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Encuestas electorales

Desde 1993 se incluye en la ley electoral una regulación que solicitaba entregar un estudio que respaldara la encuesta realizada.

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Escrito en OPINIÓN el

El terreno de las encuestas es uno de los que también sufrió modificaciones en virtud de la reforma político electoral del año pasado. El proceso electoral del año 2011-2012 marcó el clímax del uso de las encuestas con motivaciones electorales, como estrategia de los equipos de campaña de los tres principales candidatos a la Presidencia de la República, con la finalidad de resaltar sus fortalezas o nombrarse puntero de la contienda en un momento determinado. En las impugnaciones que se presentaron respecto a ese proceso electoral, se utilizó como argumento para solicitar la nulidad de la elección presidencial la inducción del voto por la manipulación a la verdad mediante las encuestas.

 

Las encuestas constituyen ejercicios que permiten recopilar determinada información mediante una serie de preguntas, en el marco electoral, relacionado con preferencias electorales, por ejemplo sobre si los encuestados van a votar o no o por quién lo harán. Las encuestas son una foto de la opinión pública en un momento dado.

 

Desde el año 1993 se incluye en la ley electoral una primera regulación de las encuestas relacionadas con las preferencias electorales, en la que se solicitaba entregar el estudio que respaldara la encuesta. En más de dos décadas la regulación en torno a la publicidad de la metodología, los criterios científicos y la difusión de las encuestas se ha ido afinando. La virtud de la última reforma constitucional en materia electoral en relación con las encuestas radica en dos puntos esenciales, el primero, el de la máxima publicidad de los estudios y la información que sustenta los resultados de las encuestas; la segunda, la obligación de dar a conocer la persona física o moral que ordena y paga la encuesta, así como su costo.

 

En el mes de octubre, el Instituto Nacional Electoral emitió unos lineamientos generales, de conformidad con el artículo 213 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, para regular la realización y difusión de encuestas o sondeos de opinión en los procesos electorales. En la conformación de estos lineamientos el INE convocó a las casas encuestadoras y profesionales del ramo, acudió a criterios internacionales y buenas prácticas con la finalidad de contar con encuestas y estudios de calidad. Los lineamientos generales son aplicables para aquellos que ordenen, realicen y publiquen encuestas y sondeos de opinión.

 

Es esta otra de las materias en las que el INE ejerce una autoridad nacional. Los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional Electoral deben ser adoptados por cualquier persona física o moral que lleve a cabo encuestas de carácter nacional y local mientras que las autoridades electorales locales tienen que velar porque se cumplan estos lineamientos en sus ámbitos de competencia.

 

La finalidad de contar con un marco robusto de regulación en materia de encuestas, es poner a disposición de la ciudadanía la información recabada por el INE respecto de estos estudios, dar a conocer el cumplimento de cada una de ellas a los lineamientos emitidos por la autoridad electoral nacional y desde luego, los resultados, esto con la finalidad de que los ciudadanos cuenten con la información necesaria para emitir un voto informado y razonado.

 

Para cumplir con lo anterior, el INE realiza un monitoreo semanal de los medios impresos que difundan encuestas en materia electoral para determinar si están registradas ante el INE y en su caso, requerir aquellas de las que no tenga la información que mandata la norma para que la presenten. La autoridad electoral nacional es competente para sancionar con multas a los que no se ajusten a la ley y los lineamientos en esta materia.

 

El interés por regular esta materia tiene que ver con el frecuente uso que de las encuestas y sondeos de opinión hacen los partidos políticos, los candidatos y sus equipos de campaña. Así, las encuestas se convirtieron en la materia prima  para delinear estrategias de campaña, para determinar el contenido de los discursos y para medir los resultados de ambos. Las encuestas dejaron de ser fuente de información para convertirse en propaganda electoral, por ese se volvió importante conocer quién la ordena, quién la paga y cuánto costó.

 

Sin duda alguna, uno de los principales aciertos de la reforma y del trabajo que realiza la autoridad electoral consiste en la publicación de toda la información compilada respecto a las encuestas y sondeos de opinión. No solo resultará de la mayor importancia que los ciudadanos tengamos acceso a esa información sino también el análisis histórico de las casas encuestadoras y medios de comunicación que cumplen con las obligaciones que les imponen las leyes electorales, particularmente, en lo que se refiere a la entrega de la información requerida y al cumplimiento de los lineamientos y criterios científicos aprobados por la autoridad electoral. La transparencia es el antídoto y la mejor regulación contra la corrupción y la falsificación de las encuestas.

 

El reto al que nos enfrentamos en el ámbito electoral es no asfixiar la realización de las encuestas y la difusión de sus resultados, lo que se logrará si se coloca al ciudadano en el centro de cualquier ejercicio regulatorio con el objeto de salvaguardar el derecho de los ciudadanos a tener a su disposición esa y cualquier información necesaria para el ejercicio del voto.

 

@C_Humphrey_J