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SCJN ampara a Telcel contra la tarifa cero

Debe entrar en vigor a partir del 1 de enero de 2018, y las tarifas que se establezcan, si así lo determina el IFT, deberán publicarse en el Diario Oficial

Escrito en NACIÓN el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió un amparo a Telcel contra la Tarifa Cero, por lo que será el Instituto Federal de Telecomunicaciones (Ifetel) quien ponga el monto de tarifa que podrá cobrar la empresa a sus competidores por permitir que las llamadas terminen e su red.

La Tarifa Cero de interconexión implicaba que las empresas de telefonía fija y móvil no pagarán a Telcel por conectar las llamadas que se iniciaban desde otros dispositivos de la competencia y terminaban en la empresa de Carlos Slim.

El pleno de la Segunda Sala determinó que era inconstitucional el Artículo 131, inciso A, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR) de 2014, que estableció la tarifa cero para terminación de tráfico en la red del agente preponderante (Telcel en este caso), porque el Congreso de la Unión no estaba facultado para determinar medidas asimétricas entre operadoras.

La Segunda Sala fijó los efectos de la sentencia, reconociendo, por un lado, que deben corregirse la afectación que para la empresa haya significado la emisión de la “tarifa cero” por parte del Congreso.

Por otro lado, tomó en cuenta que se trata de concesiones sobre bienes de dominio público (el espectro radioeléctrico) y que en el caso se involucran derechos de los usuarios de las redes de telecomunicaciones y de otros concesionarios.

Con información de Milenio y Publimetro