acción en que debe desarrollarse la actividad administrativa del gobierno.

Los servidores públicos no pueden hacer ni más ni menos que lo establecido en ellas. Que una determinada ley no prohíba cierta actividad, no significa que la permita: está prohibida por el simple hecho de no estar descrita en alguna norma.

En este sentido, la actividad administrativa del gobierno se parece mucho —toda proporción guardada— a lo que ocurre en el ámbito de cualquier deporte, como es el caso del futbol.

En el futbol existen reglas previamente definidas por la Federación Internacional de Futbol Asociación. Imaginemos un encuentro clásico entre dos equipos y que, de pronto, uno de ellos decidiera tener quince jugadores en la cancha en lugar de los once permitidos por las normas de la FIFA. Es seguro que la audiencia protestaría ante semejante arbitrariedad.

Pero imaginemos que, además, los medios de difusión informaran que el árbitro es hermano del portero del equipo que determinó tener quince jugadores en la cancha.

Durante el desarrollo del encuentro, uno de los jugadores del equipo que tiene quince jugadores toma el balón con sus manos y anota el primer gol del partido. Ante el surgimiento de las primeras protestas por parte de la afición, el equipo de los quince decide que el partido debe continuar a puerta cerrada, sin la presencia de los medios de difusión y, desde luego, sin aficionados.

El público se enteraría más tarde, a través de una conferencia de prensa ofrecida por el directivo del equipo de los quince, que resultaron ganadores por un marcador de diez goles a cero. ¿Tendría algún sentido ese encuentro? ¿Podríamos hablar de transparencia y rendición de cuentas si la afición sólo conoció del resultado del partido por los dichos del directivo?

En el actual gobierno federal ocurren cosas muy parecidas, pero no todos los gobernados protestan ante la violación sistemática del principio de legalidad. Por ejemplo, en ninguna parte del artículo 29 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, relativo a las atribuciones de la Secretaría de la Defensa Nacional, se indica que los militares deban hacerse cargo de la construcción de infraestructura civil, como es el caso de un aeropuerto, sucursales bancarias y un tren. Tales labores del Ejército atentan contra el mandato del 129 constitucional que establece que “en tiempo de paz, ninguna autoridad militar puede ejercer más funciones que las que tengan exacta conexión con la disciplina militar”.

Cuando los procesos de adquisición de bienes y servicios de los sectores educativo y salud se deciden en la Secretaría de Hacienda, también se viola el principio de legalidad, pues dichas atribuciones corresponden a las oficialías mayores de las secretarías de Educación Pública y Salud, respectivamente.

Cuando se encomienda a los llamados “servidores de la nación” —servidores públicos adscritos a la Secretaría de Bienestar— que intervengan en el proceso de vacunación contra el covid-19, se viola el principio de legalidad, en razón de que el sector Salud cuenta con el Sistema Nacional de Vacunación, que tiene las atribuciones y el conocimiento técnico para realizar dicha encomienda.

Cuando se pretende que sean los gobernados los responsables de los contagios y los decesos ocurridos por la pandemia, también se viola el principio de legalidad, pues el derecho humano a la salud, reconocido en el artículo 4o de nuestra Constitución obliga a la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud a coordinar las políticas encaminadas a prevenir la expansión de enfermedades contagiosas, como es el caso que nos ocupa.

La violación del principio de legalidad no es tan visible como la inobservancia de las normas de la FIFA. Éstas, encenderían los ánimos de la afición durante el desarrollo de un partido amañado; la reiterada violación de aquél apenas enciende las críticas de algunos ciudadanos, aunque tiene efectos más trascendentales y dañinos para desarrollo del país y para sus habitantes.