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SCJN falla a favor de huelga en mina de Grupo México

El gremio que reinició actividades en agosto de 2018 se tiene que retirar del lugar o se requerirá el uso de la fuerza pública

Escrito en NACIÓN el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó la revisión del amparo obtenido por el Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos y Siderúrgicos de la República Mexicana, que preside el senador Napoleón Gómez Urrutia, que obliga a Grupo México, de Germán Larrea, a reconocer la huelga en la mina de San Martín, en Sombrerete, Zacatecas, estallada el 30 de julio de 2007.

Determinó que son improcedentes los recursos de revisión que hicieron valer el Secretario General y la apoderada legal de los terceros interesados, en virtud de que no se cumplen los requisitos que establecen los artículos 10, fracción III y 21, fracción III, inciso a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y dio por concluido el asunto.

El SNTMMSSRM celebró el fallo, ya que se ratifica que el contrato colectivo de trabajo que firmó la empresa Industrial Minera México, filial de Grupo México, con otro gremio de la Federación Nacional de Sindicatos Independientes para reiniciar actividades en agosto de 2018 es ilegal, por lo que será obligado a retirarse de las instalaciones de San Martín o se requerirá el uso de la fuerza pública.

El recurso de revisión fue presentado por el Sindicato Nacional de Trabajadores de Exploración y Beneficios de Minas de la República Mexicana e Industrial Minera México, como terceros interesados, en contra de la resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Primer Circuito, que en su momento ratificó el amparo concedido por el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia de Trabajo de la Ciudad de México.

 

 

(Luis Ramos)