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COVID-19: derecho a la salud y política preventiva

En tiempos de pandemias, epidemias y demás, hablar del derecho a la salud parece un acto necesario y obligado. | Javier Tapia*

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Escrito en OPINIÓN el

En tiempos de pandemias, epidemias y demás, hablar del derecho a la salud parece un acto necesario y obligado como mero recordatorio de los elementos que lo diversos aspectos que lo componen. Esto es, no se trata solo de la idea de curar enfermedades sino también y, muy especialmente, prevenirlas.

De la misma manera, hablar de prevención impone la necesidad de hablar de políticas públicas y todas aquellas acciones emprendidas por los poderes del Estado para la salvaguarda de este derecho humano. 

Ahora que en el contexto mundial y, particularmente, en México, se atraviesa por los efectos de una pandemia -así declarada por la Organización Mundial de la Salud-, revisten especial importancia las relaciones entre las personas y las instituciones, sus objetivos y sus metas, las problemáticas públicas y sus soluciones, entre muchos otros temas que transitan en el discurso de políticos y que logran permear en el pensamiento de las personas en lo individual y en lo colectivo. 

Podemos decir entonces, la política -en términos generales- se encuentra construida y sustentada en una cierta y determinada ideología, producto de la formación y experiencia de los políticos. De tal suerte que, una política preventiva, por ejemplo, ahora en materia de salud, se encontrará determinada -para bien o para mal- en primer término, por la concepción que del derecho a la salud tengan los políticos. 

Unas breves reflexiones en torno a la política, sin duda, merecería un debate que ha llevado siglos tratar de entender desde la filosofía y el derecho, por ello, ahora solo reflexionamos sobre una de sus dimensiones, la dimensión preventiva de la política, a propósito de las medidas en materia de salubridad determinadas por el Consejo de Salubridad y la Secretaría de Salud Federal, para atender la contingencia contra el llamado CAVID-19 o coronavirus.

En efecto, el estudio de la dimensión preventiva de la política, debe entenderse desde un contexto democrático, es decir, como producto de las discusiones de los ciudadanos en que se expresan verdades individuales y colectivas, que dan forma a expresiones de inconformidad, rechazo o aceptación a medidas específicas de gobierno para resolver determinadas problemáticas públicas, dígase, contingencia sanitaria contra la pandemia que México enfrenta.

Las expresiones de inconformidad contra las políticas hasta ahora adoptadas contra el COVID-19, fundamentadas básicamente por la demora en la determinación de acciones para la atención de posibles casos infectocontagiosos, por la falta de pruebas para su detección científica oportuna, así como por el hecho mismo de minimizar en el discurso político el problema que a nivel mundial ha representado, al 22 de marzo, 292,142 casos confirmados y 12,784 defunciones. En México, de acuerdo con información publicada por la Secretaría de Salud, se han confirmado 316 casos y dos defunciones. 

Lo interesante es tener claro que el discurso político en su dimensión preventiva, debe obedecer, fundamentalmente, a dos aspectos: 1. Al conocimiento y estudio de realidades sociales e individuales de las personas, en su contexto presente y, 2. Entender que todas las acciones de política pública derivadas de las discusiones ciudadanas -sobre temas de salud- son perfectibles, por tanto, predeterminadas a una constante revisión, reconsideración y a los ajustes que sean necesarios para lograr un interés supremo: el bien común y la garantía del cuidado a la salud y la vida de todas las personas.

El discurso político debe estar ligado invariablemente a la evolución del debate ciudadano en torno al tema de la salud y, la participación activa de la ciudadanía en los asuntos públicos del Gobierno Federal y del Poder Legislativo, especialmente al constituirse como receptores oficiales del sentir social, y creadores de las políticas públicas y legislación necesarias para hacer efectivo el derecho a la salud, reconocido como un derecho humano en el artículo 4o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 

Así, la dimensión preventiva de la política en materia de salud, no es exclusiva de los políticos o gobernantes, la participación de la ciudadanía es obligada, lo contrario es aspirar a continuar con una idea falaz de que el presidente de la República, representante del Estado mexicano, no se equivoca y, por tanto, es dueño de la verdad absoluta, lo cual sin duda en pleno siglo XXI, no puede ni debe aceptarse. 

Quizá es tiempo de que el Congreso de la Unión, en su carácter de representante de los intereses de la ciudadana y protagonista fundamental de las políticas sociales, inicie de manera urgente y prioritaria un proceso de revisión legislativa en materia de salud y asistencia social integral, que permita al aparato de gobierno y, en general, a las instituciones del Estado mexicano, hacer frente de manera eficaz a epidemias y/o pandemias sea cual fuere su origen. El coronavirus ha venido a poner a prueba al Estado mexicano y sus capacidades preventivas y reactivas. A final de cuentas, no solo se trata del cumplimiento de metas u objetivos de gobierno, sino de la salvaguarda de los derechos fundamentales a la salud y la vida de millones de personas.  

* El Mtro. Javier Quetzalcóatl Tapia Urbina es docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.