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El covid-19 reconocido como riesgo profesional: mentira

Reconocer el contagio del virus SARS-CoV2 como enfermedad profesional, es toda una mentira, es un engaño oprobioso, inadmisible. | Manuel Fuentes

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Escrito en OPINIÓN el

A regañadientes, muy a la fuerza, se publicó el pasado 08 de enero en el Diario Oficial de la Federación el acuerdo con intención (¿mentirosa?) de reconocer por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) el contagio del virus SARS-CoV2 como enfermedad de trabajo.

A pesar de que el Consejo Técnico del IMSS (órgano constituido de manera tripartita por gobierno, patrones y trabajadores) en sesión celebrada el 15 de diciembre de 2020 dictó un acuerdo (muy rebuscado) sobre el contagio de covid-19 como enfermedad profesional, tuvieron que pasar 24 días para ser publicado.

¿Por qué tanto retraso en la publicación de este acuerdo a pesar de los miles de contagios y muertes que han sufrido trabajadores afiliados al IMSS en los últimos 10 meses?

El acuerdo del Consejo Técnico del IMSS parece que fue redactado con la intención de no cumplirlo. Seguro usaron de esos estilógrafos de dibujo especiales para hacer círculos y diagonales, dar vueltas en poco espacio, y evitar así reconocer en forma directa el contagio del covid-19 como riesgo profesional.

Al Consejo Técnico del IMSS se le ocurrió inaugurar un nuevo término: “La dictaminación proactiva” término no previsto en ninguna legislación. No implementan un tiempo preciso de inicio, mandándolo al espacio sideral hasta que concluya ¡la pesadilla de la pandemia! Después, los sobrevivientes tendrán que padecer promesas de reconocimiento de derechos que nunca llegarán.

El texto dice:

“La estrategia deberá realizarse hasta que concluya la emergencia sanitaria declarada por el Consejo de Salubridad General, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de marzo de 2020”

El término de Dictaminación Proactiva no dice en qué consiste y se condiciona su operación en dos factores:

1) En un programa de capacitación para el personal médico.

2) En la expedición de Lineamientos de Detección de Riesgo de Trabajo por covid-19.

El programa de capacitación tampoco tiene fecha de inicio ni presupuesto para su operación, ¿iniciará este sexenio o será de los proyectos sexenales no cumplidos?

Los Lineamientos de Detección de Riesgo de Trabajo por COVID-19 no están publicados y nadie sabe qué grupo de “expertos” está trabajando en él. Ojalá no los provean los que tienen bolígrafos (que solo delinean círculos y no dicen nada) y hacen uso excesivo de la goma (con la que borran derechos de los trabajadores afectados por este mal pandémico).

Mientras el acuerdo publicado por el Consejo Técnico del IMSS los llenó de aplausos por tan grande aportación a la Nación (¿?) y se evitó voltear a ver a los legisladores tan ocupados en su reelección, se le recriminó a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social no haber reconocido al covid-19 como riesgo de trabajo, quien les aclaró que el artículo 513 de la Ley Federal del Trabajo en su numeral 136 ya reconoce la virosis como enfermedad profesional. 

Lo que no se aclara es que faltan mecanismos para su reconocimiento.

Aparecieron noticias al día siguiente afirmando que el virus SARS-CoV2 es una enfermedad profesional, sin embargo, la realidad es otra. Como si de manera automática eso ocurriera, sin aclarar todas las trampas y engaños que existe para su reconocimiento.

En la actualidad el IMSS a aquellos trabajadores que se infectan de este virus, y llegan a tener secuelas o incluso mueren, sólo lo reconoce como enfermedad general, ¿ello como impacta en sus derechos?

Los beneficiarios (esposa, concubina, hijos o ascendientes) de los trabajadores que fallecen por ese virus maldito se quedan sin seguridad social y no perciben ningún tipo de pensión. Se quedan desamparados.

Mientras el trabajador está incapacitado por ese virus, sólo se le cubre el 60% de su salario base de cotización y al fallecer, desaparece todo apoyo para sus familiares.

A diferencia de cuando a una persona se le reconoce, por otras causas, una enfermedad profesional, se le otorga un subsidio del 100% de su salario base de cotización y al fallecer, sus beneficiarios tienen derecho a seguir recibiendo servicios médicos y una pensión. Esto únicamente ocurre cuando se declara la incapacidad permanente del asegurado o pensionado.

En la actualidad el IMSS y el ISSSTE, de manera incongruente, desconocen el covid-19 como enfermedad de trabajo a asalariados afiliados que se enfrentan al combate de ese virus.

A médicos, enfermeras, camilleros, laboratoristas, personal de limpieza y de vigilancia, que laboran en hospitales privados, incluso en el ISSSTE a sus propios trabajadores, no se les reconoce ese contagio como riesgo de trabajo. El mismo fenómeno ocurre en los sistemas de seguridad estatales.

Al igual en los servicios llamados esenciales donde los trabajadores están obligados a acudir.  Fallecen y no hay protección para sus beneficiarios.

Lograr que una enfermedad sea reconocida como “de trabajo” es una verdadera odisea.  Es el trabajador quien tiene que demostrar que el contagio lo adquirió en el centro de trabajo o en el traslado de su casa al trabajo o viceversa.

¿Cómo podrá lograrlo el trabajador o sus deudos, y dentro de cuántos años en los que se decide implementar la dictaminación proactiva?

Demostrarlo será imposible, ¿debes tener la prueba en mano de que la persona a tu lado está infectada?, y si es asintomático, ¿cómo lo podrás acreditar? ¿con una prueba de un laboratorio del tiempo (aún no inventado) que analice todos los días, todas las horas y minutos de su entorno? 

Todo esto es indigno, el reconocer el contagio del virus SARS-CoV2 como enfermedad profesional, es toda una mentira, es un engaño oprobioso, inadmisible.