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Financiamiento y prerrogativas de los partidos políticos en el 2015

Con la reforma electoral se uniformó la fórmula con la que se calcula el monto de financiamiento público para los partidos políticos a nivel estatal. La consecuencia a nivel estatal fue el aumento del financiamiento público para los institutos políticos.

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Escrito en OPINIÓN el

El Consejo General del Instituto Nacional Electoral aprobó el miércoles de esta semana, el acuerdo por el que se establece el monto total del financiamiento y de las prerrogativas a las que tienen derecho los diez partidos políticos que cuentan con registro a nivel nacional.

 

Es importante recordar que los partidos políticos reciben, de conformidad con la norma, financiamiento para el sostenimiento de sus actividades permanentes, para gastos de campaña y para actividades específicas. Adicionalmente, la ley establece que los partidos políticos tienen acceso a diversas prerrogativas, entre otras, a las franquicias postales y telegráficas y, desde luego, a los tiempos del Estado en radio y televisión.

 

El monto total de financiamiento público para actividades ordinarias para el año 2015, es decir, todas aquellas que no guardan relación con las campañas electorales y que realizan los partidos políticos de forma permanente para el cumplimiento de sus objetivos legales y constitucionales, es de 3,909,545,803.15 pesos.

 

Dicho monto debe distribuirse entre todos los partidos con registro de acuerdo con la siguiente regla: el 30% de manera igualitaria y el 70% restante, de conformidad con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección anterior de diputados.

 

El partido político que recibirá el mayor financiamiento público para actividades permanentes es el Partido Revolucionario Institucional. Dicho monto asciende a la cantidad de 858,744,885.31 pesos. Los partidos que menores recursos reciben en virtud de su reciente registro son Morena, el Partido Humanista y Encuentro Social.

 

A los partidos con nuevo registro les corresponde el equivalente al 2% del financiamiento total que corresponde a los partidos políticos por este mismo rubro. Así, cada uno de los nuevos partidos políticos les corresponde un monto de 78,190,916.06 pesos.

 

De manera adicional a estos recursos, para sus campañas electorales, la ley prevé una segunda fuente de financiamiento para gastos de campaña. Para calcular este monto, al tratarse de campañas intermedias el monto del financiamiento que debe distribuirse entre los partidos políticos por este rubro es el equivalente al 30% del financiamiento público para actividades ordinarias que asciende a la cantidad de 1,172,863,740.95 pesos.

 

En este monto se incluye el financiamiento para gastos de campaña de los partidos políticos de reciente creación que corresponde al 30% del monto de su financiamiento público para actividades ordinarias.

 

El tercer monto de financiamiento público que corresponde a los partidos políticos es para la realización de actividades específicas. Por este rubro la ley señala aquellas actividades que deben llevar a cabo los partidos políticos en educación y capacitación, investigación socioeconómica y política así como en tareas editoriales.

 

Dicha cantidad asciende a $117,286,374.10 que se distribuirá el 30% de manera igualitaria y el 70% restante en función del porcentaje de votación que cada uno hubiera obtenido en la elección anterior de diputados.

 

El acuerdo del Consejo General establece la periodicidad con la que se entregarán los recursos a los partidos políticos. En el caso del financiamiento para actividades ordinarias y específicas, la entrega será mensual, dentro de los cinco primeros días de cada mes. En el caso del financiamiento para gastos de campaña, éstos serán ministrados a los institutos políticos de enero a mayo, dentro de los cinco primeros días de cada mes.

 

La ley establece como prerrogativa para los partidos políticos financiamiento público para las franquicias postales y telegráficas que se distribuye en forma igualitaria entre éstos. La franquicia postal para el año 2015, asciende a la cantidad de 156,381,832.13 pesos. Cada partido político tendrá como financiamiento por este rubro un monto de 15,638,183.21 pesos. Por otra parte, el monto total de la franquicia telegráfica asciende al monto de $693,407.00 distribuido en forma igualitaria entre los diez institutos políticos.

 

Por otra parte el acuerdo establece, de conformidad con la ley, la cantidad a la que asciende para cada partido político el monto que debe destinar para la capacitación, promoción y el desarrollo del liderazgo político de las mujeres. El monto total que deben erogar en su conjunto los partidos políticos en las actividades sustantivas que señala el reglamento, para cumplir con el objetivo de la reforma en materia de equidad de género, asciende a 117,286.374.09 pesos.

 

El monto total que se destina a los institutos políticos con registro nacional para el sostenimiento de actividades ordinarias, gastos de campaña, por actividades específicas, franquicias postales y telegráficas asciende a 5,356,771,247.33 pesos.

 

Estos recursos, junto con los que se destinan al sostenimiento de los gastos de las oficinas de los partidos políticos en el INE, boletos de avión y otros gastos son los recursos que los mexicanos, a través del pago de impuestos y contribuciones, destinamos para el sostenimiento del sistema de partidos en nuestro país.

 

No olvidemos, además, que con la reforma electoral se uniformó la fórmula con la que se calcula el monto de financiamiento público para los partidos políticos a nivel estatal. Al igual que la federal, el monto de financiamiento público para actividades ordinarias se obtiene del resultado de multiplicar el padrón electoral con corte a julio del año anterior por el 65% del salario mínimo vigente en la región, de conformidad con el artículo 51 de la Ley General de Partidos Políticos. La consecuencia de uniformar la fórmula a nivel estatal fue el aumento del financiamiento público para los institutos políticos.

 

La siguiente reforma electoral debe hacerse cargo del estratosférico costo de los partidos políticos para los mexicanos. Existen propuestas en las que al modificar los factores de cálculo de la fórmula, la forma de distribución, rubros de financiamiento o su periodicidad, se reducen las cantidades que son otorgadas a los partidos políticos por las autoridades electorales. Además del financiamiento público, los institutos políticos tienen el derecho de contar con financiamiento privado, mismo que de conformidad con la Constitución, debe ser menor que el monto de financiamiento público.

 

¿Es realmente necesaria la cantidad de recursos que se destina al sistema de partidos en nuestro país? 

 

@C_Humphrey_J