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Comité de desapariciones forzadas

Contar con el Comité contra las Desapariciones puede ser una palanca, para empujar a las instituciones mexicanas a ser eficaces. | Edgar Cortez

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Escrito en OPINIÓN el

El pasado 1 de septiembre el Senado de la República aprobó la competencia del Comité de Desapariciones Forzadas de Naciones Unidas para recibir casos individuales sucedidos en México. ¿Qué significa y qué beneficios tendrá esta decisión para las familias de personas desaparecidas?

La Convención Internacional para la Protección de todas las Personas en contra de la Desaparición Forzada de Naciones Unidas fue aprobada en 2006 en la asamblea de la ONU y entró en vigor en diciembre de 2010. México es parte de esta convención.

Esta convención tiene dos ámbitos de aplicación. El primero es general y significa que el país que se adhiere a la misma, debe informar sobre las medidas generales que toma para hacer frente a la desaparición forzada. Para verificar el cumplimiento de la convención, se formó en 2011 un Comité de 10 expertos independientes que realizan el seguimiento.

En el caso de México, en 2015 se presentó un informe, y el Comité hizo diversas recomendaciones a México.

El segundo ámbito de la convención representa la posibilidad de presentar casos individuales de desaparición y ponerlos a consideración del Comité. Esta es la competencia que se aceptó el 1 de septiembre pasado.

Presentar casos al comité deberá ajustarse a varias reglas. Una, es que los casos presentados deben haber sucedido posteriormente a la entrada en vigor de la Convención (diciembre de 2010), tienen que estar agotados los recursos legales en el país o bien mostrar que hay una tardanza excesiva en la investigación.

Una vez que el caso se envía al comité, éste sigue un procedimiento de análisis, para lo cual debe solicitar información a las autoridades. El resultado puede ser que el Comité determine que hubo violaciones a los derechos humanos y formule recomendaciones al Estado sobre acciones o medidas que debe tomar.

Por tanto lo que ganamos es que las víctimas y familiares de personas desaparecidas contarán con un recurso más, el Comité, para buscar justicia en sus casos.

Pero la efectividad de la resolución va a depender de la capacidad y voluntad de las autoridades mexicanas para atender y resolver las fallas. Esto porque el sistema internacional de protección de derechos humanos es complementario al sistema de justicia nacional.

Eso quiere decir que si una persona u organización lleva un caso al Comité y obtiene una resolución favorable, con la misma deberá volver ante las autoridades mexicanas para exigir, gestionar o negociar su cumplimiento.

Por tanto el punto clave está en nuestras propias instituciones. Hay una tarea permanente de acompañar y presionar a las instituciones para que cumplan con las tareas de buscar e investigar las desapariciones.

Contar con el Comité contra las Desapariciones puede ser una palanca, para empujar a las instituciones mexicanas a ser eficaces.