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El ciudadano transparente

-El valor perfecto consiste en hacer, sin testigos, lo que seríamos capaces de hacer delante de todo el mundo- Así señala Francois de la Rochefoucauld, filósofo francés en su tendencia literaria del siglo XVI, enfocada en brindar máximas morales en el actuar de los hombres.

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Escrito en OPINIÓN el

Hoy en día con la extensa globalización y comunicación masiva, así como la competitividad laboral y profesional se genera para hombres y mujeres ante los demás, nuevas exigencias que van más allá del valor intrínseco que expresaba Rochefoucauld.

Pareciera que hoy en día, sí es necesario tener testigos; con la gran interacción en redes sociales y un internet accesible para todos, basta con algunos teclazos en algún buscador para fácilmente desnudar, metafóricamente hablando, a las personas en cuanto a sus gustos, sus actividades, tendencias, opiniones, antecedentes laborales y hasta escándalos de su vida privada. Con estas herramientas del universo tecnológico y ante un férreo propósito de alguien de saber y conocer de ti, es difícil pasar desapercibido y ser invisible en este mundo actual.

Estos instrumentos de la globalización, son los testigos principales del actuar contemporáneo de las personas. Hoy en día se demanda en las instituciones públicas y en las personas que forman parte de ellas la mayor transparencia, como si esto fuera sinónimo de buenos resultados. La transparencia ya no se detiene, hoy ya es exigible y punto de litigio en tribunales, la transparencia ha venido evolucionando y avasallando en todas las instituciones públicas reconocidas por la ley, y que en un último punto de discusión se acota por la tendencia actual de proteger los datos personales de hombres y mujeres, tales como el domicilio, teléfono, huellas dactilares, preferencias sexuales, creencias religiosas, ideológicas etc.

En la última década, los procesos legislativos y conformación de leyes han generado en el ciudadano el poder de petición, de saber y conocer más de los asuntos públicos, en oposición construyendo obligaciones en las instituciones y en quienes forman parte de ellas, de ser transparentes y rectos en su actuar. Considero que esta interacción y correlación de derecho-obligación, ha generado un interés progresivo de los ciudadanos en los asuntos políticos del país, que abarca ya no sólo a las autoridades, sino también a los partidos políticos que como entidades públicas también se les exige transparencia.

Hablando de procesos legislativos, con la reforma política electoral de este año, en escena aparecen nuevas leyes, como la Ley General de Partidos Políticos, que en una lectura inicial pareciera sólo causa efectos en los partidos políticos, sin embargo dentro de la competencia de esa ley, se advierte que la misma también repercute en la ciudadanía en general.

Los partidos políticos son entidades de interés público formadas por ciudadanos y previo a su constitución son organizaciones de éstos, así lo expresa la ley. Para los ciudadanos es un derecho formar parte de manera libre de los partidos políticos, pero al parecer ese derecho se podría volver también una carga para quien así lo considere, por lo siguiente: con la referida ley, a los partidos políticos se les exige mayor transparencia en sus actividades y finanzas, así como por supuesto el mantener los estándares que se le exige a toda organización de ciudadanos que pretende constituirse en un partido político como el número de afiliados y militantes que en números duros sería un mínimo de 60,000 militantes divididos de manera plural en el país de acuerdo a diversos criterios que la propia ley establece. A los partidos políticos les es exigible entre otras cosas el dar a conocer el nombre y apellido de sus militantes y deberán transparentar esas listas de al menos 60,000 ciudadanos; aquí es donde quizá algún ciudadano considere podría ser una carga y violación a sus datos personales, por estar prescrito en la ley, que ese es uno de los datos protegidos e inherentes al ser humano que forman parte de su esfera de privacidad.

Por otro lado a las organizaciones de ciudadanos que se pretenden constituir en partido político, además de esos números de afiliados, se les exige que ellos no formen parte de ningún otro partido político y si este fuera el caso, se le da el papel fundamental al ciudadano, ya que éste decida cuál es su afiliación y preferencia. Si bien es cierto ya era una obligación de los partidos políticos previo a la reforma política del 2014, el dar a conocer esa lista de militantes y el proceso aún no se acataba, quizás la tendencia y exigencia actual sí los lleve a cumplir de manera exacta con esa obligación, lo que de darse, nos genera las siguientes interrogantes: ¿si entre su militantes se encontrara que alguno ya forma parte de otro partido político, se le cuestionará al ciudadano a cuál partido político prefiere pertenecer?; ¿si en ese ejercicio de transparentar sus listas de militantes por los partidos políticos, uno de los ya constituidos apareciere que no cumple con el mínimo exigido de 60,000, de qué manera se procedería? y la más elemental y delicada para el ciudadano, ¿esa transparencia exigida a los partidos políticos atenta contra su privacidad y datos personales?

Pues bien, estas son interrogantes, que se despejarán con el paso del tiempo y sólo con el cumplimiento a la ley respecto de la publicación de listas de militantes, sólo a partir de ese momento es como podría un ciudadano sentirse agraviado y realizar un airado reclamo para que los tribunales resuelvan lo conducente, y si en el caso la obligación del partido político de transparentar  es preferencial al derecho ciudadano de mantener en privado sus datos personales; pero éste no es quizás el único punto en la esfera de derechos del ciudadano, no descartemos también que esa publicidad desnude a esos ciudadanos sin una preferencia política definida y que según el temporal político de preferencias saltan de un lugar a otro y hacen pleno uso de su "derecho" de formar parte de un partido político y se encuentran afiliados tal vez en más de uno.

Habrá quien diga que los ciudadanos que dieron su firma y aval en apoyo de un partido político no gocen de esa privacidad, sin embargo no debemos de olvidar que los derechos humanos, en este caso la protección de los datos personales resulta universal y aplicable para todos y deberá analizarse si el momento requiriere, si el derecho de pertenecer libremente a ellos implica una renuncia a su privacidad.

Pues bien, es este el punto donde se confrontan la transparencia y la privacidad de las personas porque en el hipotético escenario de que los partidos políticos cumplan, cada ciudadano que ha dado su firma y voto de confianza a uno de estos, tendrá la última palabra y expresará si la publicidad le agravia, le beneficia o simplemente le resulta intrascendente.

@SandorHdz