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El PT en suspenso

Muchos institutos políticos han perdido el registro como partido por no alcanzar el porcentaje de votación establecido.

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Escrito en OPINIÓN el

El miércoles por la tarde el Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió, por mayoría de votos, revocar la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral por la que declaró la pérdida de registro del Partido del Trabajo, al no haber alcanzado el umbral del 3% de la votación válida emitida en las elecciones federales de junio pasado.

 

La determinación respecto del futuro del Partido del Trabajo deberá esperar a que se lleve a cabo la jornada electoral, que tendrá verificativo el 6 de diciembre, y el cómputo de los votos de la elección extraordinaria que se llevará a cabo en el Distrito 01 de Aguascalientes. Ese estado sellará el destino de Partido del Trabajo.

 

La decisión de la Sala Superior tomó en consideración que la Constitución General de la República determina que perderá el registro como partido político aquel instituto que no obtenga el 3% de la votación válida emitida en la elección de que se trate, sin especificar si se trata de las elecciones ordinarias o de las extraordinarias en las que el partido, siempre que el instituto de que se trate haya postulado candidato.

 

Así, tomando en cuenta los principios constitucionales de progresividad y pro persona, la Sala Superior resolvió que la decisión respecto al registro de un partido político debe computarse con base en todos los votos de la elección de que se trate, sin importar si los votos provienen de elecciones ordinarias o extraordinarias.

 

Debe computarse el 100% de los votos y con ese resultado determinar el cumplimiento del umbral establecido por la norma. Con base en este precepto constitucional, la Sala Superior resolvió esperar al resultado del cómputo de la elección en Aguascalientes que se llevará a cabo este mismo mes.

 

Muchos institutos políticos han perdido el registro como partido por no alcanzar el porcentaje de votación establecido en la Constitución y que, en virtud de la reforma político electoral del año 2014, se elevó al 3 por ciento. Sin embargo, este caso es distinto ya que el límite entre seguir siendo partido político o dejar de serlo ronda poco más de un millar de votos, con lo que podrían ponerse en riesgo los derechos humanos de los involucrados: El de votar, ser votado y el de asociación política.

 

De conformidad con el cómputo de la votación total emitida en las elecciones federales del 7 de junio, el Partido del Trabajo obtuvo un porcentaje correspondiente al 2.995% por lo que, con la finalidad de cumplir con el límite establecido por la Constitución dicho partido para conservar su registro, tendría que obtener en la votación del Distrito 1 de Aguascalientes 1,572 votos, por lo que resulta evidente que el Partido del Trabajo continuará siendo una de las entidades de interés público a las que se refiere el artículo 41 Constitucional.

 

Es importante señalar que, en tanto no se cuenten con los resultados definitivos de la elección extraordinaria y se determine si el Partido del Trabajo ha conseguido el 3% para conservar el registro, el instituto político se encuentra en etapa suspensiva que es en la que se encontrará antes de la emisión del Acuerdo del INE que determinaba la pérdida de registro y la revocación por parte de la Sala Superior.

 

@C_Humphrey_J