Main logo

El INE y los OPLES

Nombramiento del presidente y de los consejeros electorales que integren los Consejos Generales de los Organismos Públicos Locales Electorales recae en el Instituto Nacional Electoral.

Por
Escrito en OPINIÓN el

La relación entre el Instituto Nacional Electoral y los institutos electorales de las entidades federativas ha cambiado. La reforma constitucional en materia política electoral redefine la estructura, funciones y atribuciones de cada uno de éstos. Los cambios van desde lo más superficial como es la denominación de las autoridades electorales de las entidades federativas como Organismos Públicos Locales Electorales, hasta la forma de colaboración y trabajo entre los organismos locales y la autoridad electoral nacional.

 

Los institutos electorales locales tal como los conocimos, no existen más. La magnitud de los cambios realizados abre una nueva etapa en la historia electoral de nuestro país. La colaboración interinstitucional entre autoridades electorales que antes se llevaba a cabo por la vía de acuerdos y convenios, hoy se encuentra formalizada en la norma. La reforma constitucional otorga 74 nuevas atribuciones al INE. El INE es la autoridad encargada de emitir lineamientos, formatos, criterios y reglas de aplicación nacional en diversas áreas como lo son: Encuestas y sondeos de opinión, observadores electorales, material y documentación electoral, resultados preliminares y es la encargada, tanto a nivel federal como local, de la capacitación electoral, la geografiía electoral, el padroón y la lista de electores; la ubicacio´n de las casillas y la designacio´n de los funcionarios de sus mesas directivas y la fiscalización de los ingresos y egresos de los partidos políticos y los candidatos.

 

A mi juicio, con la reforma constitucional se fortalece la función electoral en todo el país. Las autoridades electorales federal y local de manera frecuente trabajaban con reglas, plazos y procedimientos diversos lo que, en la práctica, complicaba los flujos de colaboración y de intercambio de documentación entre los distintos ámbitos competenciales. Operar bajo reglas comunes emitidas por la autoridad electoral nacional no sólo simplifica las tareas de los órganos electorales sino que uniforma la documentación, plazos y procedimientos que ahora se llevarán a cabo de igual forma en todo el país.

 

Muchas son las ventajas de contar con procedimientos únicos, con reglas aplicables a todas las elecciones y con criterios claros en diversas materias. Para la ciudadanía será más fácil conocer sus derechos y obligaciones, reconocer cuando se está en presencia de alguna irregularidad y, denunciar las faltas que se cometan para que sean investigadas por la autoridad competente. Por otra parte, los ciudadanos que sean capacitados para actuar como funcionarios electorales el día de la elección serán capacitados con los mismos manuales y materiales, bajo los mismos criterios y con algunas diferencias, concretamente, en lo que se refiere a las figuras distintas a la coalición en las que se puede contender en la jornada electoral, en el caso del Distrito Federal, las candidaturas comunes.

 

Uno de los temas que más polémica ha desatado desde hace varios años es la forma en que se nombran a los consejeros electorales que integran el órgano superior de dirección de estas instituciones. El nombramiento del presidente y de los consejeros electorales que integren los Consejos Generales de los Organismos Públicos Locales Electorales recae ahora en el Instituto Nacional Electoral. Sin duda, este es un cambio sustancial que intenta responder a los argumentos vertidos por algunos actores políticos en el sentido de que los poderes públicos locales ejercían mucha presión y tenían injerencia en los asuntos de los institutos electorales locales.

 

El plazo está próximo a vencer, el 30 de septiembre es la fecha límite para que el INE nombre a los consejeros electorales en las 18 entidades federativas en las que habrá elecciones el año que entra. Los trabajos para realizar estos nombramientos iniciaron con la aprobación de los Lineamientos que regulan la actuación de las autoridades y los requisitos a cubrir por parte de los participantes así como las etapas del procedimiento de selección.

 

La etapa de registro de aspirantes concluyó el 15 de julio, la primera etapa, el examen de conocimientos se realizó el 2 de agosto, el ensayo presencial el 23 de agosto, después la etapa de valoración curricular, seguida por la participación de los partidos políticos y los consejeros del Poder Legislativo y, el día de hoy, ha iniciado la etapa de entrevistas que, de conformidad con el calendario aprobado el miércoles 17 de septiembre, concluirá el 24 de septiembre. Sin duda éste es de los principales retos a los que se enfrenta el INE antes del inicio del proceso electoral y serán éstos sus principales aliados para operar la reforma constitucional y legal en las elecciones en puerta.

 

El proceso electoral 2014-2015 está por iniciar en menos de veinte días. El INE, desde su creación, no ha dejado de trabajar un solo día en dirección al inicio del proceso. Atribuciones viejas y nuevas han sido ejercidas para organizar las elecciones internas de un partido político, verificar los registros de los ciudadanos en el marco de las consultas populares, integrar a los Organismos Públicos Locales Electorales, entre otras.

 

En buena medida puede decirse que el INE está ya, desde hace algún tiempo, en pleno proceso electoral aunque formalmente éste no haya iniciado aún. A partir del 7 de octubre, en materia electoral, todos los días y horas serán hábiles y tendremos funcionarios electorales de todos los niveles actuando por una meta común: un proceso electoral impecable y una exitosa jornada electoral el 7 de junio de 2015.

 

@C_Humphrey_J