SEGURIDAD Y GUARDIA NACIONAL

¿Crisis constitucional?

La confirmación y consolidación normativa del poderío de las fuerzas armadas sobre los mandos civiles. | Ricardo de la Peña

Escrito en OPINIÓN el

En estos días deberá estarse discutiendo y factiblemente aprobando un paquete de reformas a leyes secundarias que permitirá eventualmente el traspaso formal de la Guardia Nacional al ámbito de la Defensa Nacional, lo que contraviene claramente lo establecido en la Constitución sobre el carácter civil de esta guardia. Pero, ¿esta violación a la norma constitucional supone algún tipo de crisis?

La inconsistencia jurídica

Aunque el régimen legal mexicano, como el de casi cualquier nación del mundo, supone la primacía de la Constitución sobre las leyes que de ella emanan, en la práctica ello no es así. De hecho, siguiendo las propias normas establecidas, es posible que se aprueben disposiciones en leyes secundarias que vayan en contra de lo regulado por la Constitución. Si esto ocurre, las disposiciones legales podrán ser revisadas por la Suprema Corte, que no es un tribunal constitucional en sentido estricto. Mientras el máximo órgano jurisdiccional resuelve, las normas que pudieran haber sido aprobadas mantendrán su vigencia, aún y cuando sea obvio que contrarían la Constitución. Y la resolución que tome la Suprema Corte podrá revocar las reformas sí y sólo sí el voto de los ministros en ese sentido alcanza una mayoría calificada. En caso contrario, las leyes seguirán siendo vigentes, aunque estén en fragante contradicción con lo que dicta la Constitución. Así las regulaciones aprobadas desde hace casi tres décadas en México.

No es difícil darse cuenta de que este procedimiento dotaba desde antaño de una fortaleza indebida a los legisladores, buscando preservar su voluntad por encima de una consistencia jurídica idónea. En la realidad, suponía aceptar y acatar reformas deseadas por la mayoría, aunque no contará con capacidad para modificar la Constitución, dejando como única alternativa el recurso a esa herramienta elitista que es el amparo. Al establecer estos criterios quienes lo hicieron y disponían entonces de una condición mayoritaria, no tomaron en cuenta la posibilidad, hoy realizada, de que la mayoría pasara a manos de francos opositores a los proyectos de cambio civilista y liberal, ni que se utilizará el recurso para normar por vía de mientras, que luego se verá si se revierte, como práctica regular propia de una mayoría pragmática y cínica como la que hoy nos gobierna.

El empoderamiento de las armas

El cambio de ubicación de la Guardia Nacional tendrá un escaso impacto en su funcionamiento, dado que de por sí esta corporación funciona bajo un mando castrense. Las reformas además no suponen alteración alguna a las políticas adoptadas en materia de seguridad, con los pobres resultados observados en cuanto a combate a la criminalidad. Así que su relevancia no es operativa ni los cambios normativos supondrá ninguna alteración del sendero tomado en la materia.

Lo importante, entonces, es la confirmación y consolidación normativa del poderío de las fuerzas armadas sobre los mandos civiles. Revertir esa situación será muy complicado, pues demandará el diálogo y concertación con cuerpos armados que han aumentado recientemente su participación en el presupuesto público, su acceso a posiciones de autoridad burocrática y su capacidad de control sobre excedentes que son captados por el Estado mediante impuestos, además del creciente contubernio entre un gobernante específico y las fuerzas armadas, lo que hará difícil que se dé una apertura al retorno a las condiciones pasadas, más limitadas para la presencia de los mandos militares en la administración de los asuntos públicos. En ese hoyo nos encontramos y ahí hemos caído no sólo por el abuso de quienes hoy tienen el poder, sino por la falta de previsión y el oportunismo de quienes los antecedieron.