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El juicio de amparo ¿muro de contención para la 4T? (I)

El respeto por la actividad jurisdiccional representa uno de los pilares de toda organización política. | Carlos de Jesús Becerril Hernández*

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Escrito en OPINIÓN el

Federico II de Prusia es considerado como uno de los máximos representantes del despotismo ilustrado europeo del siglo XVIII. A caballo entre la monarquía absoluta y las todavía incipientes ideas surgidas de la ilustración francesa, el Rey de Prusia y Elector de Brandemburgo, estaba acostumbrado a actuar de manera autoritaria. No obstante, el monarca prusiano, también conocido como el Grande, pues lideraba personalmente a sus tropas, encontraría en la acción de los jueces un límite a su actuación. Una de las aficiones del soberano era el cuidado de sus propiedades. En cierta ocasión se percató que un molino cercano a una de ellas arruinaba el paisaje. El rey envió a sus emisarios con diversas ofertas de compra al propietario del inmueble quien, pese a que se le ofreció una cuantiosa suma, se negó a vender. Enfurecido, el monarca decidió expropiar al molinero que de inmediato acudió a un juez en busca de auxilio. En uso de una ley que prohibía las expropiaciones arbitrarias no importando el rango de la autoridad que las decretase, el juez decidió proteger al molinero. Juntos, magistrado y propietario, acudieron al encuentro de Federico el Grande a quien le fue notificada la sentencia. Ante la negativa judicial, el soberano simplemente expresó: “Me alegra comprobar que todavía quedan jueces en Berlín”.

El respeto por la actividad jurisdiccional representa uno de los pilares de toda organización política, sin importar la forma de gobierno que se adopte. Situaciones como la enunciada anteriormente han sido comunes en la historia del Derecho, para Hispanoamérica tan sólo véase el caso de Cristóbal Colón, quien se atrevió a exigirle a la mismísima Reina Isabel I de Castilla por la vía de los tribunales los derechos y prerrogativas firmados en las Capitulaciones de Santa Fe en 1492. De hecho, una de las características más importantes del derecho castellano, y más tarde novohispano, era un mecanismo procesal de protección y amparo por parte del rey para los sectores menesterosos y desvalidos en contra de la “mano poderosa” de sus funcionarios.

Descendiente directo del liberalismo decimonónico, el juicio de amparo mexicano surgió como un medio de protección de los derechos fundamentales de todo ciudadano contenidos en una constitución escrita, a saber: libertad, seguridad, propiedad e igualdad. A lo largo de la historia mexicana ha sido promovido en contra de detenciones arbitrarias o cobros excesivos de impuestos, para evitar la xenofobia presente en algunas legislaciones estatales –como la de Sonora que en 1923 prohibió el matrimonio de chinos con mexicanas– o en defensa de alguna pérdida patrimonial. Actualmente se ha convertido en el instrumento jurídico más utilizado por parte de los mexicanos para reparar alguna vulneración a sus derechos fundamentales, convirtiendo al Poder Judicial de la Federación en una de las instituciones más confiables según diversos parámetros de medición.

Hoy en día, la administración pública federal, encabezada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, ha encontrado en este juicio un freno para llevar a cabo sus proyectos más representativos.

*Carlos de Jesús Becerril Hernández

Doctor y Maestro en Historia Moderna y Contemporánea por el Instituto de Investigaciones Dr. José María Luis Mora. Maestro en Derecho Fiscal y Licenciado en Derecho por la Universidad de las Américas Puebla. Premio Gastón García Cantú en Investigación Histórica sobre la Reforma Liberal que otorga el Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México (INEHRM). Premio al mejor artículo de Historia Económica que otorga el Comité Mexicano de Ciencias Históricas (CMCH). Ha sido profesor en la Facultad de Economía de la UNAM, en el Instituto de Investigaciones Dr. José María Luis Mora, en el Departamento de Derecho del Instituto Tecnológico Autónomo de México (ITAM) y en la División de Economía del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE). Profesor/Investigador de tiempo completo en la Facultad de Derecho de la Universidad Anáhuac México. Miembro del Sistema Nacional de Investigadores Nivel I.