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Así te podrán recetar y vender marihuana medicinal

Con este reglamento se permitirá a las empresas farmacéuticas comenzar a realizar investigaciones médicas sobre productos a base de cannabis

Escrito en NUEVA NORMALIDAD el

La Secretaría de Salud (Ssa) publicó finalmente en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el reglamento de la Ley General de Salud que permite el uso medicinal de la marihuana y sus derivados.

Ahora se permite en México la producción, exportación e importación de cannabis con fines medicinales y de investigación, completando la reforma legal que se mantenía sin efecto desde 2017.

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La regulación firmada por el presidente Andrés Manuel López Obrador, permitirá a las empresas farmacéuticas comenzar a realizar investigaciones médicas sobre productos a base de cannabis.


COFEPRIS DARÁ PERMISOS DE INVESTIGACIÓN Y SIEMBRA


Con la entrada en función del reglamento se establece que los interesados en realizar las investigaciones sobre un uso medicinal de la marihuana deberán obtener ante la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) la autorización del Protocolo de Investigación.

Mientras que en el caso de los permisos de siembra de cannabis para fines de investigación y fabricación de productos terapéuticos y medicinales deberán tramitarse ante el Senasica.


¿CÓMO PODRÁN LOS MÉDICOS RECETAR CANNABIS?


En el caso de la prescripción de medicamentos de cannabis, los profesionales de la salud deberán solicitar una autorización ante la Cofepris y de esa forma obtendrán las claves en un código de barras. Además, deben acreditarse como profesionales en alguna de las ramas que indica el artículo 240 de la Ley General de Salud.

Para recetar los productos derivados de la cannibis se hará mediante recetarios especiales que deberán contener diversos datos, entre estos el folio y clave de expresada en código de barras.

También se establecen los requisitos para obtener permisos de importación de materia prima, así como de medicamentos de cannabis y sus derivados farmacológicos.

El reglamento consta de 80 artículos y entrará en vigor mañana.


SSA TARDÓ EN PUBLICAR REGLAMENTO


Los cuatro largos años que tardó en publicarse el reglamento para la comercialización de la dieron inicio el 27 de junio de 2017, cuando Julio Sánchez y Tépoz, entonces titular de la Cofepris, aseguró que el 16 de diciembre de ese mismo año se abriría la comercialización de productos a base de marihuana, lo que haría posible que en farmacias se vendieran medicamentos de ese tipo.

Ya con un retraso de 10 meses, la Cofepris informó el  30 de octubre de 2018 una serie de lineamientos como elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, comercio, transporte en cualquier forma, suministro, empleo, uso y consumo de la cannabis para el caso de la investigación médico-científica.

En tanto, se permitiría siembra, cultivo y cosecha para fines de uso medicinal. Ambos puntos no llegaron en ningún momento al DOF.

La publicación de este documento de la Ley General de Salud fue elaborada luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenara el pasado 14 de agosto de 2019 a la Secretaría de Salud reglamentar el uso medicinal de la marihuana.

Esta determinación se tomó luego de otorgar un amparo a una persona que requería un medicamento derivado de esta planta para tratar su salud pero no podía acceder al mismo, pues aunque ya se permitía el uso farmacéutico de la marihuana, no existía reglamentación al respecto.

En tanto, se prevé que el Congreso debata este año una ley para despenalizar el uso total de la cannabis.


SE CONGRATULAN POR AVANCE EN DESPENALIZACIÓN DE LA MARIHUANA


Erick Ponce, presidente del Grupo Promotor de la Industria de Cannabis (GPIC) se congratuló de que la Secretaría de Salud, Cofepris, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, Senasica, la Secretaría de Economía, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el SAT,  hayan dado este paso que, en primera instancia, dará certeza y seguridad a los miles de pacientes que han mejorado su calidad de vida con tratamientos que incorporan el cannabis y en segundo lugar, coloca la primera piedra de una industria nueva que se espera, traerá beneficios económicos y de empleo.

Con la publicación de este Reglamento, México se suma a la lista de los países en los que el cannabis dejó de estar penalizado y además se otorga legalidad a las actividades productivas alrededor de la planta. De esta manera, se alinea con sus socios comerciales en América del Norte. Canadá ha legalizado por completo el uso medicinal y adulto, mientras que, en los Estados Unidos, en todos los estados que tienen frontera con México, el cannabis medicinal es legal actualmente.

Por su parte, en América Latina países como Uruguay, Colombia y Perú, han mostrado importantes avances en la producción y comercialización de la planta.

“Sabemos que hay temas que se deberán mejorar y complementar en el futuro para que en la práctica tengamos un marco regulatorio robusto. Un paso inmediato será llevar las necesidades del mercado mexicano ante la Junta Internacional de Fiscalización de Estupefacientes, organismo encargado de establecer los límites de importación de la planta para cada país, subrayó Ponce.”

El dirigente del GPIC agregó: “Nos entusiasma encontrarnos con este anuncio casi al mismo tiempo que inicia el nuevo periodo de sesiones en el Congreso, donde se deberá aprobar una nueva Ley antes de que finalice este año”.

El Grupo Promotor de la Industria de Cannabis continuará impulsando la existencia de un marco regulatorio en México que permita el desarrollo de una industria segura y responsable de la salud de los pacientes y consumidores.


kach