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Crear leyes es fácil pero impartir justicia es difícil

¿Cómo funciona la justicia laboral en las Juntas de Conciliación y Arbitraje (JCA)?

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Escrito en OPINIÓN el

Hay varias razones por las cuales la justicia laboral ya no funciona eficientemente. Un ejemplo de ello es el caso de “Los Piratas de Borge”, protagonizado por el exgobernador de Quintana Roo, Roberto Borge. Sus principales cómplices fueron los funcionarios públicos de las Juntas de Conciliación y Arbitraje (integrada por representantes de los trabajadores, patrones y el gobierno), y la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) de la entidad, para que se llevaran a cabo saqueos ilegales de bienes y patrimonios de empresarios, a través de juicios laborales falsos, simulados y con resoluciones manipuladas[1].

Por otro lado, de acuerdo a datos oficiales del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), cada año los juicios laborales aumentan al igual que los asuntos rezagados. Muestra de ello se observa en la siguiente gráfica, que entre 2009 y 2015 pasaron de 205 mil a más de 221 mil asuntos laborales individuales y colectivos en las entidades federativas. En cambio, el margen de avance de los asuntos solucionados es muy pobre con relación con los que están en conflictos.

Además, entre el 2011 y 2016 los asuntos individuales en trámite de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) sumaron más de 2 millones de expedientes, mientras que los asuntos concluidos solo representaron 469 mil procesos laborales (incluyendo conflictos de seguridad social). Así lo muestra la siguiente gráfica:

¿Cuáles son las reformas trascendentales en materia de justicia laboral?

Desde la primera constitución mexicana de 1917, el Artículo 123 que regula las relaciones laborales entre el capital y el trabajo ha sufrido 27 reformas. Mientras que a la Ley Federal del Trabajo se le han realizado 27 modificaciones a partir de 1970. Todas ellas son importantes y relevantes para la evolución del derecho del trabajo. Sin embargo, a nivel constitucional se han hecho dos reformas que han transformado el sistema de justicia laboral en México. La primera, publicada el 05 de diciembre de 1960, comenzó a regular por primera vez el trabajo burocrático y el diseño de tribunales para atender los conflictos para este grupo. La segunda, publicada el 24 de febrero de 2017, cambia el modelo actual de la impartición de justicia laboral para las relaciones individuales y colectivas.

Esta última reforma es una de las más importantes en el derecho laboral. En ella se contempla principalmente que la justicia laboral estará a cargo del Poder Judicial de la Federación y de las entidades federativas. Además busca mejorar y modernizar la impartición de justicia que aún realizan las Juntas de Conciliación y Arbitraje.

Estos son los puntos clave de la modificación del Artículo 123 de la Constitución:

o   La justicia laboral en el Poder Judicial busca una mayor rapidez, imparcialidad y transparencia.

o   Las sentencias de los jueces laborales serán controladas y vigiladas por el Consejo de la Judicatura, federal o local, con el fin de evitar actos de corrupción e impunidad.

o   A nivel federal habrá un organismo  descentralizado, el cual ayudará a aumentar la conciliación sin llegar al juicio. Además, buscará generar mayor transparencia en los registros de contratos colectivos, organizaciones sindicales y procedimientos administrativos. 

o   En las entidades federativas se crearán Centros de Conciliación con funciones exclusivamente de conciliación, lo cual tiene como ventaja evitar un juicio largo y costoso para el capital, el trabajo y los servidores públicos.               

o   La conciliación será obligatoria y previa al juicio. Esta modificación busca obligar a las partes de un conflicto laboral a platicar y alcanzar el mayor número de convenios y acuerdos laborales, al contrario del sistema actual, en donde en la gran mayoría de los casos el capital y el trabajo no se presentan en esta etapa del procedimiento laboral.

¿Cuáles son los retos para la nueva justicia laboral?

La STPS y poderes judiciales trabajan para crear un Código Nacional de Procedimientos Laborales[2]. No obstante, aún no hay datos ni información pública de su contenido. El reto para la implementación de la reforma constitucional es adecuar una ley secundaria en un marco de transparencia en donde participen todos los involucrados, expertos, autoridades laborales, sociedad civil y academia. Mediante ese mismo proceso se construyó la reforma constitucional denominada “Diálogos por la Justicia Cotidiana”.

La idea es plasmar en la ley un verdadero equilibrio entre el capital y el trabajo, sin menoscabar ni vulnerar ningún derecho humano establecido en la Constitución y en los tratados internacionales firmados por nuestro país.  

Cambiar para mejorar

El cambio de la justicia laboral mexicana del Poder Ejecutivo al Poder Judicial no resuelve mágicamente los problemas que hoy representan las Juntas de Conciliación. El objetivo primordial y toral de toda reforma de gran magnitud es que los nuevos órganos funcionen y den los resultados que anhelan los empresarios y los ciudadanos. Para ello, se requiere que los operadores del nuevo modelo laboral sean debidamente remunerados, dignificados y que cuenten por lo menos con un adecuado Servicio Profesional de Carrera.

Es urgente y necesario mejorar la impartición de justicia laboral con el fin de incentivar el desarrollo económico y competitividad del país. Entre mayor certidumbre jurídica tenga el empresario y el trabajador, aumentará la productividad y se traducirá en mejores condiciones de vida para todos.

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Agustín Díaz es Investigador del @IMCO

@Agustin_DiazP 

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[1] Periódico Expansión, Los piratas de Borge: El saqueo de bienes institucionalizado en Quintana Roo, en línea: http://expansion.mx/nacional/2016/07/06/los-piratas-de-borge-el-saqueo-de-bienes-institucionalizado-en-quintana-roo (Consultado el 31-7-2017) 

[2] Boletín No. 799, Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en: https://www.gob.mx/stps/prensa/crea-stps-unidad-especial-para-transicion-de-juntas-de-conciliacion-y-arbitraje (C, consultado el 20-7- de julio de 2017).