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A cuatro años de la reforma en materia de derechos humanos

A cuatro años de haber sido aprobada la reforma constitucional no se ha cumplido con el mandato de crear leyes relativas a expulsión de extranjeros y suspensión de garantías.

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Escrito en OPINIÓN el

Como respuesta a la profunda crisis de credibilidad y los cuestionamientos nacionales e internacionales sobre el caso Ayotzinapa en particular y la desaparición forzada en general, el gobierno federal ha centrado su defensa en señalar la instrumentación de un paquete de acciones específicas y nueva legislación para proteger los derechos humanos en México.

 

El discurso del presidente durante el Informe de Actividades 2014 de la CNDH, ejemplifica la forma en que la Presidencia intenta cambiar la narrativa sobre la situación de los derechos humanos en México. En esta lógica, el presidente centró su argumentación en destacar tres cosas:

 

1) El andamiaje institucional que tiene el Estado mexicano para la protección de los derechos humanos, en especial la reforma constitucional de 2011.

 

2) La definición de una política articulada en tres ámbitos: La difusión de cultura social de conocimiento y de respeto a los derechos humanos, prevención a la violación de derechos humanos y protección de los derechos de las personas.

 

3) Un conjunto de medidas adicionales anunciadas el 27 de noviembre de 2014:  Iniciativas para crear leyes generales sobre tortura y desaparición forzada; renovación de los protocolos y procedimientos para sancionar casos de tortura, desaparición forzada y ejecución extrajudicial; adopción de mejores prácticas internacionales para las investigaciones relacionadas con violaciones a los derechos humanos; hacer efectivo el derecho a la justicia y a la reparación integral del daño a las víctimas; la creación de un Sistema Nacional de Búsqueda de Personas No Localizadas y de una Base Nacional de Datos Genéticos y el diseño de un Sistema Nacional de Evaluación en la materia.

 

Todas estas medidas pueden ser sumamente relevantes para garantizar el respeto a los derechos humanos en nuestro país. Todo depende de la calidad de las leyes aprobadas, de garantizar su cumplimiento también en los estados y de vincular a política gubernamental con transparencia, rendición de cuentas y evaluación periódica.

 

Los discursos gubernamentales sobre derechos humanos suelen ir acompañados de un reconocimiento y la celebración de la reforma constitucional de 2011. En palabras del Presidente: “La reforma constitucional de 2011 representó, por sí misma, un nuevo paradigma en la materia, a partir del cual todas las autoridades tenemos la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos”.

 

Lo que no deja de llamar la atención es que los aplausos y loas a la reforma y la presentación de nuevas medidas para proteger los derechos humanos, no necesariamente va acompañado de una decisión de cumplir los mandatos que establecen sus artículos transitorios. La reforma establece que su implementación requiere crear:

 

1) Ley que reglamente la reparación del daño en los términos establecidos en el tercer párrafo del artículo 1o. constitucional.

 

2) Ley reglamentaria al artículo 11 constitucional sobre asilo.

 

3) Ley reglamentaria del artículo 29 constitucional en materia sobre suspensión del ejercicio de los derechos y las garantías.

 

4) Ley reglamentaria del artículo 33 constitucional sobre expulsión de extranjeros.

 

5) Reformas en los estados relacionadas con la autonomía de los organismos locales de derechos humanos.

 

6) Adecuación de la Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

 

Reformas todas que tendrían que haberse realizado un año después de la entrada en vigor de la reforma constitucional en junio de 2011. ¿Cuál ha sido el grado de avance?

 

Desconozco el grado de cumplimiento de los mandatos correspondientes a las entidades federativas, mientras que a nivel federal el 30 de octubre de 2010 se publicaron reformas a la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político y en junio de 2012 se adecuó la Ley de la CNDH a sus nuevos mandatos.

 

A cuatro años de haber sido aprobada la reforma constitucional no se ha cumplido con el mandato de crear leyes relativas a expulsión de extranjeros y suspensión de garantías y se creó la Ley General de Atención a Víctimas como forma heterodoxa de atender la reparación del daño en los términos del artículo primero. 

 

Basta con releer el tercer párrafo del artículo primero para entender el alcance y consecuencia de sus mandatos:

 

“Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.

 

En otras palabras la protección de los derechos humanos involucra a todas las autoridades del país y el Estado mexicano tiene la obligación de sancionar a quienes violen o sean omisos ante las violaciones a los derechos humanos, pero también es responsable de  garantizar la reparación del daño.  

 

A cuatro años de que entró en vigor la reforma en materia de derechos humanos, una de las reformas constitucionales más importantes de nuestra historia, es discutible que los derechos humanos de los mexicanos están mejor protegidos.

 

En medio de la discusión sobre nuevos paquetes de reformas legales, sería necesario primero evaluar objetivamente los grados en que se han cumplido los mandatos de la reforma de 2011, analizar la forma en que las autoridades han utilizado los instrumentos institucionales existentes para sancionar y reparar violaciones a los derechos humanos y a partir de ello, desarrollar una agenda de reformas orientada a garantizar mecanismos efectivos prevenir, sancionar y reparar, pero también para desincentivar las omisiones de las autoridades del Estado.

 

@ja_leclercq