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Sentencia sobre derecho de réplica podría limitar libertad de prensa: SIP

Suprema Corte de Justicia de México decidirá si elimina requisitos de información inexacta o falsa en derecho de réplica

Escrito en NACIÓN el

MIAMI.- La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) expresó este miércoles su alerta por la posibilidad de que la Suprema Corte de Justicia en México apruebe una propuesta de sentencia que puede atraer una mayor debilidad al ejercicio de la libertad de expresión en ese país.

 

Un proyecto de fallo presentado por el ministro Alberto Pérez Dayán, propone avalar un reclamo de inconstitucionalidad de partidos políticos que suprimiría de la Ley de Derecho de Réplica la exigencia de la inexactitud o falsedad de la información para que un "agraviado" pueda pedir una rectificación al medio respectivo. De ser aprobada, se eliminaría del Art. 3 de la ley la frase sobre los requisitos de información inexacta o falsa para hacer valer el derecho de réplica, lo que permitiría a cualquier persona sentirse agraviada y demandar al medio o a sus autores, aun cuando la información sea verídica.

 

La SIP advirtió que este modelo de precepto legal, que permite emprender acciones contra medios y periodistas por hechos diversos, sean o no verdaderos, ha dado lugar a innumerables abusos en América Latina. En el caso de México supondría una regresión clara en los estándares en materia de libertad de expresión y de prensa. La institución lamentó que en esta deliberación del alto tribunal no se hayan consultado juristas expertos, medios de comunicación, académicos u otros sectores interesados.

 

La propuesta de sentencia del ministro Pérez Dayán será votada el 7 de noviembre en el pleno de la Corte mexicana, integrada por 11 magistrados supremos.

 

El presidente de la SIP, Matt Sanders, expresó su preocupación debido a que una acción de esta naturaleza "complicaría aún más el ya deteriorado ambiente en el que los periodistas y medios mexicanos deben realizar su labor, de indudable impacto social".

 

Sanders, director senior y gerente general de Deseret Digital Media, de Salt Lake City, Utah, advirtió que una modificación legal de esta naturaleza, "podría cobrar el carácter de censura previa mediante una ola de demandas que presentarían funcionarios y dirigentes políticos que suelen sentirse agraviados por todo tipo de información, lo que desalentaría la labor de escrutinio público de la prensa sobre los personajes públicos; cuya consecuencia iría en detrimento del derecho del público a la información".

 

Roberto Rock, presidente de la Comisión de Libertad de Prensa e Información, director de La Silla Rota, de México, agregó que "el recurso aceptado por la Corte es más preocupante porque se origina por promoción de partidos políticos, lo que permite asumir que se busca bloquear investigaciones o señalamientos periodísticos que resultan esenciales para que la ciudadanía conozca a los actores y candidatos y tome decisiones informadas, especialmente en épocas electorales".

 

Para estos casos, la SIP suele recordar su Carta de Aspiraciones, un documento que se desprende de la Declaración de Chapultepec, estableciendo principios orientadores de ética profesional. Respecto al derecho de réplica, indica que "la prensa debe difundir las opiniones que expresen discrepancias con los puntos de vista de un periodista o de una empresa editorial... siempre que se ajusten a los mismos criterios aplicados a otras noticias: interés público y exactitud".

 

Checa aquí el comunicado íntegro

 

lrc