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Senado avala reforma que concreta prisión preventiva oficiosa

Los senadores avalaron la reforma a nueve ordenamientos legales para armonizar la ampliación de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa

Escrito en NACIÓN el

El pleno del Senado de la República avaló, en lo general, con 56 votos a favor, 25 en contra y 7 abstenciones, la reforma a nueve ordenamientos legales para armonizar la ampliación de delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, vigente en la Constitución desde 2019.

En contra estuvieron las fracciones del PAN, PRI y MC, quienes aseguraron que la reforma aumenta la población penitenciaria en México y lejos de solucionar el problema de la delincuencia, promueve una figura violatoria de derechos humanos.

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Los senadores Juan Zepeda (MC) y Claudia Edith Anaya (PRI), retomaron el discurso de organizaciones civiles como México Evalúa y Equis Justicia para Mujeres sobre que la medida precautoria mantiene a cerca del 50% de mujeres en prisión sin recibir sentencia, y que tan solo en el primer semestre de 2020, la cifra aumentó 10%. 

Por parte de la bancada de Morena, el senador Salomón Jara aseguró que la prisión preventiva oficiosa “es un mal necesario”, ante la realidad de delincuencia e inseguridad “que heredaron gobiernos anteriores”, y para “dar respuesta a la ciudadanía”. 

El dictamen para armonizar las leyes secundarias con la reforma al artículo 19 constitucional se aprobó este miércoles, y amplía, en el artículo 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales, el catálogo de delitos que ameriten la medida cautelar.

Los delitos agregados son los de la reforma constitucional de abril de 2019: delitos sexuales contra menores, corrupción, robo de hidrocarburos, feminicidio, uso político de programas sociales, robo a casa habitación y robo a transporte de carga.

El agregado al Código Nacional de Procedimiento Penales incluye la posibilidad de no aplicar la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa o cambiarla “cuando exista voluntad de las partes para celebrar un acuerdo reparatorio de cumplimiento inmediato”, conocido como Mecanismo Alternativo de Solución de Controversias.

Prisión preventiva oficiosa merma impartición de justicia: UNODC

La aprobación en el Senado de reformas a nueve leyes para ampliar los delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa representa una merma en la impartición de justicia en México y aumenta la población carcelaria, según advirtió la Oficina de Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC) a La Silla Rota.

De acuerdo con la Oficina contra la Droga y el Delito, “la figura de la prisión preventiva oficiosa no abona al combate a la corrupción, sino que propicia la impunidad y les resta independencia a las autoridades involucradas”.

“La figura de la prisión preventiva oficiosa es presentada como una receta infalible frente a la corrupción e inseguridad, cuando en realidad es una respuesta altamente punitiva por medio de la cual se sacrifica el principio de presunción de inocencia y facilita la criminalización de la pobreza”, señaló en respuesta a este medio.

Además, la UNODC consideró que la medida puede impactar en varias obligaciones y responsabilidades del Estado, no solo aquellas relacionadas con la prevención del delito sino también su persecución e investigación y la impartición de justicia.

Para Alberto Nava Garcés, profesor investigador del Instituto Nacional de Ciencias Penales (Inacipe), este tipo de reformas “meten a mucha más gente a la cárcel” y aparenta resolver problemas “que fallaron en la prevención del delito”.

“El dedo de la ley debe estar en la prevención del delito. Con los delitos violentos no hay problema, representan un riesgo para la sociedad, pero para los que no usan la violencia ni siquiera debería estar considerada, para eso existe la prisión preventiva justificada”.

Para Héctor Carreón Perea, miembro de la Asociación Latinoamericana de Derecho Penal y Criminología, esta medida cautelar “refuerza gravemente las violaciones a derechos humanos, como la prevención de inocencia”.

El especialista en ejecución penal hizo referencia a los constantes llamados que la ONU-DH y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) han hecho al gobierno mexicano para limitar el uso de la prisión preventiva de oficio, pues termina por ser “una medida de carácter punitivo”.

Alberto Nava también alertó sobre la disposición del artículo 167 en la que se incluyen delitos “cometidos con medios violentos […] que utilicen objetos que tengan apariencia, forma o configuración de un arma de fuego o explosivos funcionales o no y que sirvan para amagar o intimidar a la víctima”.

El especialista consideró que si los delincuentes pueden ser apresados por portar un arma “que sólo lo parezca, se manda otro mensaje, que pueden jugarse el pellejo con un arma que sea real y tendrá el mismo resultado”.


kach