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Abstenerse

El mecanismo de consulta para la revocación de mandato está diseñado para generar incentivos perversos. | Ricardo de la Peña

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Escrito en OPINIÓN el

Dejando de lado la inexplicada y absurda diferencia en la proporción de respaldos demandados por la ciudadanía para pedir una consulta revocatoria para el Ejecutivo federal y para los locales, que hace claramente inviable la segunda, el ejercicio de consulta de revocación de mandato resulta una figura totalmente ajena a la lógica del sistema establecido para la constitución de los poderes ejecutivos en el país por diversos motivos. Hablemos de ellos.

La lógica de la Consulta

En la metodología adoptada por pacto entre las fuerzas en el gobierno y opositoras, se obliga a los ciudadanos a que, si no hubiera triquiñuelas, de manera mágica los ciudadanos se coordinen para expresar mediante su firma su voluntad de que se convoque a la consulta, sin atender al hecho fundamental de que conforme al marco constitucional vigente son los partidos las entidades de interés público creadas para promover la participación de la ciudadanía en la vida democrática y contribuir a la integración de la representación nacional. Excluir a los legítimos representantes de la ciudadanía de un ejercicio que afecta la integración de la representación nacional es un absurdo que, además, propicia la simulación, mediante la constitución y operación de instancias pretendidamente sociales y no partidarias para realizar una labor de recabar firmas que de suyo no pueden juntar los ciudadanos de manera individual y sin recursos financieros, mientras se impide que los partidos lleven a cabo labores que les son naturalmente propias. Si a ello se suma lo ridículo de que la norma ha decidido callar y castigar todo intento de incidir en la decisión de los ciudadanos en algo que les es propio, lo que se provoca es la aparición de fantasmas recabando firmas, promociones anónimas a votar, desvíos de recursos públicos para la promoción, autoridades que fingen controlar e impedir lo inevitable: que quienes están formalmente impedidos fomenten la concurrencia a la consulta o la rechacen, lo que por cierto es otra forma de intervención menos cuestionada.

La opción abstencionista

La consulta revocatoria es un acto lógicamente anómalo y ajeno a nuestros mecanismos para decidir quién nos gobierna. Lo que hoy se mira como excepción habrá de ser la regla: una parte promoviendo veladamente la continuidad y otra parte llamando a la abstención, pues en este tipo de procesos de “democracia directa” no concurrir cuenta, a diferencia de la inutilidad práctica de la abstención en rutinas electorales convencionales. Es así que el mecanismo de consulta diseñado genera incentivos perversos, donde de un lado no se obtiene nada adicional a lo ya obtenido si se logra que no se revoque el mandato, mientras se premia para la contraparte no sólo el logro de votos activos contra la continuidad del mandatario, sino en claro contraste con una elección normal el éxito en reducir la concurrencia. Sin embargo, el mecanismo no posibilita que de lograrse la revocación se favorezca el ascenso al puesto de un oponente, sino que lo deja en manos de un legislativo cuya composición responderá a respaldos previos al acto de revocación y que resultará en un nombramiento carente de la legitimidad propia de quién alcanzó el cargo con el voto universal de la ciudadanía. Un esquema claramente asimétrico de logros y pérdidas para las partes. Es por ello que, si lo que se quiere es que el ciudadano confronte opciones y decida si da continuidad al mandato del gobernante, sería mejor que se estableciera un sistema de elección cada cuatro años, donde compitan todos los posibles interesados en igualdad de circunstancias, permitiendo desde luego la elección consecutiva por una ocasión del Presidente en funciones. Eso sí sería un ejercicio democrático acorde con nuestra legislación y que premiaría el logro de respaldos expresos y no una lógica más cercana a la estrategia de cancelaciones. Lo demás son chipotes que ensucian nuestro sistema electoral.