Main logo

Consulta Ciudadana “Corredor Cultural Chapultepec - Zona Rosa”

La participación ciudadana es un derecho humano que no puede dejarse de lado.

Por
Escrito en OPINIÓN el

 

De acuerdo con el artículo 47 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal, la “consulta ciudadana” es un instrumento mediante el cual diferentes actores políticos: Jefe de Gobierno, Jefes Delegacionales, Asambleas Ciudadanas; Comités Ciudadanos, entre otros; someten a consideración de la ciudadanía, a través de preguntas directas, foros o algún otro instrumento de consulta, cualquier tema que impacte en los distintos ámbitos temáticos y territoriales en el Distrito Federal.

 

Participación significa “tomar parte”: convertirse uno mismo en parte de una organización que reúne a más de una sola persona. Pero también significa “compartir” algo con alguien o, por lo menos, hacer saber a otros alguna noticia. De modo que la participación es siempre un acto social”[1].

 

La participación activa de los ciudadanos en procesos institucionales de democracia participativa en cualquiera de sus modalidades, como: referéndum, plebiscito, iniciativa popular, consulta ciudadana (entre otras) es importante, porque se fomenta la cultura democrática, en forma transparente e incluyente, de acuerdo con los cambios que se están dando no sólo en nuestro continente sino en el mundo entero, y principalmente en nuestra ciudad.

 

La diferencia entre plebiscito y consultaes que el primero:“Sirve para que los ciudadanos decidan entre aceptar o rechazar una propuesta que concierne a la soberanía”[2]  y sus resultados tienen carácter vinculatorio para el Jefe de Gobierno cuando alguna de las opciones que se someten a votación, obtenga la mayoría de ésta y corresponda al menos a la décima parte del total de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores del Distrito Federal, según lo señalado en el artículo 26 de la Ley de Participación Ciudadana del Distrito Federal.

 

García Pelayo, sostiene que el plebiscito “es una consulta al cuerpo electoral sobre un acto de naturaleza gubernamental o constitucional, es decir, política en el sentido genuino de la palabra”.

 

La consulta ciudadana convocada por el Instituto Electoral del Distrito Federal para el próximo 6 de diciembre, sobre el corredor cultural de Chapultepec-Zona Rosa, no tiene carácter vinculatorio según la ley, como bien lo señaló el Consejero Electoral Carlos González, presidente de la Comisión de Participación Ciudadana en el Instituto Electoral del Distrito Federal, toda vez que los resultados de la consulta serán elementos de juicio para el ejercicio de las funciones de la autoridad convocante conforme a lo referido en el artículo 50 de la Ley en comento.

 

Recordemos que la participación ciudadana es un derecho humano que no puede dejarse de lado, y como tal, es el eje rector de la democracia, del desarrollo de nuestro país y de nuestra ciudad.

 

Flor de loto: El servicio público es otra forma de lucha social.

 

 

[1] MERINO, Mauricio. “La participación ciudadana en la democracia”, Cuadernos de Divulgación de la Cultura Democrática, IFE, México, 1995. Pág. 19-20

[2] PRUD’Homme, Francois Jean, “Consulta popular y democracia directa”, Cuadernos de Divulgación de la Cultura Democrática”, IFE, México, 1997, pág. 24