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¿Cuántos datos son demasiados?

Debemos reflexionar sobre cuáles datos es posible comercializar y bajo qué condiciones | María Elena Estavillo

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Escrito en OPINIÓN el

Cada vez generan mayor atención los temas relacionados con la proliferación de datos que permiten las nuevas tecnologías y que se encuentran disponibles para una variedad de usos.

Por un lado, está el análisis de datos masivos (big data), con lo cual nos referimos a cantidades enormes de datos y los procedimientos empleados para su recolección, almacenamiento, análisis y manipulación, lo que permite identificar patrones y generar modelos predictivos con valiosas aplicaciones en actividades tan diversas como los negocios, la publicidad, la epidemiología, o el combate al crimen organizado.

Big data e inteligencia artificial

Estrechamente relacionada con el big data, está la inteligencia artificial, que es la capacidad de las máquinas para ejecutar funciones cognitivas que identificamos como propias de los humanos, tales como el aprendizaje y la resolución de problemas. La inteligencia artificial se desarrolla gracias a la continua alimentación de datos masivos para perfeccionar sus procesos cognitivos.

A la par de esta explosión de datos, ha surgido la preocupación por la protección a la privacidad de las personas en el entorno del internet, conscientes de que el mismo concepto de privacidad puede entenderse de forma distinta, según cada individuo y su contexto.

Desde el punto de vista de la competencia, un nuevo objeto de análisis es el de la concentración de los datos en su calidad de insumo para diversas actividades económicas, ya que, si pocos competidores acapararan una cantidad excesiva de datos, la consecuencia podría ser que se limitaran las posibilidades de acceso de otros competidores actuales y potenciales a dicho insumo, restringiendo así la competencia en los mercados.

Otro fenómeno relacionado con el acceso a datos de los consumidores, es que se están usando como pago implícito por los servicios, en vez de dinero. De allí, la máxima que debemos conocer todos los consumidores informados: “cuando algo es gratis, el producto eres tú”.

Independientemente de otras consideraciones, esta forma de comercialización ha dado pie a una gran variedad de esquemas de negocios novedosos, además de servicios que no serían posibles sin el acceso a la información de los usuarios.

Pero en esta ocasión quiero reflexionar sobre el uso y posible abuso de la información que voluntaria e involuntariamente liberan los usuarios sobre sus hábitos de consumo, incluyendo su disponibilidad a pagar, capacidad económica, preferencias y debilidades.

Datos de los consumidores

Hay que estar conscientes de que nuestra misma actividad como usuarios de redes sociales y servicios digitales coloca en el ciberespacio una gran cantidad de datos sobre nuestras actividades y preferencias, los cuales es posible procesar gracias a las técnicas de big data.

En una muy interesante entrevista que hizo Ian Sample, de The Guardian, a Joseph Stiglitz, el Premio Nóbel, señala que hay una creciente concientización sobre las maneras en que las empresas pueden usar los datos para identificar a los consumidores.

Así como los datos pueden ser utilizados para producir bienes y servicios que den mayor satisfacción a los consumidores, también pueden usarse para alimentar algoritmos que maximicen los precios cobrados a cada persona, de acuerdo con sus ingresos, sus hábitos de compra y sus preferencias por la novedad, la exclusividad, la moda, etcétera.

De hecho, el acceso a big data por parte de las grandes empresas sin que los consumidores tengan herramientas comparables, incrementa la asimetría de información entre aquellas y los consumidores, con la posibilidad de disminuir la eficiencia del mercado y facilitar la transferencia de beneficios de los demandantes a los oferentes.

En México, la Ley Federal de Competencia Económica no sanciona la aplicación de precios excesivos, es decir, precios por encima de los que prevalecerían en un entorno de sana competencia.

Precios excesivos

En algunos otros países, las leyes de competencia sancionan los precios excesivos por considerarlos un abuso del poder de mercado. Pero en nuestro país se eligió otro camino con base en la noción de que, siempre que no existan barreras a la entrada a los mercados, cuando se cobran precios muy elevados, éstos se convierten en señales que atraen a nuevos competidores ansiosos de ganar altos márgenes, quienes después entran ofreciendo precios menores para ganar participación, con lo cual el mercado por sí mismo puede regularse.

Sin embargo, en un mercado global donde el uso de algoritmos se extienda para personalizar productos y precios, el análisis de datos masivos puede llevar a desincentivar la competencia en precios o en otros aspectos, de forma que los consumidores reciban menores beneficios de los que se producirían en entornos más competidos.

Stiglitz propone discutir públicamente sobre una variedad de reglas relacionadas con el manejo de datos: cuáles se puede almacenar o usar; si se permite fusionar diferentes bases de datos (o bajo cuáles condiciones); para qué propósitos sería posible usar los datos; qué grado de transparencia deben proveer las empresas sobre el uso que dan a la información. Añadiría que también debemos reflexionar sobre cuáles datos es posible comercializar y bajo qué condiciones.

Pero Stiglitz también advierte que la agenda regulatoria va mucho más allá de los aspectos redistributivos. Además de las cuestiones impositivas, habría que analizar el poder de negociación de los trabajadores, los derechos de propiedad intelectual, el alcance y aplicación de las leyes de competencia, la gobernanza corporativa y el funcionamiento del sistema financiero.

Ciertamente, el mundo digital con la avalancha de datos que trae consigo, nos presenta retos regulatorios importantes. Autoridades, empresas, consumidores y sociedad civil debemos asegurar las condiciones para sacar el mayor provecho de esta revolución.

Es hora de dejar atrás el noveno transitorio

@elenaestavillo  | @OpinionLSR | @lasillarota

*Comisionada del IFT. Las opiniones expresadas son a título personal y no deben entenderse como una posición institucional.