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Se endurece Hacienda… con el gobierno de la 4T

Exige a las dependencias federales verificar la autenticidad de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público exigió a las dependencias federales verificar la autenticidad de los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (facturas electrónicas y notas de crédito) previo a cualquier pago que realicen con cargo a su presupuesto.

A través de un oficio, Hacienda indicó que, el artículo 66, fracciones I y III del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, dispone que las dependencias y entidades serán responsables de que los pagos efectuados con cargo a sus presupuestos, se realicen con sujeción a que los compromisos se encuentren efectivamente devengados, con excepción de los anticipos previstos en las disposiciones aplicables.

Asimismo, a que se encuentren debidamente justificados y comprobados con los documentos originales respectivos; entendiéndose por justificantes las disposiciones y documentos legales que determinen la obligación de hacer un pago y, por comprobantes, los documentos que demuestren la entrega de las sumas de dinero correspondientes.

Por otra parte, el numeral 88, párrafo quinto, de las Disposiciones Generales en Materia de Funciones de Tesorería, señala que, tratándose de fianzas, antes de su aceptación, el auxiliar deberá verificar que los datos que contenga el texto de la póliza coincidan con aquellos que se den a conocer en el portal de Internet de la afianzadora que la hubiese expedido, o bien, del portal de Internet de la Asociación Mexicana de Instituciones de Garantías, por lo que en su carácter de Auxiliares, deberán cumplir con la verificación correspondiente.

OTRA VEZ CIERRA LA 4T CONTRATACIÓN DE PLAZAS PERMANENTES Y EVENTUALES

En mayo, la Subsecretaría de Egresos, Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) giró un oficio a los oficiales mayores, titulares de las unidades administrativas y finanzas de las dependencias de la administración pública federal en el que se les ordena que “no podrán formalizar ninguna contratación para la ocupación de plazas presupuestarias de carácter permanente, de plazas de carácter eventual y de prestación de servicios profesionales por honorarios con cargo al capítulo de Servicios Personales a partir del 31 de mayo de 2022”, se lee en el documento firmado por Víctor M. Mojica Vilchis.

Advierte el oficio que no se sujetarán a la fecha establecida en el numeral anterior, los movimientos de servicios personales que deriven de la emisión o reformas de leyes, previo dictamen específico que emita la Unidad de Política y Control Presupuestario, conforme a la solicitud con justificación que presente el ejecutor de gasto; de obligaciones establecidas en términos de la legislación laboral, de la ocupación en los consulados y en las embajadas, de las funciones que realicen la Sedena y Marina, la Guardia Nacional y de las acciones del programa IMSS-Bienestar, entre otros.

{"quote":"“Las dependencias y entidades apoyadas en servicios personales que cuenten con recursos provenientes de vacancia deberán, dentro de los 10 días hábiles siguientes al término de cada mes, realizar el traspaso de esos recursos al Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas, en el concepto ‘Reasignaciones presupuestarias medidas de cierre Servicios Personales’”, advierte el documento."}

La medida se informa a dos años de que la Secretaría de Hacienda tomara una medida similar.