SCJN Y LA PRISIÓN PREVENTIVA OFICIOSA

Que no paguen inocentes ni se castigue la pobreza

No podemos admitir que se llenen las cárceles para supuestamente demostrar que se está combatiendo a la delincuencia. | Agustín Castilla

Escrito en OPINIÓN el

La discusión que se está llevando a cabo en estos días en el pleno de la Suprema Corte de Justicia es de lo más trascendente y compleja. Por un lado habrá de determinarse si la SCJN como tribunal constitucional tiene facultades para inaplicar una norma que se encuentra en la propia Constitución por ser violatoria de los derechos humanos con el consecuente debate respecto a la división de poderes, y también se pone en juego la vigencia de la prisión preventiva oficiosa que el presidente López Obrador considera como uno de los pilares de su estrategia de seguridad, y por tanto ha emprendido una enérgica defensa al grado de reclamar a las y los ministros que ha propuesto, con un mensaje velado, que se deben al proyecto de la 4T.

López Obrador ha sostenido que, de eliminarse la prisión preventiva oficiosa, se abriría la puerta a la liberación de criminales -lo que inevitablemente trae a la mente el caso de Ovidio Guzmán- y también cuestionó que sean los jueces quienes decidan si una persona queda en libertad ya que ello favorecería a quienes tienen dinero o influencia, y borraría al Ministerio Público. Es decir, le preocupa que se corrompan las y los jueces, pero confía en la probidad y profesionalismo de quienes integran las Fiscalías que sin más elementos que una mera denuncia, pueden decidir que alguien pierda su libertad en lo que supuestamente investigan sobre su presunta culpabilidad. Bien lo dijo el ministro Gutiérrez Ortíz Mena, “la verdadera amenaza a la división de poderes no es una Corte que integre un parámetro de control, sino cuando una sola rama priva arbitrariamente a una persona sin el contrapeso de otro poder”.

Me parece que, para intentar centrar el debate, es necesario revisar con objetividad los efectos de la prisión preventiva oficiosa. Es evidente que los resultados en cuanto a la inseguridad y violencia que enfrenta nuestro país han sido prácticamente nulos, como se observa en la información proporcionada por el mismo gobierno federal y se percibe en las calles. Después de casi 4 años de esta administración, los niveles de impunidad se mantienen alrededor del 95%, por lo que habría que preguntarse ¿por qué insistir en medidas que claramente han demostrado su ineficacia y, por el contrario, han generado muchas injusticias sobre todo para las personas más vulnerables?

A la fecha, más de 92 mil personas se encuentran en la cárcel sin que se les haya probado su responsabilidad en el delito por el que se les acusa -en su mayoría robo o narcomenudeo- ni dictado sentencia, aproximadamente el 70% son de escasos recursos, y no es difícil pensar que muchas de esas personas puedan ser inocentes y están pagando una pena anticipada por algo que no cometieron. Con razón, el ministro Zaldívar afirma que se está condenado a la gente “a los infernos que son las cárceles mexicanas y les hacemos perder la esperanza sin que un juez haya valorado si hay elementos que justifiquen que deben estar en prisión mientras se lleva a cabo su proceso”.

Es falso que se pretenda desaparecer la prisión preventiva y con ello dejar libres a los delincuentes, se trata de racionalizar su uso a partir del análisis objetivo de cada caso y aplicando un criterio de proporcionalidad, buscando un equilibrio entre la presunción de inocencia y los derechos de las víctimas. Es importante tener en cuenta que, como lo señaló el ministro Javier Laynez, existen 14 medidas cautelares que se pueden imponer para evitar el riesgo de evasión, obstrucción de la justicia o que represente un peligro para las víctimas o la sociedad y, únicamente en casos excepcionales debe proceder la prisión preventiva. También hay que atender lo sostenido por la ministra Margarita Ríos Farjat en el sentido de que dicha medida “es un instrumento engañoso para medir el éxito de una política pública de seguridad o procuración de justicia, el art 19 debe reinterpretarse a favor de la protección de los derechos humanos de las personas imputadas, lo que no equivale a abrir las puertas de las prisiones, sino a modular la parte perniciosa de su esencia”. No podemos admitir que se llenen las cárceles para supuestamente demostrar que se está combatiendo a la delincuencia. Es una vileza que se castigue la pobreza y paguen inocentes.