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Fuero, consulta y el presidente-partido

De acuerdo con la reforma constitucional avalada por diputados, un presidente en funciones puede ser llevado a juicio. | Roberto Rock L.

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Escrito en OPINIÓN el

El Congreso de la Unión inició un nuevo intento para acotar el pacto de impunidad que protege desde la Constitución a un presidente de la República en funciones. Una reforma en este sentido fue aprobada ayer por una clara mayoría de diputados, pero resta aún que el Senado esté de acuerdo. 

La reserva luce pertinente, pues el año pasado una propuesta en el mismo sentido pasó la aduana de la cámara alta, pero naufragó en San Lázaro. En ambos casos se ha tratado de iniciativas presentadas por el presidente López Obrador, en consonancia con compromisos que ha expresado. Tras el atorón de octubre de 2019, en febrero pasado el mandatario envió una nueva propuesta.

De acuerdo con la reforma constitucional avalada por diputados, un presidente en funciones puede ser llevado a juicio por cualquier delito previsto en la legislación federal -una veintena de ellos, desde asuntos electorales hasta delincuencia organizada, pasando por feminicidios-. Se preservó la salvedad expresada en el artículo 111, de que antes de que el mandatario en funciones sea llevado ante un juez, las imputaciones que se le hagan deben ser avaladas por el Senado, que así se convertiría en el tribunal inicial. 

Así ocurre, con sus matices, en múltiples países con democracias más consolidadas que la nuestra, como en Estados Unidos, donde también radica en el Congreso, y en el equilibrio interno que lo domine en la coyuntura específica, si se dicta la resolución (impeachment) que permite juzgar al presidente por cualquier delito, incluso haber mentido a un juez, como estuvo a punto de ocurrirle a Bill Clinton. Y por eso mismo Donald Trump ha estado lejos de esa posibilidad, pues su partido, el Republicano, ha tenido en el Capitolio el número de votos necesarios para frenarla.  

Deberíamos ponderar positivamente esta ruta, la legislativa, como un avance en el empeño de debilitar el velo de impunidad del que han disfrutado los presidentes en México. Ese es el debate que nos merecemos, no la idea de un circo de pueblo disfrazado de consulta popular como también está proponiendo el presidente. 

Tras dejar el cargo, todo expresidente puede legalmente ser sometido a un juicio. Solo se requiere ofrecer a un juez las pruebas suficientes y demostrar que los supuestos ilícitos no han prescrito; esto es, que por el tiempo transcurrido no haya forma de ligarlos a un proceso penal. 

Este último parece ser el caso de los expresidentes, incluso el más reciente, Enrique Peña Nieto. Los sobornos que habría recibido del consorcio brasileño Odebrecht para su campaña (2012) suponen un delito cuyo tiempo de prescripción es de cinco años, aunque algunas particularidades que hubieran extendido ese lapso pudieron haber sido alegadas por los fiscales de Alejandro Gertz Manero, que decidieron no hacerlo. 

No es mucho más lo que puede decirse sobre los sexenios más remotos, hasta llegar a los seis exmandatarios vivos, incluido Luis Echeverría, que gobernó México de 1970 a 1976. Este último fue sometido a proceso durante dos largos años del gobierno de Vicente Fox (2000-2006), pero por el delito de genocidio, que no tiene plazo de prescripción. Al final del día, el Poder Judicial de la Federación descartó la acusación (su papel en el “El Halconazo” de 1971) por considerarla improcedente.

Ante esta realidad, y a fin de seguir administrando políticamente el caso Emilio Lozoya, el gobierno López Obrador parece haber decidido canalizar el tema no por la vía de uno o más juicios penales (ante el amago cierto de la prescripción o la simple falta de pruebas), sino alentando la referida consulta popular. Pero ello entraña un dilema. 

La solicitud de consulta popular debe ser avalada por más de un millón de firmas ciudadanas, o por la petición de al menos un tercio de alguna de las cámaras del Congreso. En ambas, las fracciones de Morena ya tiene casi listo el aval de sus legisladores, con lo que cumple la cuota, y en muchas plazas de la ciudad se comenzó el llenado de relaciones con firmas.

Aun no está del todo claro si el procedimiento previsto por la ley que rige las consultas populares está siendo seguido debidamente. Pero en el eventual caso de que sea así, ambos caminos (el del Congreso y el de las firmas ciudadanas) deben culminar en el Instituto Nacional Electoral, cuyo titular, Lorenzo Córdova, ya empezó a mostrar reparos.

Una vez en manos del INE, la solicitud de consulta deberá ser sometida a la autorización de la Corte, que tiene expresamente prohibido por la Constitución avalar una consulta que violente derechos humanos…, como podría el ser enjuiciar a alguien por voluntad popular, pasando por encima de su derecho a un debido proceso. En el último, hipotético escenario, la consulta solo podría hacerse en agosto, lo que supondría fijar la fecha en ese mes de 2021… dos meses después del gigantesco proceso electoral del primer domingo de junio previo, del que saldrán 21 mil nuevas autoridades.

Una imagen harto perturbadora sería ver a la Corte avalando la consulta sobre un tema que ya está en ley, y sabiendo que un enjuiciamiento se puede llevar a cabo… si existen las pruebas necesarias y el delito no ha prescrito.

La otra opción de López Obrador es disponer una consulta ciudadana como lo hizo con el aeropuerto de Texcoco, con una termoeléctrica en Morelos y una cervecera en Mexicali, sin mayor base ni trascendencia legal, pero que abone para que sigamos teniendo un presidente-partido, que se echa a cuestas las campañas, los mítines, las propuestas y las manifestaciones callejeras, porque Morena sigue siendo apenas poco más que un cascarón vacío.

Esta consulta, desde y para las multitudes, tendría de entrada un efecto de catarsis para aquellos que participen, aunque a final de cuentas comprendan que todo fue un engaño orquestado por la “cúpula del poder”, por Palacio Nacional o por quienes ellos decidan escoger como el villano preferido para ese momento.