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Liliana murió atropellada, juez ordenó pagar daños de camioneta

La juez calificó el patín del diablo de la niña como un vehículo, basó su apreciación en el reglamento de tránsito municipal

Escrito en ESTADOS el

Nuevo León (La Silla Rota).- El 9 de mayo de 2016, Liliana Alejandra de 10 años, que jugaba en su patín del diablo, murió atropellada por una mujer que conducía una camioneta, pero una Juez la declaró culpable y condena a su familia a pagar los daños causados a la Cherokee, el vehículo responsable.

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Lo grave del asunto es que la Juez calificó el patín como un vehículo y basó su apreciación en el reglamento de tránsito municipal hoy homologado en la zona metropolitana.

Desde entonces, Brenda Morales, su madre ha deambulado por dependencias gubernamentales y nadie le ha apoyado: “Sólo pido que la mujer que manejaba Cinthia Maríbel Domínguez, que conducía la camioneta se declare responsable, no pido más, no quiero dinero, sólo eso, mi niña no fue culpable”, declara la madre.

La Jueza Sara Patricia Bazaldúa culpó a mi hija porque dice que iba a exceso de velocidad, que no respeto el reglamento de tránsito y ella chocó a la camioneta”.

La pequeña fue atropellada en Benito Juárez y Genaro Ramírez, de la colonia Arboledas de Oriente en el municipio de Guadalupe.

Sin embargo, el área de Criminalística y Servicios Periciales en su peritaje dijo que la menor tenía desconocimiento del reglamento de tránsito al intentar cruzar la calle, sin tomar en cuenta la preferencia de paso de la conductora.

Liliana usaba su patín del diablo en la calle 

Para Ervey Cuéllar, abogado y presidente de Movimiento Vial Ciudadano, hay una justicia retardada en el caso.

“En un principio es una justicia retardada, es mucho tiempo para un asunto vial, por lo que el procedimiento no es eficiente. Dentro del articulado del reglamento de tránsito el patín del diablo no es considerado vehículo”.

El artículo 11 del Reglamento de Tránsito Homologado determina que se consideran vehículos: bicletas, triciclos, motocicletas, cuatrimotos, automóviles, camionetas, tractores, remolques y cualquier otro de tracción y propulsión humana, mecánica, eléctrica o animal”.

“Si una niña no tenía conocimiento de un reglamento, menos tiene el conocimiento para entender una exposición legal”.

Por otra parte, el Congreso Local aprobó enviar un exhorto a la Asociación Metropolitana de Alcaldes (AMA), para que realicen las modificaciones al artículo 11 del Reglamento Homologado de Tránsito, a fin de que se realice la distinción entre vehículo automotor y uno de propulsión humana..,

La autoridad absuelve a la conductora acusada de homicidio culposo argumentando que existen omisiones en el parte vial y una valoración de la Juez hacia el patín del diablo considerándolo como un vehículo, es preocupante e indignante el papel de una autoridad”, explica el presidente de la Comisión de Justicia, diputado Marcelo Martínez.

La conductora  salió en libertad a los dos días sin ninguna garantía y hace un par de días, Brenda Morales apenas recibió la promesa del procurador de Justicia Bernardo González, de atender el caso.

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