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¿Sí te pueden multar por pedir Uber o Didi en el aeropuerto?

El AICM colocó un anuncio de advertencia a conductores particulares que dan servicio de traslado a terceros vía aplicación, como Uber, Didi o Cabify

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El Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) colocó un anuncio de advertencia a conductores particulares que dan servicio de traslado a terceros vía aplicación, como Uber, Didi o Cabify, de la prohibición de cargar pasaje en las áreas de arribos de vuelos nacionales so pena de multas de hasta 43 mil pesos.

La periodista Lourdes Mendoza reportó que en el aeropuerto se pueden encontrar carteles que está prohibido prestar el servicio o abordaje de pasajeros en taxis de plataforma digital.



Incluso, policías capitalinos montaron un operativo en las dos terminales del #AICM, para evitar que taxistas de aplicaciones como Uber o DiDi recojan pasajeros en la zona.



La advertencia también va dirigida a personas que solicite y utilicen servicios tipo taxi desde la aplicación.

De acuerdo con el reglamento, los únicos servicios autorizados para dar servicio a pasajeros en la terminal aérea son los taxis de sitio que cuentan con módulos establecidos al interior de la terminal aérea.

USUARIOS SON LIBRES DE ELEGIR EL SERVICIO QUE LES CONVENGA: UBER

La plataforma Uber aseguró que los usuarios de los diferentes aeropuertos, como el AICM, tienen derecho a elegir el tipo de movilidad que más les convenga y prefieran dentro de todo el ecosistema de opciones existentes.

"Desde nuestra llegada a México, hemos sido un aliado de las ciudades al contribuir con la movilidad de miles de habitantes y visitantes. Reiteramos nuestro ánimo de contribuir y trabajar con el Gobierno de México a través de soluciones tecnológicas a favor de la libertad y acceso a la movilidad de las personas, y sobre todo, de la recuperación y reactivación económica y turística del país.”

¿QUÉ DICE EL AICM?

Aeropuerto capitalino no ha emitido un comunicado oficial sobre la medida, este ha usado sus redes sociales para pedir a los usuarios usar únicamente «taxis autorizados» que salen de la terminal.

Mediante un clip menciona que esta medida se debe tomar por la seguridad de los usuarios.

¿QUÉ DICE LA LEY?

La Comisión Federal de Competencia (Cofece) explica que en los aeropuertos en México opera un modelo de acceso restringido para el transporte de pasajeros.

El permiso para prestar ese servicio tienen que ser expedido por la ahora Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT). Además, se tiene que firmar un contrato con los administradores de la terminal aérea en cuestión “en el cual se establecen los pagos y contraprestaciones por estos servicios”.

La Cofece informa que los requisitos para obtener este aval son:


  • Contar con un permiso federal otorgado de manera individual por la SICT
  • Obtener la autorización del aeropuerto para operar dentro de la terminal aérea y el estacionamiento, considerados por ley como zona federal.
  • La autorización es dada solo si cada permisionario:
  • Firma un contrato individual de derecho de acceso a dicha zona
  • Pertenece a una agrupación de taxistas o sitio
  • Dicha agrupación tiene un contrato moral con el aeropuerto