VIOLENCIA

Violencia digital y mediática contra las mujeres

Los medios deben ser referentes en la construcción social eliminando estereotipos que vulneran a las mujeres. | Ingrid Schemelensky

Escrito en OPINIÓN el

La Asamblea General de Naciones Unidas en 1999 determinó un 25 de noviembre como fecha para instituir el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, cuyo objetivo es que tengamos la visibilidad jurídica y práctica para lograr una igualdad de derechos que nos den las oportunidades que merecemos de lo cual nuestro género ha luchado incansablemente.

Para ello, es impostergable abatir dicha violencia que, de acuerdo con la Organización de Naciones Unidas (ONU) constituye un importante obstáculo no solo para lograr la igualdad, sino la paz y el desarrollo plena de las sociedades alrededor del mundo.  En nuestro país, el INEGI, a través de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021, estimó que alrededor de un 70.1% de las mujeres de 15 años y más han experimentado, al menos una vez en su vida, alguna situación de violencia tales como la psicológica, la económica, la física, de discriminación, patrimonial, entre otras.

Asimismo, un rubro que ha cobrado relevancia con la aparición del uso de la tecnología es la violencia digital y mediática; la primera concebida como cualquier acto perpetrado en medios informáticos que busca agredir, violentar o exhibir la intimidad de una persona; por su parte, la violencia mediática se establece a través de la publicación o difusión de mensajes o imágenes estereotipadas a través de cualquier medio de comunicación que discrimine, violente o denigre a una mujer.

Bajo este contexto y de acuerdo con datos del INEGI a través del Módulo sobre Ciberacoso de 2021 muestran que del 21.7% de la población usuaria de internet vivió alguna situación de acoso cibernético, lo que fue equiparable, en ese año, a más de 17.7 millones de personas de 12 años y más que usaron internet en cualquier dispositivo electrónico.  De este universo, destaca que el 22.8% fueron mujeres por un 220.6% de los hombres.

Para el caso particular del Estado de México, en 2021 se tuvo una prevalencia de ciberacoso en un 20.8% ubicándola en una tasa media respecto al resto de las entidades federativas.  Cabe destacar que los Estados con menor prevalencia de ciberacoso hacia las mujeres fueron Quintana Roo, Nuevo León y la Ciudad de México con 16.1%, 17.8% y 18.7%, respectivamente.

Ahora bien, respecto a la violencia mediática los estudios son muy pocos, pero su impacto es mayor al tratarse del poder de difusión ante la población al que pueden llegar los medios de comunicación. Por ello, los medios deben ser referentes en la construcción social dejando de lado el posicionamiento de estereotipos que vulneran a las mujeres.

Afortunadamente y ante un reclamo social el término de “violencia digital” en todas sus expresiones fue incorporado a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia con el objetivo de erradicar este fenómeno de desigualdad social. En el mismo sentido, fue reformado el Código Penal en el que fue tipificado el delito a la intimidad sexual con el fin de evitar chantajes, extorsiones, amenazas, maltratos, entre otras modalidades que han experimentado principalmente las mujeres.

Además, hay que agregar a esta normativa las disposiciones a reglamentos internos y a una serie de Protocolos que las instituciones del Estado mexicano han edificado con el objetivo de terminar con este tipo de violencia.

En una sociedad como la nuestra que se desenvuelve en un sistema democrático bajo un Estado de Derecho no debe tener cabida la violencia contra las mujeres en razón de género porque ello atenta contra la igualdad que debe prevalecer en una sociedad, va en contra de razones de justicia, de equidad y, sobre todo, es una afrenta contra nuestros derechos humanos consagrados tanto en la Constitución como en diversas legislaciones.