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El Poder Judicial Federal en el 2015

¿Qué los órganos jurisdiccionales resuelvan casi el mismo número de asuntos que ingresan habla de una buena administración de justicia?

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Escrito en OPINIÓN el

Esta semana se cumple un año de la gestión del ministro Luis María Aguilar Morales como presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Consejo de la Judicatura Federal. Los resultados de este año al frente del Poder Judicial Federal se presentaron el 11 de diciembre de 2015, día en que se llevó a cabo el primer informe del ministro Aguilar. En la página de la SCJN se puede encontrar el resumen ejecutivo, los anexos documentales, los anexos estadísticos sobre la actividad llevada a cabo en el Poder Judicial Federal y un suplemento sobre la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal.

 

Estos documentos (los anexos documentales y el anexo estadístico que se presenta en el mismo formato desde el 2011 por lo menos) dan cuenta de la actividad y de las estadísticas sobre la actividad jurisdiccional y administrativa de los órganos de justicia federal. Así, nos enteramos de que en 2015 ingresaron al sistema de justicia federal un millón 874 mil asuntos y concluyeron un millón 2 mil asuntos y que 297 mil están en alguna etapa procesal que “de ninguna manera significa la existencia de un rezago”. Todo esto hecho por 860 magistrados de circuito y 451 jueces de distrito, en 253 tribunales colegiados, 97 tribunales unitarios y 420 juzgados de distrito en 32 circuitos judiciales.

 

En lo que respecta a la SCJN, ingresaron 15 mil 974 asuntos, sumados a los pendientes de resolver anteriores se conformó una carga de trabajo de 19 mil 58 asuntos. En ese mismo tiempo, se resolvieron 15 mil 353 de esos asuntos, lo que significa que resolvió un 95% de asuntos recibidos.

 

Más allá del dato estadístico, se debe preguntar sobre la importancia del dato o los datos que se presentan. Aunque en el anexo se menciona la cantidad de asuntos en cada órgano jurisdiccional, así como su materia y la evolución de las sentencias, la pregunta es qué podemos concluir sobre estos datos más allá de una aparente eficacia o eficiencia de los órganos de impartición de justicia.

 

¿Qué los órganos jurisdiccionales resuelvan casi el mismo número de asuntos que ingresan habla de una buena administración de justicia? ¿Son sentencias o decisiones “buenas”? ¿Qué se pretende comunicar a la ciudadanía con este dato? Lamentablemente, el informe del presidente de la SCJN y del CJF no concluye, no explica cuál es la importancia de este dato para la ciudadanía, no dice qué aporta este dato a la rendición de cuentas de la actuación del Poder Judicial y parece solamente una curiosa numeraria judicial.

 

Sobre otros temas, una constante en el informe es la reiteración como propósito del Poder Judicial Federal de la protección de derechos humanos y la construcción de la perspectiva de género tanto en el acceso a la justicia como hacia el interior del Poder Judicial Federal. Este elemento es sin duda digno de reconocimiento: Mientras que desde la cabeza del Poder Judicial se reitere la importancia de las y los jueces en la protección de los derechos humanos y se insista en la importancia de la perspectiva de género, estos temas se seguirán fortaleciendo y permeando en los diferentes órganos jurisdiccionales.

 

Sin embargo, lo que a veces queda duda es qué se está entendiendo por estos conceptos. Por ejemplo, en el tema de los derechos humanos, el ministro Aguilar menciona, dentro los criterios relevantes el expediente 1396/2011, como un criterio que fortalece la protección de los derechos humanos y la certeza jurídica. Esto llama la atención en dos aspectos: Uno, que se trata de un criterio que no refleja unidad en la Corte pues apenas fue aceptado en la votación del Pleno de la SCJN por 6 votos a favor y 5 en contra, es decir, no es un criterio que refleje unidad en la Corte; y dos, porque en realidad es un criterio restrictivo pues reestablece un criterio de supremacía constitucional que limita el alcance de las sentencias  provenientes de organismos internacionales de protección de los derechos humanos.

 

Sobre la implementación de la reforma penal, las palabras del ministro son optimistas ya que concluye que el Poder Judicial está listo para la implementación del sistema. De acuerdo con el ministro Aguilar, el nuevo sistema de justicia penal está funcionando en 15 estados y para el 29 de febrero de 2016 estará en funcionamiento en 9 entidades más. Para junio que se cumple el plazo constitucional, se contará con 86 Salas de Juicios Orales y con 220 jueces especializados en el nuevo sistema, suficientes para cubrir el “requerimiento estimado de 205 para junio de 2016”.

 

Además de estos datos llama la atención las palabras del ministro Aguilar sobre las dudas que ha generado la implementación del nuevo sistema de justicia penal respecto de los mecanismos de control constitucional, en este caso el juicio de amparo. En ese sentido, el ministro Aguilar señala que se ha ejecutado una importante labor de “capacitación, coordinación y diálogo con juzgadoras y juzgadores federales, a modo de que exista la debida comprensión, comunicación y retroalimentación para que estén claras las directrices que armonicen y hagan compatibles los distintos recursos e instancias con las que los juicios orales están en diálogo procesal”.

 

En una conclusión propositiva señala que ante las dudas, el objetivo de las y los operadores de la reforma es “constituir una justicia real, objetiva, sustentada en actuaciones que dejen de lado fórmulas de tinterillos y formulismos sacramentales para desterrar los recovecos en sus decisiones y penetrar en la solución material del conflicto penal”.

 

Por último, en materia de disciplina en el PJF, el ministro Aguilar mencionó que fueron sancionados 55 servidores públicos adscritos a órganos jurisdiccionales: 23 de ellos Magistrados y Jueces, y 32 de personal subalterno. Las sanciones impuestas van desde apercibimientos privados, amonestaciones privadas, suspensión por seis meses, inhabilitación por diez años, y 3 casos de destitución. Lamentablemente, no se dice por qué razones fueron sancionados dichos funcionarios judiciales. Sin embargo, parece que esto podrá cambiar en un futuro ya que de acuerdo con el Informe, “próximamente se lanzará un sitio electrónico de consulta pública, a través del cual la ciudadanía podrá informarse, con mayor detalle del que ahora puede hacerlo, de las decisiones que en materia disciplinaria adopta el Consejo”.

 

Así el Informe de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y del Poder Judicial Federal en 2015. La duda que queda es si estos informes que realiza el presidente de la SCJN reflejan el estado actual de la administración de justicia y del derecho acceso a la justicia en el país.

 

O también si a partir de estos informes podemos evaluar avances o retrocesos. O incluso la duda sobre si estos informes muestran cambios, transformaciones o continuidades con la gestión presidencial anterior. O si solamente se trata de cumplir un requisito legal con un acto protocolario.

 

@BordeJuridico

 

Iván García Gárate @IvanGGarate

Profesor en la FCPyS-UNAM, en la Universidad Iberoamericana y en la Universidad del Claustro de Sor Juana. Consultor especializado en derechos humanos. Investigador en temas de Derecho constitucional y Sociología jurídica, en particular, el Poder Judicial y los jueces. Actualmente es investigador asociado de Borde Jurídico. ivan@bordejuridico.com