Que el 13 de abril de 2020 se haya publicado en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se reformaron y adicionaron diversas disposiciones a ocho leyes en materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género (VPMRG) ha derivado en la instrumentación de diversos criterios, lineamientos, protocolos de actuación y acuerdos por parte de diversas instancias que buscan prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar este cáncer que afecta los derechos fundamentales de las mujeres, sobre todo si el objetivo es alcanzar la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres.
Toda esta normativa estableció los criterios que determinan si la violencia política ejercida contra una mujer es en razón de género; define quiénes pueden perpetrar este tipo de violencia por lo que despliega un catálogo de 22 conductas que pueden acreditar la violencia política contra las mujeres en razón de género y faculta a los órganos electorales así como a diversas instituciones del Estado Mexicano para que puedan solicitar a las autoridades competentes medidas de protección para las mujeres víctimas de este tipo de violencia.
En este sentido, los actores fundamentales que deben ser garantes en la procuración y visibilización de los derechos de las mujeres y, por ende, evitar la violencia de género son los partidos políticos quienes tienen la obligación de establecer, en igualdad de circunstancias, la participación de hombres y mujeres en sus órganos internos de dirección y espacios de toma de decisiones; garantizar a las mujeres el ejercicio de sus derechos políticos y electorales en condiciones libres de violencia política, así como sancionar por medio de los mecanismos y procedimientos internos la violencia de género.
De igual manera, los partidos políticos deben elaborar y entregar informes sobre los recursos destinados a la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres, toda vez que una de las medidas para combatir la reproducción de estereotipos de género y otro tipo de violencias en contra de las mujeres es justamente el fortalecimiento de los programas de capacitación con perspectiva de género.
Por otra parte, los partidos tienen la obligación legal de destinar el 3% del financiamiento público ordinario tanto a nivel federal como en las entidades federativas para la capacitación, promoción y desarrollo del liderazgo político de las mujeres. Es así como en el mes de febrero pasado la Cámara de Diputadas y Diputados avaló cambios a las leyes electorales y de partidos políticos para que se destine entre el 3% y el 10% del financiamiento para este fin. Actualmente sólo 11 estados destinan poco más del 5% y existen entidades como Durango, Jalisco y Tamaulipas que no tienen establecida esta obligación en su legislación local. El Dictamen se encuentra en el Senado de la República para sus efectos constitucionales.
Por otra parte, de manera adicional a las obligaciones que tienen establecidas los partidos políticos, el Instituto Nacional Electoral (INE) emitió Lineamientos para dichas instancias tanto nacionales como en su caso, locales, prevengan, atiendan sanciones, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género. A la fecha solo los partidos Movimiento Ciudadano, del Trabajo y de la Revolución Democrático han ajustado sus documentos básicos a los referidos lineamientos.
El pasado 10 de agosto el INE aprobó el financiamiento público para los partidos políticos para 2023 en el que el monto para el liderazgo político de las mujeres por cuanto a capacitación, promoción y desarrollo de su empoderamiento asciende a la cantidad total entre los 7 partidos políticos a $178,080,495.00 pesos.
Bajo este contexto, dos rutas son importantes. Por un lado, el necesario involucramiento y compromiso de los partidos políticos por garantizar los derechos políticos y electorales de las mujeres y, por el otro, una amplia difusión y sensibilización de toda la normativa y esquema en torno a la violencia de género a diversas instancias claves del estado mexicano, así como a invertir estos recursos en cursos, talleres y actividades que estén certificadas y cumplan con los fines legales a los que deben estar destinados.
Sobre este último punto, agradezco a la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales de la Fiscalía General de la República su invitación a participar en el taller de sensibilización en materia de violencia de género, en el marco de los procesos electorales locales para integrantes de los Comités Ejecutivos Nacionales y locales de los partidos políticos.