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SCJN admite a trámite acción de inconstitucionalidad de Ley Zaldívar

El ministro Fernando Franco González dio 15 días de plazo al Ejecutivo y Legislativo para presentar informes de antecedentes legislativos del decreto impugnado

Escrito en NACIÓN el

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que promovieron senadores del Partido Acción Nacional (PAN) contra las reformas que amplían dos años el periodo del ministro presidente Arturo Zaldívar.

En la notificación se explicó que la consulta que fue planteada por Arturo Zaldívar, puede tener la posible aplicación de los artículos 97 y 100 constitucionales en relación con el artículo décimo tercero, en atención a las atribuciones del pleno para dirimir cualquier controversia al interior del Poder Judicial de la Federación.

Esto es contrario a la acción de inconstitucionalidad que plantean los senadores, ya que se plantea un procedimiento seguido en forma de juicio, donde se reciben los informes de las autoridades legislativas, así como los alegatos respectivos para el efecto de cerrar instrucción.

Al aceptar a trámite el ministro Fernando Franco González Salas concedió un plazo de 15 días para que el Poder Ejecutivo y el Congreso de la Unión, presenten sus informes, así como copias certificadas de los antecedentes legislativos del decreto impugnado y del Diario Oficial de la Federación (DOF) cuando fue hecha la notificación.

Ayer, un juez en Materia Administrativa de la Ciudad de México, admitió a trámite un amparo contra la adición del artículo décimo tercero transitorio al proyecto de decreto de las leyes reglamentarias de la "Reforma Judicial" que permite que el ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea extienda su periodo por dos años más al establecido.

Laura Gutiérrez de Velasco Romo, jueza Séptimo de Distrito en Materia Administrativa aceptó el recurso que se presentó un particular, argumentando que la adición, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), trasgrede los artículos 1, 17, 40, 49, 94 párrafo décimo segundo, 97, 100 párrafo quinto, 133 y 135 de la Constitución Federal.

La jueza citó a audiencia el próximo 4 de agosto para determinar si le da razón a la parte ofendida o niega la petición.

El pasado 8 de junio se publicó en el DOF la reforma que permite al ministro Arturo Zaldívar extender su mandato dos años más

A propuesta del senador Raúl Bolaños Cacho Cué y del Partido Verde Ecologista de México (PVEM), el pasado 15 de abril de 2021, la Cámara de Senadores aprobó la adición del artículo décimo tercero transitorio al proyecto de decreto de las leyes reglamentarias de la "Reforma Judicial", a la cual se le llamó la "Ley Zaldívar".

Tras ser votada, se turnó al ejecutivo el 29 de abril. El gobierno federal tenía hasta el 29 de mayo para regresarla en caso de existir correcciones, según se estipula en el artículo 72 de la Constitución.

Organizaciones sociales aseguran que la adición del artículo décimo tercero establece que el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación durará en el cargo hasta el 30 de noviembre del 2024.

Con la medida se amplía el mandato de Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a cinco años y 11 meses. Además, la aprobación busca que los consejeros de la Judicatura Federal pasen de cinco a siete años en sus puestos.

La aprobación se llevó a cabo a pesar de que la Constitución establece en el párrafo cuarto del artículo 97, que el presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación únicamente durará 4 años en el cargo y que no podrá ser reelecto para el periodo inmediato siguiente.