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Van 72 meses y no hay rastro de los 43 normalistas… ni sentencias

Más de 150 personas han sido detenidas por el caso Iguala; mala integración de carpetas y violaciones al debido proceso han dejado en libertad a 54 de ellas

Escrito en NACIÓN el

A seis años de la desaparición de los estudiantes de la Escuela Normal Rural de Ayotzinapa, la justicia en México se niega para los 43 jóvenes. Al cumplirse 72 meses de que fueran vistos con vida por última vez, no hay ningún rastro de los alumnos, no hay sentencias por el caso y la promesa de campaña del ahora presidente Andrés Manuel López Obrador de hacer “justicia” y no “verdades históricas” sigue en espera.

La Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia en el Caso Ayotzinapa, creada el 3 de diciembre de 2018, no ha dado los resultados esperados y los yerros en los tribunales que acumula la Fiscalía General de la República (FGR) apuntan a la liberación de otras personas detenidas por las investigaciones, de acuerdo con documentos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF).

A la fecha, de acuerdo con el seguimiento que ha llevado La Silla Rota sobre el caso, 151 personas han sido detenidas o se entregaron durante el sexenio anterior y la presente administración; sin embargo, la mala integración de los expedientes, así como violaciones al debido proceso, han originado que, por lo menos, 54 de las personas capturadas obtuvieran su libertad.

ayotzi.pdf by La Silla Rota

En las últimas semanas, el caso de José Ángel Casarrubias Salgado “El Mochomo”, evidenció los errores de la fiscalía. El Ministerio Público trató de imputarle los delitos relacionados con la desaparición de los alumnos, sin embargo, las pruebas presentadas fueron echadas abajo por una jueza adscrita al Centro de Justicia Penal Federal en el Altiplano, al determinar que los elementos de prueba presentados ya habían sido descartados por otros jueces en Tamaulipas.

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Otro de ellos es el de Neftalí Pérez de Jesús, un expolicía de Iguala quien obtuvo su libertad el pasado 3 de septiembre luego de que un juez determinara que la FGR no comprobó que tuviera participación en la organización criminal Guerreros Unidos. Fue acusado de delincuencia organizada.

("El Mochomo")


FGR, SIN COMPROBAR EXISTENCIA DE GUERREROS UNIDOS

Los reveses del Ministerio Público de la FGR en los tribunales indican que en las siguientes semanas varios de los implicados obtendrán su libertad a través de la reposición del procedimiento hasta la etapa de instrucción que ordenó un Tribunal Colegiado en Tamaulipas.

Los expedientes del caso consultados por La Silla Rota revelan que, desde el 20 de febrero pasado, la FGR trató de impedir que se desfonden las investigaciones a través de recursos de queja e inconformidad que tramitó contra las sentencias favorables para algunos de los implicados, entre ellos Miguel Ángel Ríos Sánchez, “El Pozol”, Osvaldo Ríos Sánchez, “El Gordo”; David Cruz Hernández, “El Chino” y Abraham Julián Acevedo Popoca, acusados de delincuencia organizada y secuestro.

De acuerdo con el expediente 10/2020 radicado en un Tribunal Colegiado en Tamaulipas, la FGR se inconformó contra la resolución del 26 de septiembre de 2019 en la que se declaraba cumplida la nueva ejecución (reposición del procedimiento).

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En la sentencia que se hizo pública esta semana, los magistrados Artemio Hernández González y Mauricio Fernández de la Mora echaron abajo cada uno de los argumentos presentados por el Ministerio Público, e incluso, recordó a los representantes de la FGR en los juzgados, que a la fecha no han presentado pruebas que comprueben la existencia de la organización Guerreros Unidos y que cometieron un error al tratar de acreditar el delito secuestro y no el de desaparición forzada.

En la sentencia consultada por La Silla Rota, los magistrados le recordaron a la FGR que, para acreditar el ilícito de delincuencia organizada no basta con presentar una “copia certificada” de la existencia del grupo criminal

“Se precisó que, si no se contaba con copia certificada de una sentencia judicial irrevocable, el acreditamiento de la existencia de la organización, debía darse en términos del artículo 40 del mismo ordenamiento, es decir, mediante la prudente valoración de las imputaciones que hagan los diversos participantes en el hecho y demás personas involucradas en la averiguación previa”.

