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La violación de la ley como regla

Violan la ley, la fiscalía mexiquense y la PGR

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Escrito en OPINIÓN el

¿Qué tienen en común las filtraciones de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) en torno del homicidio de Adolfo Lagos Espinosa, con el aseguramiento de mil 540 cajas de seguridad, por parte de la Procuraduría General de la República (PGR) en el estado de Quintana Roo?

Que en ambos casos existen flagrantes violaciones a la ley, por parte de servidores públicos.

Las filtraciones de la FGJEM

En el primer caso, la fiscalía mexiquense filtró los retratos y nombres de dos personas del sexo masculino, consideradas como “presuntos asaltantes que viven en San Felipe Teotitlán, municipio de Nopaltepec y son conocidos por formar parte de un grupo que atraca turistas”.

La difusión de sus fotografías y datos personales representa, en primer término, la violación del principio constitucional de presunción de inocencia, pues se presume la responsabilidad de estas personas, sin haberles dado la oportunidad de alegar en su defensa, ya que ni siquiera han sido detenidas.

Asimismo, el hecho viola lo establecido en el Código Nacional de Procedimientos Penales en lo relativo a la difusión de elementos contenidos en la carpeta de investigación, que son “estrictamente resevados” y a los cuales sólo pueden tener acceso las partes involucradas.

De hecho, estas filtraciones son sancionables, pues según el artículo 106 de dicho código: “en ningún caso se podrá hacer referencia o comunicar a terceros no legitimados la información confidencial relativa a los datos personales de los sujetos del procedimiento penal o de cualquier persona relacionada o mencionada en éste”.

En esa misma línea argumental, la difusión de las fotografías de los probables responsables viola sus derechos de la personalidad establecidos en el artículo 7.154 del Código Civil del Estado de México, en tanto que dicha difusión constituye un ataque a su honor y propia imagen, violación que también comparten los medios de comunicación, obligados a preservar la identidad de los imputados, así como a respetar su presunción de inocencia.

El desaseo del procedimiento, por parte de la fiscalía del Estado de México, puede derivar en la probabilidad de que el juez de la causa estime violaciones en el debido proceso, suficientes como para poner en libertad a estas personas, en el supuesto de que resultaran culpables; de allí la importancia de cuidar el detalle de los aspectos procesales.

Las cajas aseguradas por la PGR

El caso de las cajas de seguridad aseguradas por la PGR presenta problemas similares. Se infiere que la investigación está dirigida hacia una persona o grupo de personas en particular y no contra todos los contratantes de dichas cajas con la empresa First National Security.

Supongamos por un momento, que al revisar las cajas de seguridad, la PGR se haya topado con armas de uso exclusivo del ejército o con millones de pesos o con “tarjetas para ser clonadas” —como se ha informado— y que de ello la procuraduría deduzca que dichas cajas de seguridad han sido utilizadas por la delincuencia común u organizada e iniciar investigaciones sobre esos delitos.

El problema radica en que todas estas evidencias, al ser presentadas ante un juez, tendrían que ser desestimadas, en razón de que son pruebas obtenidas de manera ilícita, según lo establece el artículo 264 del Código Nacional de Procedimientos Penales, pues si la PGR hubiera accedido únicamente a las cajas motivo de la investigación inicial, jamás se habría enterado de que las demás contuvieran elementos probatorios de delitos diferentes a los que se encontraba indagando en principio.

“Se considera prueba ilícita cualquier dato o prueba obtenidos con violación de los derechos fundamentales, lo que será motivo de exclusión o nulidad”.

Ello explica, en buena medida, la presión que ha ejercido la PGR contra los quejosos que se han amparado para que se desistan, en razón de que la resolución de dichos juicios exhibiría la arbitrariedad con que ha actuado Alberto Elías Beltrán, que ahora intenta limpiar su imagen, pidiendo disculpas a los propietarios de las cajas aseguradas, acto que de suyo exhibe la ilegalidad con que ha actuado, a sabiendas, la procuraduría.

Las violaciones a la ley por parte de las procuradurías, son los elementos que las debilitan —y no el bullying— como ha querido hacer creer el presidente Enrique Peña Nieto.

En ambos casos se demuestra que el fracaso en la procuración de justicia en México no se debe al sistema penal acusatorio —como lo han señalado algunos gobernantes, entre ellos Miguel Ángel Mancera—, sino al uso reiterado de prácticas violatorias de derechos humanos que derivan en señalamientos de corrupción.

@gomezvives | @OpinionLSR | @lasillarota