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Esfuerzos por la paz en Colombia y la doctrina Rabin

Además de procurar la paz y seguridad en la región, la Jurisdicción Especial para la Paz busca acercar a los ciudadanos una justicia diferencial| Ulises Sandal

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Escrito en OPINIÓN el

Se dice que las Fuerzas Armadas Revolucionarias (FARC) es la guerrilla más antigua en América Latina. Surgió en Colombia en el año 1948 de la mano de “Tiro Fijo”, Pedro Antonio Marín Marín también conocido como Manuel Murulanda Vélez, quien comenzó a organizarse militarmente en contra del gobierno de Mariano Ospina Pérez cuando asesinaron a Jorge Eliécer Gaitán, el principal líder político del Partido Liberal, opositor al gobierno conservador, todo ello previo a las elecciones de 1950.

Años después los hermanos Fabio, Manuel y Antonio Vásquez Castaño fundaron el Ejército de Liberación Nacional (ELN), movimiento longevo y diseminado en diversos grupos, que poco o nada, tienen que ver con la organización revolucionaria original ni con las reivindicaciones políticas o sociales de los hermanos Vásquez Castaño en contra de la oligarquía en el poder.

El conflicto armado se instauró en Colombia, creció y se transformó hasta el punto en que la FARC se convirtió en partido político conservando las siglas originales del grupo guerrillero, denominándose Fuerza Alternativa Revolucionaria de Colombia. Empero, al ELN se le atribuyen nexos con el narcotráfico, la delincuencia organizada y se les identifica como los perpetradores de actos terroristas y de crímenes contra la humanidad. Circunstancias, todas ellas, que en buena medida provocaron la intervención de los Estados Unidos, a través del Plan Colombia, mismo que consistió en un acuerdo bilateral llevado a cabo desde la cúpula del poder, entre Estados Unidos y Colombia en 1999. Dicha alianza tenía como objetivo central  acabar con el conflicto armado y fortalecer la estrategia norteamericana contra el narcotráfico. En los hechos, este arreglo se interpretaba a través de pintas urbanas que condenaban un escenario en el que Estados Unidos proporcionaba las armas y Colombia los muertos.

Doctrina Rabin

En el 2017, se instalaron en La Habana, Cuba, mesas de negociación entre el gobierno de Colombia y el ELN para lograr la paz en ese país caribeño. Estas negociaciones, hoy se encuentran suspendidas por los actos terroristas perpetrados el fin de semana pasado, particularmente, por las bombas detonadas en Barranquilla, acto que fue reivindicado por el ELN. El problema fundamental radica en que los acuerdos entre ambos frentes se conducen, en voz del actual presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, con base en la doctrina Rabin, la cual consiste en “combatir el terrorismo con toda contundencia como si no hubiese negociación de paz, y se negocia como si no hubiese terrorismo”, en este contexto es claro que dicha fórmula también la suscribe el ELN, quien no ha cesado en las hostilidades de corte terrorista mientras negocia sus intereses para finiquitar el conflicto.

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La doctrina Rabin adquirió su nombre por el premio Nobel de la Paz (1994) Yitzhak Rabin, quien fuera primer ministro de Israel, reconocido por sus ideas claras, lenguaje conciso y directo, aunque osco e incluso brusco de trato, pues “privilegiaba el fondo antes que la forma y el pragmatismo antes que la retórica”, según explican quienes han estudiado o investigado su vida y obra, antes de que fuera asesinado por su discurso en defensa de las conversaciones de paz entre Israel y Palestina.

Ahora bien, la cuestión es que la doctrina Rabin es una estrategia político-militar totalmente descontextualizada con respecto al conflicto colombiano, es decir, el pragmatismo de la doctrina obedece a determinadas características de una época, región y conflicto diametralmente distinto a los problemas existentes en Colombia, por lo tanto, no existe ninguna relación entre los factores que dieron origen al conflicto palestino-israelí y los que se observan en el país caribeño. Por ello, es de comprender que en este último escenario, la aplicación de dicho método ha causado una verdadera disonancia en el escenario político y social colombiano, lo cual, necesariamente, afectó las negociaciones de paz.

Jurisdicción Especial para la Paz

No obstante, una medida de solución que se torna en suma interesante para abordar apropiadamente el conflicto en Colombia, debido a que se ajusta a sus necesidades específicas y realidades particulares, consiste indubitablemente en las funciones atribuidas a la naciente Jurisdicción Especial para la Paz, que vendrá a formar parte del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición. Esta institución jurídica se presenta en suma compatible y razonable con el fenómeno que se pretende atender. Este nuevo tribunal tiene como objetivo fundamental el de investigar, juzgar, sancionar y reparar el daño por las graves violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario que se presentaron en razón del conflicto armado en Colombia. Además de procurar la paz y seguridad en la región, este instrumento tan novedoso en América Latina, pretende ser una herramienta no solo de conciliación nacional, sino que busca por la vía del Derecho, acercar a los ciudadanos una justicia diferencial hacia las mujeres, grupos vulnerables y sujetos de especial protección, dramáticamente afectados en el conflicto armado, entre ellos, destacan las mujeres de los pueblos indígenas, las comunidades afrodescendientes, las personas en condición de discapacidad, las personas desplazadas y refugiadas, entre otras.

El Tribunal de Jurisdicción Especial para la Paz estará compuesto por cinco órganos principales: la Secretaría Ejecutiva, la Sala de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas, la Sala de Amnistía e Indulto, la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas, y la Unidad de Investigación y Acusación. A su vez, el presente tribunal también contará con una sala de primera instancia para los casos de reconocimiento de responsabilidad; una sección de primera instancia para los casos de ausencia de reconocimiento de responsabilidad; una sala de apelación y otra de revisión; así como, un área de estabilidad y eficacia, que se encargará de la administración, gestión y ejecución de los recursos del tribunal, integradas todas ellas por expertos nacionales e internacionales en materia de derecho penal, derecho internacional, derechos humanos y derechos internacional humanitario; así como otras disciplinas de carácter forense como la victimología y derecho procesal.

¿Qué podemos aprender?

La enseñanza que podemos extraer de la experiencia colombiana con relación al conflicto armado y el combate al narcotráfico, sin duda, implica, no adoptar medidas inapropiadas que reproducen, casi hasta la literalidad, las acciones emprendidas en otros lugares, en tiempos y circunstancias muy distintas a las que acontecen en países como Colombia o México.

Un ejemplo de dichos yerros es el Plan Mérida, mismo que intentó reproducir, en cierta medida, con algunos ajustes y diferencias el Plan Colombia; sabemos que esto, en nuestro país, no funcionó en lo más mínimo para atender el problema desbordado de la delincuencia en México y menos con respecto al narcotráfico. En contraste, es pertinente señalar la nobleza de un sistema jurídico como el Tribunal de Jurisdicción Especial para la Paz, concebido especialmente para lograr paz y seguridad, con base en las características y necesidades inherentes a los propios actores y factores del fenómeno colombiano.

Por consiguiente, es necesario tener claro, sobre todo en el caso de nuestro país, que no hay que reproducir o copiar modelos que pueden resultar anacrónicos e incluso sumamente nocivos, sino que debemos explorar nuevas posibilidades que se ajusten a nuestro particular y complejo escenario, para así, poder discernir sobre cuáles son las acciones exclusivas, que el nuevo gobierno mexicano en el 2018, deberá emprender para atender de manera adecuada y eficaz el fenómeno de la delincuencia organizada y la violencia en México.   

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