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Amantes del status quo

La Silla Radioeléctrica.

Por
Escrito en OPINIÓN el

He dicho que no creo en la acusación de órganos capturados.[1] Me parece un señalamiento simplista ante un fenómeno generalmente más complejo. Hay, eso sí, reguladores extraviados. A dos años de su creación, existe evidencia para concluir que nuestro regulador en telecomunicaciones ha perdido el rumbo y se encuentra a la deriva sin identidad alguna, salvo la de ser fiel guardián del status quo.

 

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) se equivocó el día que cerró al público sus sesiones a pesar de claras expresiones contrarias en Ley; pifió al establecer tibias medidas asimétricas a los actores preponderantes que dos años después lo siguen siendo y perdió parte importante de su legitimidad cuando obedientemente desistió presentar una controversia constitucional contra la Ley que atropellaba sus facultades constitucionales.

 

Los ejemplos no terminan ahí: multiprogramación acotada, derechos de audiencia deslavados, silencio cómplice ante el atropello legislativo al derecho de réplica y ahora la sorpresiva resolución que exime a Grupo Televisa (GTV) de toda medida asimétrica en cualquier segmento y mercado de televisión restringida.

 

El IFT lava cara con el Ejecutivo; lava cara con el Congreso; queda bien con regulados; el consumidor le tiene sin cuidado.

 

Hoy nos informa una de las medidas más importantes de su historia regulatoria en cuatro cuartillas de contenido técnicamente irrisorio que desliza un viernes en la noche, mientras sus comisionados corren presurosos a espacios “informativos” y de “debate” que diligentemente montó para ellos la empresa beneficiada por el perdón regulatorio. El viernes pasado el IFT se convirtió, además, en un órgano insensible o desvergonzado, o ambos.

 

La decisión de no imponer medidas asimétricas a GTV no puede desvincularse de dos temas que han permeado el debate público de las telecomunicaciones desde 2013. En ambos invariablemente el IFT terminó del lado incorrecto. El primero de ellos se refiere a si la preponderancia debía definirse por sector (como lo hizo el Instituto y, posteriormente, el legislador) o si debía establecerse por servicio (como hubiera convenido al consumidor y como, para muchos, mandataba el artículo 6º constitucional). El segundo trata de la constitucionalidad del artículo Noveno Transitorio de la Ley que los señores comisionados decidieron no controvertir y que les impide intervenir en compras, adquisiciones o fusiones que ocurren en el sector que supuestamente regulan.

 

Tanto de la interpretación como del artículo transitorio el principal beneficiado, como siempre se advirtió, ha sido Televisa.[2] La última oportunidad que se tenía para derribar la “isla regulatoria” que se había edificado alrededor de los servicios de televisión restringida fue tirada por la borda por el propio regulador mexicano en cuatro cuartillas.

 

El comunicado de prensa intenta explicar lo inexplicable con argumentos simplistas y profundamente contradictorios. Nos dice que “la alta participación de un agente económico en un mercado no necesariamente implica la existencia de poder sustancial”, pero es precisamente ese argumento (la disminución de la participación GTV de 64.1 a 62.2%) el que utiliza como prueba de no tener poder sustancial. Por fin, ¿en qué quedamos?

 

Líneas abajo aparece un segundo argumento: “Además, GTV tiene la obligacio´n de dar acceso a sus competidores a los canales de televisión abierta de mayor valor para las audiencias”, cuando en realidad se trata de una obligación que por Ley aplica a todos los concesionarios de televisión abierta y no sólo a Televisa. Vaya, equivale a decir que el día de mañana no se le podrán imponer a Teléfonos de México medidas asimétricas derivadas de poder sustancial por que ya está obligado a ofrecer interconexión o larga distancia nacional sin costo alguno.

 

Serviría recordarle al lector, porque el comunicado de IFT extrañamente omite mención al respecto, que la decisión mayoritaria de los comisionados se deriva de una año de trabajo a cargo de la Unidad  Investigadora que periódicamente publicó sus conclusiones relativas al expediente AI/DC-002-2014 en el Diario Oficial de la Federación. Dicha autoridad, que hoy parece ser de otra institución y realizar su investigación en un país distinto al que observa el Pleno, justificó en 240 páginas la existencia de poder sustancial de mercado en más de dos mil municipios del país.[3]

 

Para ello, la Autoridad Investigadora se sirvió de índices de concentración, penetración de servicios, mercados nacionales e internacionales, contenidos exclusivos en los sistemas restringidos de GTV, empaquetamiento de los mismos, acceso a redes de transporte y la relación de servicios de televisión restringida con otros servicios de telecomunicaciones.

 

La profundidad de los dictámenes de la Autoridad Investigadora contrasta con la superficialidad de los señores comisionados que se limitan a decirnos que estemos tranquilos pues Sky redujo su participación de mercado de 73 a 70.8%, lo cual demuestra que no ejerce poder sobre nadie y que enfrenta una vibrante competencia. Ah, bueno.

 

Tampoco hay ningún esfuerzo por responder temas cruciales para el consumidor. Si la competencia que enfrenta GTV en televisión restringida es tan dinámica y pujante como dicen:

 

  1. ¿Por qué en doce meses el Índice Herfindahl-Hirschman (IHH) de televisión restringida se incrementó 819 puntos (de 3543 a 4345)?[4]

 

  1. ¿Por qué de 2014 a 2015 la televisión restringida redujo su penetración en nueve estados de la República?[5]

 

  1. ¿Por qué desde febrero de 2013 la televisión restringida es el único servicio de telecomunicaciones que consistentemente ha aumentado sus precios?[6]

 

  1. ¿Qué recomendación tienen los señores comisionados para aquellos consumidores que habitan localidades en las que GTV, ya sea a través de su sistema satelital o de cable, es el único proveedor de servicios de televisión restringida?

 

Francamente me importa poco si otra vez se beneficia a Televisa. Mañana compensarán del otro lado. Mañana lavarán cara con el de enfrente. Me importa en todo caso que a dos años de una reforma que prometía beneficios al consumidor éstos sigan postergándose porque han encontrado en el regulador a su principal obstáculo. El IFT es un amante del status quo y eso es lo realmente preocupante.

 

@Mony_de_Swaan

 

[1]El lado correcto, febrero 15, 2015.

[2]Después de las reformas constitucional y legal, GTV es la única empresa con más de 50% del mercado en el que participa que no sólo no ha disminuido su participación sino que ha podido adquirir empresas adicionales (Cablecom y Telecable).

[3]En total la Autoridad Investigadora hizo públicos tres dictámenes preliminares relacionados al expediente AI/DC 002-2014. El primero (marzo, 2015) determina que Televisa tiene poder sustancial en 2,124 municipios. El segundo (abril, 2015) concluye que Televisa ha aumentado su poder sustancial en 99 municipios en los cuales ya operaba gracias a la compra de Cablecom. Finalmente, en septiembre pasado, el último dictamen informa que Televisa aumentó su poder sustancial en 63 municipios en los cuales ya operaba gracias a la compra de Telecable. 

[4]Primer Informe Estadístico 2015, p. 52.

[5]Ibidem, p.53.

[6]Comunicado IFT 17/2015.