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Firmitis

“Firmitis” es la moda abanderada por personajes que se asumen como representantes únicos y verdaderos de la sociedad civil.

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Escrito en OPINIÓN el

Nunca ha sido santo de mi devoción, pero no puedo más que suscribir el artículo de Zavala (Juan Ignacio) esta semana.

 

No es ésta una defensa al Verde. El retiro de su registro es algo que considero digno de valorar: Es una previsión que está en la ley, hay contumacia en sus violaciones a la norma y el supuesto normativo admite tal interpretación. Tampoco lo es a Medina Mora, cuya designación encuentro de costo político desmesurado.

 

Es la “firmitis” (Zavala dixit) lo que preocupa.

 

Es la moda abanderada por personajes que se asumen como representantes únicos y verdaderos de la sociedad civil de recolectar firmas con ayuda de las redes sociales, bajo la creencia -y exigencia- de “una solución inmediata y a su gusto”.

 

Si hoy exigen reinstalar a una periodista (reinstalación, por cierto, en la que van incluidos); mañana podrían pedir correr o callar a otros que no sean de su agrado o interés.

 

Si hoy demandan que no se nombre a un Ministro; mañana pedirán sea corrido.

 

Si hoy claman por que a un partido se le quite su registro, quién nos dice que mañana no exigirán se le otorgue tal calidad a su grupo de santones o se anulen las elecciones al capricho de su parecer.

 

Y todo, como dice Zavala “con el poder de su firma”.

 

Vayamos por partes. Los señores no son representantes de la sociedad civil, sino expresión fugaz de uno de sus tantos componentes.

 

Su derecho de manifestación y petición están garantizados por la Constitución, pero en un régimen democrático su firma tiene el mismo peso que la de cualquier otro ciudadano. Su capacidad mediática e histriónica no adiciona calidad alguna a su ciudadanía. Su número, sin duda significativo, no puede substituir ni coaccionar mandatos democráticamente constituidos, ni atribuciones y procedimientos de ley.

 

Están en su derecho de manifestarse, pedir y exigir; más no de imponer.

 

Así llegamos al fondo del asunto. Su actitud nos remite al Siglo XVII y su tufo es de Comité de Salud Pública, instaurado por Robespierre como Santa Inquisición laica y revolucionaria, y portera de la guillotina. Y el problema es su pretensión de querernos imponer un método decisorio que, de entrada, tiene dueño: ellos.

 

Su proceder es así: Escogen un tema de su interés, plantean la solución que más les convenga, con ella salen a las redes sociales a capturar firmas con argumentos que llevan agua a su molino y no admiten una deliberación pública e informada, sólo ciega adhesión. Apelan a las emociones, a la desinformación y a un México irreconciliable entre buenos y malos. Finalmente, jamás exponen el interés político que les mueve, enmascarando su acción en un ciudadanismo apolítico, apartidista y angélico.

 

Los sofistas, al menos, estaban obligados a argumentar; ellos pontifican y condenan al fuego eterno.

 

Luego, con las firmas bajo el brazo acuden a la autoridad a presentar su reclamo.

 

Hasta aquí, aunque se pueda discrepar de sus formas, les asiste el derecho.

 

El problema viene después, al pretender que el mandato que dicen representar vincule a la autoridad y se imponga a todos los demás que no fueron consultados o no manifestaron su adhesión.

 

Si se observa bien, su método decisorio es abiertamente antidemocrático. Por sobre el mandato y representación políticos, constituidos en el Congreso de la Unión por el voto popular de millones de mexicanos, las firmas cooptadas por unos iluminados. Por sobre procedimientos de ley, derechos adquiridos y atribuciones de autoridad constituida, la firma de su facción.

 

Podemos estar en desacuerdo de actos y decisiones de representantes y autoridades, pero no imponerles, bajo ningún método, acción o decisión alguna que no provenga de la legitimidad del sufragio o el mandato de la ley.

 

Si aceptamos su método de decisión, bastará mañana unas decenas de miles de firmas para sacar de la cárcel al peor criminal, para meter a prisión a los “malos” que ellos designen, para exceptuar a algún prócer de la observancia de la ley (¿ring a bell?), o para imponer leyes especiales a sus adversarios.

 

La discusión no es nueva, por eso digo que nos retrotrae al siglo XVII. Sieyès lo escribió en Que est ce que le Tiers État?, y lo sostuvo ante la Asamblea Nacional el 7 de junio de 1789: “La Asamblea declara que la Nación francesa, al estar legalmente representada por la pluralidad de sus diputados, no puede ser detenida en sus actividades, ni puede ser suavizada la fuerza de sus decisiones, ni por algún mandato imperativo, ni por la ausencia voluntaria de alguno de los miembros, ni por las protestas de la minoría…”.

 

Tesis que quedó plasmada en la Constitución francesa de 1791 en los siguientes términos: “Los representantes elegidos en los departamentos no son representantes de un departamento específico, sino de la Nación entera y no podrán recibir mandato alguno”.

 

Y de allí, el principio del mandato libre, no vinculado, de la representación política es asumido por nuestra Constitución.

 

¿Así o más claro?

 

@LUISFARIASM