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Dos riesgos más de crear la Tercera Sala en la SCJN

La labor más importante de la SCJN es generar un equilibrio entre el resto de los Poderes de la Unión, por ello, debemos evitar obstaculizar su misión. | Virgilio Tanús*

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Escrito en OPINIÓN el

Varios analistas han expresado argumentos en contra de la creación de una Tercera Sala en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para tratar, de forma exclusiva, asuntos de corrupción cometidos por servidores públicos y particulares. Las críticas argumentan un control político de la Corte. Aquí, detallo que, con independencia de este tema, el Senado mexicano tendría que considerar dos aspectos adicionales, uno tiene que ver con el diseño institucional de la Corte, el otro tiene que ver con un tema de competencia.

En cuanto al diseño de la Corte, la propuesta contempla que la Sala de la SCJN se integre por cinco nuevos ministros. Esto implica que la estructura de la Suprema Corte se ampliaría de once a dieciséis integrantes. Esto es una mala idea. Los órganos colegiados deben estar integrados por un número impar, justamente para que al momento de la votación no puedan existir el mismo número de votos a favor y en contra. No es casualidad que las Salas en los Tribunales Superiores de Justicia en las entidades federativas, así como los Tribunales Colegiados Federales se integren por tres magistrados. De forma similar, las propias Salas de la SCJN se conforman con cinco ministros por Sala. La propuesta de agregar cinco integrantes a la Suprema Corte permitiría votaciones con ocho votos a favor y ocho en contra, obstaculizando innecesariamente la operación de este importante órgano jurisdiccional.

Un tema adicional tiene que ver con la competencia especializada que, podría no estar justificada por razón de volumen. Los casos denunciados de corrupción son escasos y, podemos anticipar, son más escasos los asuntos que conllevan una valoración de constitucionalidad que amerite la intervención de la Corte. Incluso, en materia penal, los delitos contenidos en las leyes penales relacionados con actos de corrupción de servidores públicos, como son el cohecho, peculado, enriquecimiento Ilícito, tráfico de Influencias, entre otros, presentan dos principales obstáculos para su denuncia pública, investigación y eventual sanción. Por un lado, son delitos que por su propia naturaleza, tanto entre corruptor como entre corrompido, buscan el mismo propósito, por lo que son conductas donde la única víctima u ofendido es el propio Estado. Es el propio funcionario público del Estado quien comete la conducta en contubernio, ya sea con otro servidor público, o bien con un particular. Al ser un hecho delictivo donde no existe una víctima identificable, suelen ser delitos que no son denunciados, por lo que la ausencia de denuncia y la impunidad es muy alta. En segundo término, la descripción legal de dichas conductas delictivas, están legisladas de manera que resulta sumamente complejo su identificación y eventual persecución y sanción. Así las cosas, al menos en materia penal, sería imprescindible, rediseñar el catálogo de conductas delictivas relacionadas a la corrupción para aspirar a tener un universo de casos más extenso.

En suma, detrás de la buena, necesaria y justa intención de prevenir, perseguir y sancionar la corrupción, la propuesta de crear una Tercera Sala, falla en analizar temas básicos que justifiquen la viabilidad de la idea misma. Sin tener claros los beneficios de la propuesta, no vale la pena poner en riesgo la autonomía del órgano Jurisdiccional más importante del país. La labor más importante de nuestra SCJN es generar un equilibrio entre el resto de los Poderes de la Unión, por ello, debemos evitar la tentación peligrosa de obstaculizar su misión.

Virgilio Tanús Namnum

Es licenciado en Derecho por la Universidad Iberoamericana, donde realizó la especialidad en Derecho penal, procedimientos penales, y ejecución de sentencias. Tiene una especialidad en Derecho penal en la Universidad Panamericana. Ha realizado estudios avanzados en la misma rama en la Universidad Complutense de Madrid, España. Es profesor de la Universidad La Salle y miembro de barras y colegios de abogados.

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