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Tribunal niega acceso a expediente a responsable de tramo Olivos-Tezonco de L-12

El Tribunal Colegiado de la CDMX determinó que es infundado el recurso de queja que presentó el exfuncionario involucrado en la construcción de la Línea 12

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Un Tribunal Colegiado en la Ciudad de México determinó que es infundado un recurso de queja con el que Juan Carlos Ramos Alvarado, residente de Obra tramo Olivos-Tezonco de la Línea 12 del Metro, buscaba acceder al acuerdo reparatorio por el desplome del Metro el 3 de mayo de 2021, en el que murieron 26 personas.

Al momento del derrumbe Juan Carlos Ramos Alvarado laboraba en el gobierno capitalino, sin embargo, en octubre del año pasado fue separado del cargo.

Juan Carlos Ramos Alvarado es una de las personas incluidas en la carpeta de investigación FICUH/STCMP/UI-3 C/D/00045/05-2021 que inició la Fiscalía General de Justicia en la Ciudad de México (FGJCDMX) por el percance. La separación del cargo de Juan Carlos Ramos Alvarado se presentó día después de que la FGJCDMX anunció que presentaría denuncias penales contra distintas personas que participaron en la construcción de Línea Dorada, entre ellas, Juan Carlos Ramos Alvarado.

La negativa del recurso de queja que presentó Juan Carlos Ramos Alvarado fue solicitada el pasado 29 de diciembre de 2021, de acuerdo con las listas del Consejo de la Judicatura Federal (CJF). En el escrito Juan Carlos Ramos Alvarado se queja de la determinación del Juzgado Décimo Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México que le negó la suspensión que pidió, así como el acceso al expediente donde se incluye el acuerdo reparatorio.

Se tiene recibido el oficio de cuenta mediante el cual la autoridad oficiante remite el diverso oficio con el que el Juzgado Décimo Sexto de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México a su vez envía el escrito de interposición del recurso y expresión de agravios del defensor particular del quejoso Juan Carlos Ramos Alvarado contra el proveído de veintisiete de diciembre del dos mil veintiuno dictado por la titular de dicho juzgado en el incidente de suspensión (…) en el que negó la suspensión provisional solicitada, así como copia certificada del citado expediente

Al analizar el recurso el Tribunal Colegiado de la Ciudad de México determinó que es infundado el recurso de queja que presentó. En la lista de acuerdos se hizo pública la notificación, sin embargo, no explica los motivos de la determinación.

Síntesis: Único. Se declara infundado el recurso de queja de que se trata, de acuerdo a las razones señaladas en el considerando VI, de esta ejecutoria

A siete meses del percance, las autoridades no han avanzado en el caso. Los familiares de las víctimas que perdieron la vida en el accidente, así como las personas que resultaron lesionadas, han mencionado que no se les ha permitido acceder al expediente.

Hasta el momento se tiene programada una audiencia el próximo 7 de marzo, en la que se espera que el Ministerio Público de la CDMX presente imputaciones contra las más de 10 personas señaladas como responsables del derrumbe, entre ellas, el exdirector del Proyecto Metro, Enrique Horcasitas Manjarrez, así como Juan Carlos Ramos Alvarado.

MJP