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El voto de las personas en prisión

El INE obtendrá importantes experiencias que le permitirán ampliar el ámbito de aplicación hacia el proceso electoral de 2024. | Carla Humphrey

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Escrito en OPINIÓN el

Es un hecho notorio que tanto el Instituto Nacional Electoral (INE) como el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) han ido construyendo con múltiples acciones, diversos proyectos que, con el tiempo, se materializan con la finalidad de maximizar los derechos político electorales de las y los ciudadanos de este país.

Un caso particular que ha llamado la atención está relacionado con el hecho de que las personas en prisión, siempre y cuando no hayan sido sentenciadas, tienen derecho a votar.

El caso al que me refiero comenzó en el mes de junio de 2018, cuando dos personas recluidas en un Centro Estatal de Reinserción Social, derivado de diversas causas penales en las que no se había dictado sentencia condenatoria, presentaron ante la Sala Superior del TEPJF, sendos escritos por los cuales alegaron la presunta omisión del INE de emitir lineamientos que regulen el derecho a votar de las personas que se encuentran recluidas, sin haber sido sentenciadas.

Ante este hecho, la Sala Superior del Tribunal (juicios ciudadanos SUP-JDC-352/2018 y su acumulado SUP-JDC-353/2018) concluyó que las personas en prisión que no han sido sentenciadas tienen derecho a votar, porque se encuentran amparadas bajo el principio de presunción de inocencia, determinando, además, que el INE debía implementar, de forma paulatina y progresiva, un programa antes de 2024 para garantizar el derecho a votar de las personas en prisión.

En el mismo sentido, el Tribunal Electoral indicó que el INE debe implementar una primera etapa de prueba que implique una muestra representativa, plural y heterogénea, de tal manera que la autoridad electoral nacional tenga posibilidad de valorar la diversidad de contextos que imperan en cada centro de reclusión.

También, el órgano jurisdiccional electoral determinó que el INE queda en plena libertad de atribuciones para fijar dicho mecanismo y ámbito de aplicación para la implementación del voto de personas en prisión.  Así, el INE identificará si el ejercicio del derecho al voto aplicará solamente a la elección presidencial o a otras elecciones, según las necesidades y posibilidades administrativas y financieras correspondientes.

Finalmente, el Tribunal ordenó dar vista a ambas cámaras del Congreso de la Unión y a los corespondientes órganos legislativos de todas las entidades federativas, para que conozcan de los alcances de este proyecto pero sobre todo, para generar conciencia hacia el Legislativo del impulso que las autoridades electorales tanto administrativas como jurisdiccionales realizan en favor de la aplicación de los derechos político electorales de la ciudadanía, aún en situaciones como lo hasta aquí referido.

Por su parte, el INE, ha considerado diversos aspectos para la implementación del voto de las personas en prisión, entre otros aspectos, incorpora la seguridad y protocolos sanitarios necesarios al interior de los centros de detención, para llevar a cabo una pueba piloto que permita conocer los alcances de tan importante ejercicio democrático y, de paso, atender lo resuelto por el TEPJF.

Bajo este contexto, el INE en coordinación con la Subsecretaría de Seguridad Pública (SSyPC) cuenta con la información que el Sistema Penitenciario Federal está integrado por 20 Centros Penitenciarios, de los cuales 17 están en operación y se encuentran divididos en 1 centro para mujeres y 16 para hombres.

Al respecto, el INE ha considerado hasta el momento, cinco centros penitenciarios para la implementación de la prueba piloto que tendría verificativo para la elección de diputados federales de 2021, tomando en consideración aspectos tales como condiciones de gobernabilidad y seguridad, inclusión de las cinco circunscripciones electorales plurinominales, y la consideración de centros de reclusión femeniles y varoniles con perspectiva de género e interculturalidad.

En este sentido la SSyPC propuso 4 centros de reclusión varonil y un centro de reclusión femenil. De estos centros propuestos por las autoridades de seguridad, existe un estimado de personas en prisión sin que hayan sido sentenciadas, de poco más de 2 personas personas, de las cuales un 76% aproximadamente son hombres y un 23% son mujeres.

De los resltados de esta prueba en la que participen las y los ciudadanos, que cumplan con determinados requisitos como el de contar con su credencial de elector, el INE obtendrá importantes experiencias que le permitirán ampliar el ámbito de aplicación hacia el proceso electoral de 2023´2024.