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Archivos para conocer historias y cambiar futuros

Debemos construir un país de archivos que fomenten la memoria, desvanezcan el olvido y permitan reducir la impunidad. | Joel Salas

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Escrito en OPINIÓN el

Durante los últimos años, al hablar de los archivos he repetido una frase que considero una convicción: Ningún hecho violento ocurre sin dejar huella. Por ese motivo debemos construir un país de archivos que fomenten la memoria, desvanezcan el olvido y permitan reducir la impunidad. Los archivos son el registro documental de lo que han hecho las autoridades. No podemos escatimar esfuerzos cuando se trata de garantizar el acceso a ellos.

Los documentos de archivos históricos son de acceso público, por ley no pueden negarse el acceso a ellos salvo excepción debidamente justificada. No obstante, el 10 de enero pasado, usuarios del Archivo General de la Nación (AGN) llamaron la atención de la opinión pública sobre el anuncio repentino relacionado con el fondo documental “Investigaciones Políticas y Sociales” que quedaría fuera de consulta por encontrarse en proceso de revisión. Este fondo contiene información generada por agencias de inteligencia ya extintas y da cuenta, entre otros temas, de estrategias utilizadas para controlar a la oposición política en México. Algunos expertos advirtieron que esto puede interpretarse como un intento de censura, pero el AGN aclaró que se trató de un error. Esta situación se dio en un nuevo contexto para el propio Archivo General de la Nación.

Desde el 14 de febrero de 2019, el AGN debe gestionar el acceso a más archivos relacionados con actividades de inteligencia pues la administración actual determinó su apertura, los más recientes fueron generados por la Policía Federal y el entonces Centro de Investigación y Seguridad Nacional (CISEN). El reto es enorme, la Ley General de Archivos confiere al AGN la responsabilidad de determinar el valor histórico de la información y, en su caso, fundamentar la clasificación como confidenciales de los datos personales sensibles y, en estos casos, debería generar versión pública de cada documento explicando puntualmente las razones para clasificarlos como tales. El gran reto del AGN es que buena parte de la información que le fue transferida no se encuentra inventariada y se ha señalado que no tiene suficiencia de recursos y personal. Además, tiene pendiente conformar un Consejo Técnico Asesor que lo oriente ante dudas de atribuciones.

Existe otro caso excepcional que involucra al INAI, contemplado en el artículo 38 de la Ley General de Archivos, que consiste en aquellos documentos con valor histórico que aún no han sido transferidos a un archivo histórico como el AGN y que además contienen datos personales sensibles. El INAI deberá determinar el procedimiento para permitir el acceso a este tipo de archivos, de acuerdo con los requisitos establecidos en la ley. Destaca el que se refiere a la prueba de interés público, donde la relevancia de la información prevalece a la privacidad de este tipo de datos personales.

La colaboración entre el INAI y el AGN es crucial. Por ello, se establecieron mesas técnicas conjuntas para analizar el planteamiento del Archivo General de la Nación sobre dar acceso integral a fondos documentales que concentran información del tipo mencionado. Al menos tres aspectos deberán ser tomados en cuenta:

1)    En países como el nuestro, los documentos históricos permiten entender las razones y las estrategias de represión seguidas por los gobiernos autoritarios, incluidas violaciones graves a derechos humanos. Esto va más allá de guardar la memoria, se trata de identificar posibles responsables, llamarlos a rendir cuentas, reparar daños y tomar medidas para no repetir los excesos del pasado. Son de interés público y por eso no puede restringirse el acceso a ellos, sin olvidar que pueden contener datos personales sensibles que deben ser protegidos.

2)    Los archivos que no fueron ordenados, descritos y clasificados antes de la entrada en vigor de la ley general de archivos (artículo 15 transitorio), pueden ser consultados ejerciendo el derecho de acceso a la información. El INAI estará vigilante de estos casos para garantizar su máxima publicidad, como en el caso del recurso de revisión RRA 12925/19 donde se instruyó al AGN poner a disposición versiones públicas de documentos sobre personas vigiladas por las unidades de inteligencia del pasado. Cabe aclarar que en el caso de información generada previo a 1950, aun cuando contenga datos personales sensibles, debe ser de acceso público.

3)    Garantizar que los archivos del país cuenten con disponibilidad de recursos suficientes para gestionar la evidencia documental de forma adecuada y oportuna. Si esto no ocurre con el AGN, ¿qué puede esperarse de los archivos locales, especialmente los municipales? Según el Registro Nacional de Archivos Históricos el 40% de los municipios cuentan con un archivo histórico. Esta ausencia vulnera la rendición de cuentas, la preservación de la memoria histórica y el pleno ejercicio del derecho de acceso a la información.

A las 14 horas de este 30 de enero se llevará a cabo la primera mesa técnica conjunta entre el INAI y el AGN. Informaremos sobre los avances del análisis para rendir cuentas y para involucrar a todos y todas en este ejercicio. Es más que un tema de papeles, son historias que deben conocerse para poder cambiar el futuro de México.