IFT

La estricta aplicación de la ley en las resoluciones del IFT

La integración sólida y robusta de los expedientes, así como sus resoluciones deben ser en estricto apego a derecho. | Arturo Robles

Escrito en OPINIÓN el

El 2023 impone grandes retos al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT): asegurar que los operadores cuenten con espectro radioeléctrico suficiente y accesible para cubrir la creciente demanda; emitir lineamientos y disposiciones técnicas para que la provisión de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión sea de calidad, en beneficio de los usuarios y las audiencias; ampliar la cobertura y eliminar las barreras al despliegue de infraestructura; contribuir con las labores de alertas y reacción ante emergencias para la población y,  desde luego, seguir generando condiciones de competencia a través de la revisión de la regulación asimétrica a los Agentes Económicos Preponderantes.

En estos y otros proyectos trabaja el órgano regulador de los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión. Sin embargo, no podemos dejar de lado que en los últimos días el Instituto ha sido cuestionado por un par de resoluciones adoptadas por el Pleno.

Me refiero a los casos de AT&T, empresa a la que el Instituto multó por casi 4 millones de pesos por no proporcionar en tiempo y forma información a las autoridades de justicia; así como la supuesta “condonación” a Teléfonos de México (Telmex) por no cumplir con la regulación asimétrica que se le impuso a este Agente Económico Preponderante.

Antes de abordar ambos asuntos, quiero destacar que como regulador de las empresas que proveen servicios de telecomunicaciones y radiodifusión, el IFT está obligado y comprometido a cumplir con la ley y actuar con estricto apego a derecho, sin ningún tipo de sesgo, ni presiones de agentes económicos o políticos. No puede ser de otra forma ¿Cómo podría exigirse a los regulados que cumplan la ley si el IFT no lo hace a cabalidad? La imparcialidad es el activo ético más importante que tiene cualquier árbitro.

Es también de suma importancia mencionar que las resoluciones emitidas por el Instituto ponen en el centro de sus decisiones a los usuarios y las audiencias del país, tal como fue diseñado el marco legal con la reforma constitucional en materia de telecomunicaciones de 2013. Es decir, cualquier disposición adoptada por el Pleno, además de ceñirse a la ley, considera las afectaciones y el impacto potencial que tendría para los consumidores, dado que regulamos servicios de interés general con un alto valor para todos los mexicanos.

Son precisamente estos criterios los que rigen las decisiones adoptadas por el Pleno, incluidas aquellas por las que ahora se le cuestiona.

En el caso de AT&T, por ejemplo, se tomaron en cuenta precedentes judiciales que establecen las consideraciones necesarias para el establecimiento de multas en este tipo de casos no previstos en Ley y donde, aun y cuando la información fue entregada de manera extemporánea por la empresa, esto no impactó ni obstaculizó los procedimientos que llevaban a cabo las autoridades solicitantes de la información.

El monto puede gustar o no, lo cierto es que en todo momento el IFT actuó sin sesgos, bajo principios técnicos y en cumplimiento a la normatividad.

Otro caso que ha llamado la atención en la opinión pública es el procedimiento administrativo que se inició contra Telmex. Las pruebas, defensas y elementos aportados en el expediente relacionado con este asunto y su acumulado, no permitió al Pleno entrar al análisis de fondo de la conducta finalmente imputada y por esa razón no fue posible imponer una sanción o multa.

Este expediente de más de 10 mil 500 hojas, daba cuenta de presuntos incumplimientos de Telmex a las medidas asimétricas impuestas por el Instituto a la empresa, en la Resolución Bienal de 2017, entre ellas: no poner a disposición, a través del Sistema Electrónico de Gestión, el 60% de la información relacionada con su infraestructura en todo el país (notificada en el acuerdo de inicio el 2 de marzo de 2018), y no cargar a dicho sistema la información relativa a los postes con los que cuenta en un fraccionamiento de Puerto Vallarta, Jalisco (notificada el 12 de abril de 2019).

En enero de 2020, la Unidad de Cumplimiento del Instituto consideró que tanto las conductas como los hechos de ambos asuntos eran idénticos, por lo que determinó acumular ambos expedientes y reformuló las imputaciones originalmente estipuladas por una diversa.

La integración de este expediente acumulado continuó en 2020, 2021 y 2022, tiempo en el cual, entre otras acciones, se admitieron y aceptaron pruebas estadísticas (octubre-diciembre de 2021) y se recibieron dictámenes periciales (junio 2022). El asunto fue resuelto por el Pleno en su sesión del pasado 9 de diciembre.

Del exhaustivo estudio del expediente, pruebas, defensas y demás elementos, se determinó que no era posible analizar el alcance del incumplimiento de la conducta finalmente imputada ni determinar en sus méritos las conductas por las que originalmente se inició la investigación y, en consecuencia, tampoco la imposición de una sanción.

No omito señalar que, desde mi punto de vista, como lo expresé en aquella sesión, de haberse valorado los hechos, la conducta imputada originalmente y las pruebas, antes del acto de acumulación, probablemente se hubiera llegado a conclusiones y efectos similares o iguales a la resolución que se emitió en enero de 2020 cuando por mayoría de votos el instituto impuso una sanción a Teléfonos del Noroeste (Telnor), a la que también se ha hecho referencia en los medios de comunicación.

Esto en ninguna forma significa que se haya indultado o dado un trato privilegiado a dicho agente económico, se dio cumplimiento estricto a la Ley y al Estado de Derecho. Fue por todas estas razones que voté a favor del Proyecto.

El Instituto está convencido de que la integración sólida y robusta de los expedientes, así como sus resoluciones deben ser en estricto apego a derecho y seguirá trabajando en ello. Es el camino para generar certeza jurídica y credibilidad del regulador frente a sus regulados.

Refrendamos nuestro compromiso con la transparencia y la rendición de cuentas. Por ello, como en todos los asuntos que analiza este regulador, los ciudadanos pueden revisar en la página del IFT, la Resolución y la versión estenográfica de las sesiones del Pleno en los que se discutieron los asuntos en comento.

Feliz 2023 a los lectores.