FELICIDAD

La felicidad también es un asunto público

En México se han propuesto iniciativas de modificación constitucional para reconocer los derechos a la felicidad y al bienestar. | Viridiana Camacho*

Escrito en OPINIÓN el

En los últimos años la felicidad ha sido un tema estudiado por psicólogos y biólogos; no obstante, desde hace siglos, filósofos, profetas, sacerdotes y poetas han abordado el asunto. En términos generales la felicidad se define como bienestar, y se ha llegado a la conclusión de que además del componente económico, los factores sociales, éticos y espirituales tienen un impacto muy importante en nuestra felicidad. La felicidad ha sido también una cuestión retomada como una preocupación importante por parte de los gobiernos a lo largo del tiempo. Ya Aristóteles apuntaba que los seres humanos tenemos un instinto natural de agruparnos con el objetivo de tener una vida mejor y participar de la felicidad, tanto en lo particular como en lo común. 

En el orden existente, antes del Estado, conocido como el periodo de gobierno de Antiguo Régimen, se planteó la existencia de un orden conformado por cuerpos —definidos así a partir de la idea del cuerpo de cristo— orientados al “bien común”. El cuerpo, por excelencia la familia, y la reunión de familias constituyó la comunidad política. En la esfera privada el padre de familia era el encargado del “buen gobierno de la casa”, dicho modelo de gobierno familiar o doméstico se trasladó a la esfera pública orientado a resguardar el “bien público” que consistía en todas las ventajas que representaba la vida en sociedad a través de la consecución de los llamados bienes del alma, del cuerpo y de la fortuna, que no era otra cosa que procurar las buenas costumbres, la higiene, la salubridad, el abasto de los alimentos, el buen tránsito de los caminos, el mejoramiento y ornato de las ciudades, así como el fomento de la industria, la agricultura, el comercio y las artes. 

Durante el siglo XVIII, con el movimiento de la Ilustración, además de la búsqueda de la luz mediante el conocimiento también se replanteó el tema de la felicidad y se estableció como un derecho, en la Declaración de Independencia de los Estados Unidos de 1776 y en la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. Por su parte, en el Imperio español se implementaron una serie de reformas orientadas a conseguir el “buen orden y felicidad” y fue en la Constitución de Cádiz de 1812 que quedó establecido que “el objeto del gobierno es la felicidad”. 

La preocupación por la felicidad como un derecho y como deber de los Estados fue retomada en las constituciones de países como Perú, Corea del Sur, Japón, Argentina, Chile, Ecuador y Brasil. Sin embargo, en México la felicidad no aparece garantizada como un derecho en la Constitución de 1824, 1857 ni en la de 1917, aunque sí se hizo referencia al asunto de la felicidad durante la lucha por la independencia y la construcción de la nación mexicana. En la Constitución de Apatzingán de 1814 se habló de “la felicidad del pueblo”, en el Plan de Iguala de 1821 se determinó formar un ejército protector de las “bases tan fundamentales de la felicidad”, y en el Plan de Casamata de 1823 se convocó a formar nuevas Cortes en favor de la “felicidad” de la patria. En cambio, lo que se puede ver en las diferentes constituciones de México es la preocupación por promover la ilustración o educación pública, la prosperidad general, la apertura y mejora de caminos y canales, la habilitación de puertos y el arreglo del comercio, esto encaminado a resguardar el “bien común” del modelo de gobierno de tipo doméstico y enfocado al bienestar general.

Ilustración 1. Imagen extraída de https://www.senado.gob.mx/65/gaceta_del_senado/documento/123985#

En nuestros días el presidente de México, Andrés Manuel López Obrador, se ha manifestado a favor de una política del bienestar” y “la felicidad del pueblo”, y ha propuesto la creación de un índice alternativo al PIB con nuevos parámetros que incluyan justamente el bienestar y la felicidad. Asimismo, se han propuesto iniciativas de modificación constitucional para reconocer los derechos a la felicidad y al bienestar. En el 2018 la iniciativa fue presentada por el diputado Fernando Luis Manzanilla Prieto, por el extinto Partido Encuentro Solidario (PES) y en el 2022 por la senadora Geovanna del Carmen Bañuelos de la Torre, por el partido del Trabajo (PT); no obstante, esta última propuesta, a poco más de un año de haberse presentado ante el Congreso, se encuentra como un asunto pendiente más. Esperamos que la felicidad con relación al bienestar, “bien común” o “bien público” no sea un asunto que permanezca pendiente, como lo está en materia constitucional, y se garanticé la felicidad y el bienestar de la sociedad mexicana en función del desarrollo económico y la erradicación de la pobreza, se propicie la igualdad, seguridad y justicia que tanto necesita nuestro país.

*Viridiana Camacho

Doctora en Historia Moderna y Contemporánea por el Instituto Mora, maestra en Historia de México por el Instituto de Investigaciones Históricas y licenciada en Historia por la Facultad de Historia, ambas de la UMSNH. Especialista en historia jurídica con enfoque en los pueblos indígenas. Con una estancia en el programa de Doctorado en Historia en el Centro de Estudios Históricos del COLMEX, y ha colaborado con el Archivo y Museo Histórico del Poder Judicial de Michoacán (AMHPJM).