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Día Internacional de la Paz

No hay desarrollo sin paz, así como tampoco habrá paz sin desarrollo; es decir, se trata de una interdependencia de valores. | Susana Pedroza*

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Escrito en OPINIÓN el

En 1981 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) estableció el 21 de septiembre como el Día Internacional de la Paz, con el fin de dedicarlo al fortalecimiento de los ideales de la paz, tanto en las naciones como entre las personas de todo el mundo.

La Carta de las Naciones Unidas, de 1945, es un instrumento impulsor de los objetivos de la paz; sin embargo, el derecho a la paz como una categoría de los derechos humanos se incorpora décadas más tarde, el cual vino acompañado por los pensamientos que establecieron derechos individuales como colectivos a la vez, tales como el derecho al desarrollo y a un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado para vivir.

Hay que recordar que, como un derecho, el derecho a la paz en el concierto internacional de los derechos humanos, tiene como antecedentes jurídicos las constituciones de Japón (1946) y de Colombia (1991). En el caso de México, a más de 100 años de nuestra Constitución (1917) se encuentra previsto o reconocido expresamente el derecho en su artículo 89, dentro de los principios de política exterior.

Sin embargo, es necesario aclarar que lo anterior se debe, en buena medida, a nuestra tradición pacifista y fundamentalmente, porque en la interpretación jurídica se le ha considerado como uno de los derechos humanos reconocidos en el texto constitucional, por lo tanto, deriva de su efectivo cumplimiento.

En este sentido, la intensa oleada de información que vivimos en la actualidad, a través de las redes sociales y los medios de comunicación, nos ha colocado en una guerra informativa que pudiera considerarse como una violación a nuestro derecho humano a la paz. Sin duda alguna, es indiscutible la relevancia y el necesario ejercicio del derecho a la información y a ser informados; sin embargo, el ejercicio de los derechos humanos debe tener armonía entre sí. De ahí la importancia del derecho a la paz que no puede ni debe permanecer indiferente o ajeno a la realidad individual y colectiva de las personas.

Pensar en la idea de paz, como un derecho humano reconocido en nuestro texto constitucional, sugiere reconocer la responsabilidad del Estado mexicano, para hacer efectivo el cumplimiento del resto de estos derechos, tratándose de una función protectora que recae en todos los órdenes de gobierno y de poderes, es decir, en el Ejecutivo, Legislativo y Judicial. La paz, como un derecho individual y colectivo, debe ser garantizado y cumplimentado por el Estado.

Ante la guerra informativa, es urgente entrar a la reflexión, análisis y debate, para incorporar también el reconocimiento del derecho humano a la paz en nuestro texto constitucional, no con la simple cita o referencia genérica, sino con el desarrollo amplio de este derecho para todas las personas, en el que se establezcan los mecanismos para garantizarlo, así como las consecuencias en caso de su incumplimiento.

¿Las razones? Son muchas. Iniciar un debate razonado de este derecho es imprescindible en tiempos de altos grados de violencia informativa mediante las fake news o noticias falsas; encabezados sugerentes o que poseen altos márgenes de agresividad y ponen en riesgo la tranquilidad, la integridad y la vida de las personas, etcétera.

Tener claro que las políticas públicas tienen una finalidad cierta y concreta que es atender las necesidades específicas que demanda una sociedad pero que, a su vez, encausen y faciliten el desarrollo pleno de las personas en su ámbito individual y colectivo.

Hemos sostenido que no hay desarrollo sin paz, así como tampoco habrá paz sin desarrollo, es decir, se trata de una interdependencia de valores que se desprenden de la Constitución Federal y que requiere que sea expresada con sus letras y desarrollada en la legislación para su eficaz cumplimiento.

* Dra. Susana Thalía Pedroza de la Llave

Investigadora titular “B” del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM; coordinadora general de la División de Estudios de Posgrado y del CIJUREP de la Universidad Autónoma de Tlaxcala, e investigadora nivel III del Sistema Nacional de Investigadores (SNI).