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OPINIÓN

El INE por la paridad

El INE actuó de manera eficaz, contundente y oportuna para salvaguardar los derechos de las mujeres. | Carla Humphrey

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El miércoles de esta semana, en una sesión de la máxima relevancia, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral, aprobó un acuerdo por el que, en uso de la facultad de atracción que le otorga la Constitución, establece una serie de criterios de interpretación para garantizar la cabal aplicación del principio de paridad, sin fraudes ni simulaciones, en la asignación de cargos de elección popular.

Las y los consejeros electorales del INE han actuado de manera oportuna y sin titubeos frente a las acciones de diversos partidos políticos en Chiapas, que mediante presiones y amenazas han obligado a renunciar a fórmulas completas de mujeres tanto para la integración del Congreso local, como de regidurías en distintos Ayuntamientos en ese estado.

Debido a las reformas legales y constitucionales para evitar fraudes a la ley respecto a la garantía y ejercicio de los derechos políticos de las mujeres, que obligan a que en las fórmulas postuladas una mujer propietaria lleve como suplente a otra mujer, la desafortunada nueva forma de intentar que los cargos sean asignados a hombres, consiste en obligar a las dos mujeres de cada fórmula a renunciar. Así de ilegal, inconstitucional y burda la maniobra de algunos partidos en Chiapas para evitar que las mujeres asuman los cargos que les corresponden, encabezada por el partido en el gobierno en aquella entidad federativa.

Salvaguardar los derechos de las mujeres

Ante el fenómeno de las nada casuales ni voluntarias renuncias masivas ocurridas en Chiapas, los criterios del INE establecen diversas directrices para que se cumpla con el objetivo central de la reforma constitucional de 2014: que un mayor número de mujeres ocupen espacios de decisión pública. Los criterios aprobados por el INE en uso de su facultad de atracción deben ser aplicados por los Organismos Públicos Locales en todo el país.

El primer criterio de interpretación establece que, si al momento de asignar los escaños por el principio de representación proporcional que corresponden a un partido político, no cuenta con fórmulas de mujeres para asignar ese espacio, las fórmulas se busquen entre las registradas por ese mismo partido bajo el principio de mayoría relativa, que no hayan obtenido el triunfo en las urnas en la misma circunscripción. Este método de integración de listas plurinominales con las candidaturas no triunfantes de mayoría relativa, ya se encuentra prevista en las leyes de diversas entidades federativas.

En el mismo acuerdo se establece que, si no hubiese forma de asignar los espacios a fórmulas de mujeres del  partido político al que le corresponden, ese partido se quedará sin esas posiciones que serán asignadas a fórmulas de mujeres del siguiente partido en orden de votación.

Los espacios que nuestro marco constitucional y legal definen para mujeres, deben ser ocupados por mujeres. Esa es la premisa de la que debe partir cualquier acuerdo que tenga como finalidad la integración de órganos de representación popular en nuestro país.

El INE actuó de manera eficaz, contundente y oportuna para salvaguardar los derechos de las mujeres. La violencia política por razones de género debe ser duramente sancionada y con los criterios de interpretación aprobados por la autoridad electoral, se impide que partidos y funcionarios que violentan los derechos de las mujeres, consigan arrancar a las mujeres las posiciones que jurídicamente les corresponden.

Comienza la nueva legislatura

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