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El camino a Pino Suárez ¿y de ahí?

Que una designación resida en el mérito es la principal condición de la independencia como garantía de la judicatura.

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Escrito en OPINIÓN el

Norma Lucía Piña y Javier Laynez son los candidatos que, en mi consideración, reúnen el mayor mérito para integrarse a la Suprema Corte. Hay detrás de ellos carreras profesionales y personales con su propio peso. Su formación académica, su trayectoria en el servicio público: En la Judicatura, la primera y en la administración pública, el segundo; el reconocimiento del que gozan entre sus alumnos y colegas, satisfacen la condición intangible más difícil de reunir: el reconocido prestigio.

 

Podré no estar de acuerdo con el criterio de Laynez sobre el interés legítimo en el caso #YoContribuyente o con la simpatía de Piña por la escuela analítica de Atienza, por ejemplo; pero no discutiría que ambos son muy buenos abogados. Si no fueran los designados, no me quedaría la duda de que, en la decisión del Senado, pesaron criterios distintos al mérito.

 

Que una designación resida en el mérito es la principal condición de la independencia como garantía de la judicatura.

 

Junto con el mérito de los candidatos está el mérito del proceso de designación. En este, en buena medida, reside la legitimidad tanto de la designación como de los contrapesos a cargo del Senado para integrar al colegiado responsable de la interpretación constitucional.

 

Desafortunadamente el proceso en el Senado es más criticable que plausible. En aquello que sale a la luz pública, es limitada la posibilidad de conocer con mayor profundidad el pensamiento del candidato sobre cuestiones fundamentales. Que no haya posibilidad de réplica entre los senadores y los propuestos, elude la posible riqueza del diálogo. El formato se presta más a las piezas de oratoria que a la exposición del razonamiento y reflexión sobre la Corte y el quehacer de los ministros.

 

El panorama que la Corte tiene en los años por venir, es complejo y nada halagüeño en términos de conflictividad social. Las enormes expectativas puestas en las reformas de derechos humanos y en amparo a estos pocos años de vida muestran ya limitaciones: La crisis de derechos humanos es fundamentalmente un problema de crisis institucional en el que las técnicas del pro persona y la interpretación conforme tienen alcances limitados.

 

Los impactos de las decisiones judiciales en la política pública muestran también las dificultades que las técnicas judiciales y el amparo tienen para hacer frente a los problemas públicos (la sentencia de la Primera Sala sobre la mariguana es el ejemplo más reciente de las limitaciones de las técnicas judiciales). Las reformas estructurales en materia de competencia económica, energía, telecomunicaciones apenas asoman los posibles litigios que llegarán a la Corte. Las grandes reformas en materia de transparencia, acceso a la información y la reforma anticorrupción, todavía en curso, tendrán en la independencia y lucidez de la Corte su definición última.

 

Cómo pueda encausarse la discusión sobre anteriores y otras cuestiones tan o más relevantes, es parte de los desafíos que tiene en sus manos el Senado. La transparencia en el proceso, que haya en el mismo un mayor énfasis en la relevancia de las funciones de los ministros que en los limitados alcances de acuerdos que privilegien las cuotas y los sesgos partidarios, es deseable para el país.