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El derecho a no ser objeto de ninguna forma de violencia

El espacio digital no puede servir a la generación o amplificación de los diversos tipos de violencia. | Julio César Bonilla

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Escrito en OPINIÓN el

Diariamente nos conectamos y desconectamos a redes de todo tipo e interactuamos en estas de muy diversos modos. Como nunca en la historia, las personas tenemos literalmente, en nuestras manos, el acceso a inmensos flujos de información.

Las redes sociales y los dispositivos con los que nos conectamos a estas, son una especie de extensión mental con efectos expansivos. Lo que se expone en el espacio digital se encuentra reunido ahí y al alcance de todas las personas. Por tanto, la violencia ejercida en esa arena hipermediatizada, trae efectos igualmente expansivos; con la circunstancia agravante de que, aunque carece de un referente físico, lo que ocurre en el espacio digital trasciende a lo electrónico.

La era digital trajo la violencia digital. Este tipo de violencia que padecen principalmente mujeres y menores de edad, surge en un contexto de normalización, en el que la violencia social en el mundo se expone todos los días y todo el tiempo. 

En tal tenor, el conjunto de reformas legislativas que han cobrado fuerza y vigencia bajo la denominación de Ley Olimpia en nuestro país muy recientemente, revelan el compromiso del Estado mexicano en el sentido de que el acoso, hostigamiento, las amenazas, la vulneración de datos e información privada, así como la difusión de todo tipo de contenido sexual sin consentimiento o mediante engaños; son conductas que serán perseguidas y serán sancionadas.

Hablar de violencia digital, es hablar de bienes jurídicos tutelados que se ven expuestos a lesión o son efectivamente lesionados. Es hablar de derechos que deben ser protegidos y garantizados por las autoridades.

Hace no mucho más de diez años, hablar en América Latina de derechos digitales o de derechos humanos en el espacio digital, habría generado cierto escepticismo porque aunque se intuía su enorme potencial, el acceso al espacio digital no se encontraba tan extendido y sus herramientas, se concebían aplicables a un número restringido de tareas. Hoy en día, de sobra sabemos que ambas premisas han perdido todo tipo de sustento. 

Sin embargo, ambos elementos quizá llevaron al rezago en la regulación respectiva, conjuntamente con el hecho de que se privilegiaron las demandas de justicia social que en toda la región, se habían acumulado por décadas.

El problema es que hemos tratado al espacio digital como si de su sola existencia se siguiera la mejora de las condiciones materiales de nuestra sociedad y su adopción nos acelerara en el camino al desarrollo; pero, progresivamente, se han acentuado las preocupaciones por la problemática ética, jurídica, política y antropológica en las redes. 

En la literatura académica, hay quienes hablan de una cuarta ola de derechos humanos que se ubican en el ciberespacio. Lo fundamental es entender que al espacio digital, como medio democrático en el que se proyectan o digitalizan los derechos de las personas, deben resultarle aplicables principios y valores congruentes con una sociedad de la información, plural, abierta e incluyente. El espacio digital no puede servir a la generación o amplificación de los diversos tipos de violencia.

El espacio digital es también espacio público. Es preciso defenderlo en sinergia para que los abusos, la violencia y las conductas ilegales, se vean eventualmente desterradas por el fortalecimiento de nuestros derechos y la promoción y vigencia de los derechos humanos debidamente garantizados por el Estado.