Main logo

Alerta de Género: garantizar los derechos de la mujer

La activación de la AVGM desencadena la implementación de acciones preventivas, de seguridad y justicia | Alerta de Género e información | Lee a Arely Cano

Por
Escrito en OPINIÓN el

La violencia hacia las mujeres es un problema que se presenta de manera cotidiana en los diversos ámbitos de la vida (laboral, económico, político, social), cuyas manifestaciones lastiman su dignidad, autonomía, desarrollo y ejercicio de derechos.

Para combatir este flagelo, la sociedad y las autoridades mexicanas cuentan con la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en donde se regula la operación de la Alerta de Violencia de Género contra las Mujeres (AVGM), que constituye el mecanismo más amplio para hacer frente a expresiones de agresión que pueden, incluso, llegar al feminicidio en territorios determinados.

AVGM

La activación de la AVGM desencadena la implementación de acciones preventivas, de seguridad y justicia, para enfrentar esta problemática; e implica la obligación de elaborar reportes especiales de la zona en donde se opera, así como de monitorear los indicadores de la violencia contra las mujeres, información básica para conocer los alcances y la efectividad de las medidas adoptadas.

La sociedad en general, y particularmente las mujeres organizadas en colectivos dedicados a la defensa de sus derechos, han impulsado la alerta de género con la intención de visibilizar los ataques cometidos en contra del sector femenino y detonar la intervención institucional para detenerlos.

El interés de la población en conocer la forma en que funciona la AVGM y los alcances de su implementación, se puede constatar en los requerimientos de información formulados a las autoridades competentes, como el realizado este año a la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (Conavim), en el que se solicitaron los anexos del informe sobre el cumplimiento de propuestas y conclusiones presentado por el gobierno del estado de Tabasco, con motivo de la solicitud de activación de la alerta en dicha entidad.

Tales documentos no fueron proporcionados por la autoridad al determinar que era información reservada, bajo el argumento de que formaba parte del proceso deliberativo con el que se determinaría la procedencia de declaratoria de alerta, contexto que motivó la interposición del medio de impugnación ante el INAI.

Durante el desahogo del recurso, la Conavim modificó su respuesta al hacer del conocimiento del peticionario la conclusión de las deliberaciones y, por ende, proporcionó todos los documentos solicitados, integrados en un total de nueve carpetas electrónicas, relativas a las pruebas remitidas por el gobierno tabasqueño a efecto de dar certeza sobre el cumplimiento de las recomendaciones realizadas por el grupo de trabajo que atendió la solicitud de AVGM.

A partir de tal determinación, el solicitante tuvo acceso a las documentales de su interés, entre los que se encuentran los oficios intercambiados entre dependencias de seguridad, relacionados con el uso de protocolos de investigación, tanto a nivel federal como estatal, sobre tipos penales como el feminicidio y la violencia contra las mujeres; acuerdos de colaboración; y programas de capacitación en materia de derechos humanos de las mujeres y de las víctimas de violencia, con enfoque de género e interculturalidad.

Estos documentos representan la base para poner bajo el escrutinio público la determinación final sobre la activación de la AGVM, al tiempo que facilitan la vigilancia de la actuación cotidiana de las autoridades locales en la protección de los derechos de quienes conforman poco más de la mitad de la población del estado de Tabasco, entidad federativa en la que se han reportado cerca de 3 mil 500 casos de agresión en los últimos años según cifras de Banco Nacional de Datos e Información sobre Casos de Violencia contra las Mujeres.

Adicionalmente al valor informativo, este caso es un ejemplo de una buena práctica capaz de replicarse por otros sujetos obligados, como medida para crear mejores condiciones en pro de salvaguardar el derecho de las personas a conocer los datos públicos en su posesión, aspecto que debe siempre cuidar el equilibrio de aquellos intereses jurídicamente tutelados que revisten el límite excepcional del derecho a saber, como lo fue en el caso expuesto el relativo a los procesos deliberativos, a fin de evitar influencias externas que puedan desvirtuar la calidad de las determinaciones finales.

Es claro que, dentro de los esfuerzos por impulsar acciones tendientes a disminuir la violencia de género, la transparencia y la garantía a saber son factores clave para construir esquemas de corresponsabilidad entre las instituciones públicas y la sociedad, como parte de un compromiso común por alcanzar objetivos vinculados al combate del fenómeno.

Esto es un elemento esencial para construir un entorno social apto para asegurar la vigencia de los derechos de las mujeres en nuestro país.

areli.cano09@gmail.com

@OpinionLSR | @lasillarota