CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

Parlamento abierto y derechos humanos

Con la finalidad de discutir el contenido de la iniciativa de Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación, se han realizado dos foros en Parlamento Abierto. | Fausta Gantús*

Escrito en OPINIÓN el

A la fecha de esta publicación, con la finalidad de discutir el contenido de la polémica iniciativa de Ley General en materia de Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación (LGHCTI) presentada por el poder ejecutivo, se han realizado bajo el esquema de Parlamento Abierto dos foros convocados por la Cámara de diputados y diputadas. El primero tuvo lugar el 29 de marzo, con la finalidad de debatir sobre “El derecho humano a gozar de los beneficios del desarrollo de la ciencia y la innovación tecnológica”. Sobre eso trataré.

La discusión y votación de la LGHCTI es un asunto de primera importancia pues a partir de ella se orientará y se regirá la política pública en esas materias en todo el territorio nacional al menos en los próximos 30 años, porque las leyes son y deben ser de largo aliento. Por eso es fundamental pensar, debatir y establecer el contenido de cada artículo conscientes de que en ello estamos apostando el presente y el futuro de la nación. La discusión y votación de una ley debe ser una cuestión de política, no de poder.

Dar el sí o el no a la iniciativa de ley no se reduce a una pulsada de fuerza entre los poderes del Estado que la promueven y quienes tenemos una actitud crítica, que no de oposición sistemática, frente a ella. Tampoco se reduce, aunque haya quienes lo quieran enfocar desde esa perspectiva, a un enfrentamiento entre quienes ejercen esos poderes y un importante sector de la comunidad científica y académica de todo el país que hemos solicitado una revisión a fondo y la reelaboración necesaria de la iniciativa de ley. No, no se trata de eso, se trata de que somos quienes conocemos de la investigación científica, tecnológica y humanística del país porque hemos sido y somos las y los responsables de hacerla y nuestras y nuestros representantes en el poder legislativo quienes la aprobarán o no; por eso esos diálogos son imprescindibles.

La decisión que tomen legisladoras y legisladores nos afectará a todas y todos de manera sustancial porque una ley no es simple retórica, las leyes son los cimientos sobre los que se levanta la vida en sociedad, son las que permiten vivir en un Estado de derecho. Contar con leyes justas, que beneficien al conjunto de la sociedad y fomenten su bienestar es un derecho humano fundamental. Lo que la iniciativa que estamos discutiendo hace es ampliar en el discurso, pero reducir en la práctica el derecho humano que dice garantizar. El título primero, “Del derecho humano a la ciencia como fundamento de la política pública”, en su artículo quinto define varios de los términos y conceptos para efectos de la misma ley, pero curiosamente, no define ni ahí ni a lo largo del título primero qué son y qué se entiende por derechos humanos. Recordémoslo, los derechos humanos, señala la Organización de las Naciones Unidas (ONU), son los que tenemos básicamente por existir y son inherentes a cada uno y a cada una; el primero de ellos es el derecho mismo a la vida y contempla igualmente los derechos a la alimentación, a la salud, a la educación, al trabajo y a la libertad. Estos derechos están basados en seis principios, esto es, son universales, inalienables, indivisibles, interdependientes, equitativos y no discriminatorios. 

Ahora bien, en cuanto a los “derechos y obligaciones” de los Estados para garantizar los derechos humanos, la ONU establece tres criterios básicos: respetarlos, protegerlos y cumplirlos. En la iniciativa de ley hay contradicciones fundamentales con los tres criterios, lo que invalida su supuesto propósito humanístico. Primero, se establece que para “respetar” esos derechos el Estado debe “abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos”, en la ley la intervención e injerencia del Estado es una constante, es más, a través de los secretarios de Estado la rige y regula. Segundo, debe proteger “a las personas y a los grupos contra las violaciones” de sus derechos y en esta ley se afectan los derechos de un sector de la población en cuanto discrimina entre personal del sector público y del privado. Tercero, incumple con su obligación pues no sólo no adoptan las “medidas positivas para facilitar el disfrute básico” de ellos, sino que en algunos casos los restringe, como en el de la libertad académica y de investigación. Algo más hay que dejar anotado y es que en esta iniciativa de ley se confunden los derechos humanos con la utilidad pública. En tal sentido, los artículos segundo y tercero de la ley deben ser revisados y modificados. 

Ojalá, lo deseo sinceramente, que el parlamento abierto sea el espacio para que se escuche la voz de la ciudadanía y se atienda. De lo que se trata es de establecer un diálogo comprometido y que de ahí surjan las reflexiones para generar un marco normativo que favorezca al conjunto de la sociedad. Las comunidades científica y académica tenemos la voluntad de trabajar con nuestras y nuestros representantes y eso hemos procurado.

*Fausta Gantús

Escritora. Profesora e Investigadora del Instituto Mora (CONACYT). Especialista en historia política, electoral, de la prensa y de las imágenes en Ciudad de México y en Campeche. Autora del libro “Caricatura y poder político. Crítica, censura y represión en la Ciudad de México, 1867-1888”. Coautora de “La toma de las calles. Movilización social frente a la campaña presidencial. Ciudad de México, 1892”. Ha coordinado trabajos sobre prensa, varias obras sobre las elecciones en el México del siglo XIX y de cuestiones políticas siendo el más reciente el libro “El miedo, la más política de las pasiones”. En lo que toca a la creación literaria es autora de “Herencias. Habitar la mirada/Miradas habitadas” (2020) y más recientemente del poemario “Dos Tiempos” (2022).