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Desaparecen salarios mínimos profesionales en la frontera norte

La CNSM despreció los Salarios Mínimos Profesionales de la Frontera Norte borrando toda diferencia entre los mínimos generales y los mínimos profesionales. | Manuel Fuentes

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Escrito en OPINIÓN el

En una decisión sin precedentes la Comisión Nacional de Salarios Mínimos (CNSM) desapareció en los hechos los Salarios Mínimos Profesionales de la Frontera Norte a partir del 1º de enero de 2019 borrando toda diferencia entre los mínimos generales y los mínimos profesionales de esa zona.

Todos los salarios mínimos de la Frontera Norte, tanto lo generales como los profesionales a partir de 2019 tienen un mismo valor monetario de: $176.72 diarios, con excepción el de Reportero(a) en prensa diaria impresa y Reportero(a) grafico(a) en prensa diaria impresa quienes tienen un salario mínimo de $248.09 diario en toda la República.

La desaparición de los Salarios Mínimos Profesionales ocurre en los municipios que hacen frontera con Estados Unidos: Ensenada, Playas de Rosarito, Mexicali, Tecate y Tijuana, en el Estado de Baja California; San Luis Río Colorado, Puerto Peñasco, General Plutarco Elías Calles, Caborca, Altar, Sáric, Nogales, Santa Cruz, Cananea, Naco y Agua Prieta, en el Estado de Sonora; Janos, Ascensión, Juárez, Práxedis G. Guerrero, Guadalupe, Coyame del Sotol, Ojinaga y Manuel Benavides, en el Estado de Chihuahua; Ocampo, Acuña, Zaragoza, Jiménez, Piedras Negras, Nava, Guerrero e Hidalgo, en el Estado de Coahuila de Zaragoza; Anáhuac, en el Estado de Nuevo León; y Nuevo Laredo, Guerrero, Mier, Miguel Alemán, Camargo, Gustavo Díaz Ordaz, Reynosa, Río Bravo, Valle Hermoso y Matamoros, en el Estado de Tamaulipas, que suman un tal de 43.

Esta resolución de la CNSM es muy grave por las repercusiones que tiene en el ámbito salarial al considerar iguales dos salarios que no lo son en su concepción. Los llamados salarios mínimos profesionales tienen como propósito proteger los 59 oficios que van desde un oficial de albañilería, pasando por un carpintero, cocinero, chofer de vehículos, electricista, soldador, velador y otros más, hasta un oficial zapatero.

¿Qué sentido tiene reconocer salarios mínimos profesionales si se les otorga un porcentaje idéntico al mínimo general?

La medida asumida por la CNSM desconoce la fracción VI del artículo 123 de la Constitución Política que fue concebida para proteger en la máxima norma jurídica de nuestro país los salarios mínimos a disfrutar por los trabajadores sean “generales o profesionales”.

En un estudio que realizamos con los salarios mínimos profesionales que se pagan en el resto del país fuera de la zona norte, estos se benefician con un porcentaje superior al mínimo general en un promedio del catorce punto veintisiete por ciento (14.27%) de acuerdo con la siguiente tabla:

Con la decisión de la CNSM esta diferencia del 14.27% en los salarios mínimos profesionales que rige en todo el país desaparece a raja tabla en la Zona Norte, sin ningún argumento que lo avale.

No se justifica que un incremento para hacer más competitivos los salarios en la frontera norte pisotee las percepciones de los trabajadores que se encuentran en los 59 oficios reconocidos en la CNSM y ser tratados como si fueran trabajadores de salario mínimo general.

Es una incongruencia que debe corregirse.

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@Manuel_FuentesM | @OpinionLSR | @lasillarota