El Tribunal Colegiado también reiteró a la FGR que no es creíble que se tardaran en poner a disposición a cuatro de los detenidos argumentando la “ponchadura de una llanta o que había marchas en la Ciudad de México”.

“Contrario a lo señalado por la parte recurrente –Ministerio Público-, el juez de la causa sí atendió las explicaciones con las que los aprehensores pretendieron justificar su demora (‘ponchadura’ de una llanta, que a los vehículos oficiales se les empezó a calentar el motor, y que había marchas en la Ciudad de México), y las desestimó por insuficientes, y carentes de comprobación alguna. Motivo por el cual resulta infundado el planteamiento hecho valer por la recurrente”.

En otra de las inconformidades presentadas por la FGR, el Tribunal Colegiado resolvió que no existe ningún motivo para que se tardaran tres horas de más en poner a disposición a otro de los detenidos o que uno más presentará golpes que no fueron precisados en el expediente al momento de ser puesto a disposición.

“No es cierto que el juez de la causa hubiera omitido atender el cambio de versiones del declarante en cuestión, sobre el origen de sus lesiones, pues en la resolución con

la que dio cumplimiento a la ejecutoria de amparo, hizo alusión a cada una de dichas versiones, y del mismo modo, realizó un detalle puntual de las lesiones que presentó el declarante”.

En la misma sentencia, los magistrados le recordaron a la FGR que el delito de secuestro debió reclasificarse como desaparición forzada, ya que existían los elementos de prueba suficientes para acreditar el ilícito.

Asimismo, expuso –juez de causa- que, si bien en ambos tipos penales existía una acción común de privación de la libertad, en el caso de la desaparición forzada, había un rasgo característico, que era el ocultamiento de todo lo relacionado con la localización o destino de la víctima; mientras que el secuestro se caracterizaba porque el ocultamiento estaba condicionado a otras acciones, como causar daño a la víctima u obligar a sus familiares a realizar o dejar de realizar un acto que era de interés de los activos”.

COMISIÓN PARA LA VERDAD SÓLO HA LOCALIZADO A CHRISTIAN

A casi dos años de que el 3 de diciembre de 2018 el presidente Andrés Manuel López Obrador anunció la creación de la Comisión para la Verdad y Acceso a la Justicia, luego de que ordenara un Tribunal Colegiado en agosto de 2018, no ha dado los resultados esperados.

A la fecha, las investigaciones por el caso sólo han llevado a localizar los restos de Christian Alfonso Rodríguez Telumbre. El análisis de las partes óseas que llevó a cabo la Universidad de Innsbruck, permitieron identificarlo a través de confrontas de ADN de sus familiares.

Christian Alfonso, quien al momento de la desaparición tenía 19 años, es el tercer estudiante que es identificado a partir de estudios realizados por el Instituto de Genética de la Universidad de Innsbruck, en Viena.

El primero de los alumnos (diciembre de 2014) fue Alexander Mora Venancio (19 años), originario de la comunidad del Pericón, municipio de Tecoanapa. La Universidad determinó su identidad a partir del análisis de un hueso y una muela.


El segundo (septiembre de 2015) fue Jhosivani Guerrero de la Cruz, originario de Tixtla, quien al momento de ser visto con vida por última vez tenía 20 años. Los especialistas analizaron un hueso esfenoide (cráneo) para identificarlo.

En ambos casos, las muestras óseas fueron extraídas de bolsas de color negro localizadas en el basurero de Cocula.

A la fecha, una de las principales exigencias de los padres es la detención de diferentes funcionarios y militares por las irregularidades en el caso. Entre ellos, se encuentra Tomas Zerón de Lucio, ex titular de la Agencia de Investigación Criminal (AIC), quien desde el pasado mes de marzo se desconoce su paradero. Zerón es acusados de los delitos de tortura, desaparición forzada de personas y contra la administración de justicia.

El caso más sólido que mantiene viva la justicia para los alumnos y los padres, es el juicio contra Leodán Fuentes Pineda, vinculado a proceso por el delito de 61 personas, entre ellas alumnos, y víctimas colaterales de los hechos del 26 y 27 de septiembre. Fuentes Pineda es acusado de tratar de asesinar a 31 alumnos, 21 integrantes del equipo de futbol “Avispones”, dos civiles, dos choferes, dos taxistas, una maestra, un periodista y un transportista.

Esta semana le fue notificado la negativa de amparo contra el auto de formal prisión que le fue ratificado el pasado 29 de julio.

(djh)