Magistrados del Tribunal Electoral modificaron sentencia contra TV Azteca por haber emitido 40 spots del segundo informe presidencial de Andrés Manuel López Obrador.
El contexto de la medida es que dichos promocionales se difundieron durante el periodo de elecciones local. La multa que la televisora deberá pagar equivale a mil Unidades de Medida y Actualización (UMAs).
Contrario a lo que determinó el tribunal electoral regional, con relación a sancionar a la televisora (como medida de reparación de daño) para publicar un extracto de esta sentencia en sus redes sociales, los magistrados electorales rechazaron la medida por considerarlo injustificada.
Esto significa que TV Azteca ganó el recurso de revisión para evitar tal medida.
La televisora estaba obligada a publicar un extracto de la sentencia en su sitio oficial de Internet, así como en sus redes sociales, tanto Facebook como Twitter.
Fue en esta parte que Azteca se inconformó y la Sala Superior del TEPJF decidió que no hubo justificación para ejercer dicha medida de reparación integral.
(Luis Ramos)