Main logo

El DF se convertirá en la CDMX

Parece que la participación y aportaciones de las mujeres en este proceso no parece importar a nuestros legisladores.

Por
Escrito en OPINIÓN el

Uno de los temas más importantes en este cierre de año es la reforma política del Distrito Federal. El día de ayer el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 386 votos a favor, 33 en contra y una abstención el Proyecto de Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Dicho proyecto sufrió modificaciones y fue devuelto a la Cámara de origen, el Senado, que deberá discutirlas y, en su caso, aprobarlas esperemos que en este mismo año.

 

Muchos son los temas que se abordarán en la reforma política del Distrito Federal que, una vez aprobada, se llamará Ciudad de México, y continuará siendo la sede de los poderes de la Unión.

 

Un punto que merece la mayor atención es el proceso por medio del cual se elaborará y discutirá la Constitución de la Ciudad de México. Ese proceso estará a cargo de una Asamblea Constituyente y que de conformidad con el proyecto de decreto que sufrirá modificaciones en el Senado, se compondrá con 100 integrantes. Sesenta serán electos por el principio de representación proporcional; catorce serán designados por la Cámara de Diputados; catorce por el Senado; seis por el presidente de la República y seis más por el jefe de Gobierno del Distrito Federal.

 

Por increíble que parezca, en ninguna parte de este decreto se establece que la Asamblea Constituyente, que tendrá a su cargo la función de elaborar la Primera Constitución de la Cuidad de México, en la que se defina su estructura, órganos, conformación de poderes y sus funciones, entre otras cosas, se apegará al principio constitucional de paridad para su integración.

 

El Distrito Federal ha sido punta de lanza en temas de equidad de género. La ley electoral local establece la paridad en sus dos dimensiones la vertical y la horizontal para los cargos de elección popular. Las jefaturas Delegacionales, que con las reformas se convertirán en Alcaldías, también mandatan la aplicación de la paridad horizontal por la que los partidos o coaliciones debían presentar la mitad de sus listas conformadas por mujeres como candidatas a 8 de las 16 delegaciones.

 

Cierto es que debían realizarse ajustes a la ley respecto a la integración de la lista final para la asignación de diputaciones por el principio de representación proporcional. Sin embargo, parece claro que para el Congreso de la Unión la integración de mujeres al Constituyente es algo que no merece la menor atención. La participación y aportaciones de las mujeres en este proceso no parece preocuparles a nuestros legisladores.

 

Para medir el inexistente compromiso de los partidos políticos con la paridad sólo basta referir que este mismo Senado, Cámara de origen del proyecto de decreto al que se hace referencia, es la misma Cámara, con los mismos integrantes que en 2014 incorporaron a la Constitución el principio de paridad que ahora simple y llanamente desconocen.

 

Afortunadamente, el día de ayer esta intentona se vio frustrada y la Cámara de Diputados propuso modificaciones al Proyecto en el sentido de que los 14 diputados de esa Cámara que integrarán la Asamblea Constituyente deberán respetar, al menos, el porcentaje de mujeres que hoy ocupan una curul en San Lázaro, es decir, el 42.5 por ciento. En caso de que en el Senado apoyen este criterio, apenas estaríamos hablando de 28 de 100 escaños en la Constituyente.

 

Valga decir, por otra parte, que las autoridades locales están relegadas a un segundo plano. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal no tiene ninguna participación en este proceso y el Instituto Electoral del Distrito Federal, tampoco. De conformidad con el artículo Séptimo transitorio, será el Instituto Nacional Electoral quien emita la convocatoria para los diputados constituyentes. Ojalá el INE, comprometido con la igualdad, en la convocatoria que apruebe establezca la paridad en la integración de las listas a este Congreso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41 de nuestra Constitución.